Acuerdos. 001-2018 Créese La Oficina Técnica Desconcentrada Para La “administración Portuaria” De Puerto Providencia, Ubicada En El Cantón Shushufindi Provincia De Sucumbíos

Número de Boletín191
SecciónAcuerdos
EmisorMinisterio de Transporte y Obras Públicas
Jueves 1º de marzo de 2018 – 23Registro Of‌i cial Nº 191
Que según de acuerdo a la evaluación psicológica del
resumen de caso revisado por A. Diaz – Hernandez,
Administrador de Unidad de la Dirección Federal de
Prisiones del Departamento de Justicia de los Estados
Unidos, el estado del connacional tiene “CUIDADO
1-SALUD MENTAL. El preso García Carcopa no ha
mostrado indicios de necesidad de intervención a nivel de
salud mental”;
Que A. Díaz – Hernandez , Administrador de Unidad de la
Dirección Federal de Prisiones del Departamento de Justicia
de los Estados Unidos, bajo el título de “estado civil/hijos”
establece en el resumen de caso que: “El preso Garcia
Carcopa es soltero y no tiene antecedentes matrimoniales.
Tiene una hija de tres años de edad producto de una
relación sentimental anterior”.
Que mediante el sistema en línea de verif‌i cación de datos
del Registro Civil del Ecuador, se corroboró que el señor
Cristhian Leonel Garcia Carcopa, con cédula de ciudadanía
número 0851166876, es nacional del Estado ecuatoriano
siendo el nombre que se registra Cristhian Leonel Garcia
Charcopa;
Que mediante Informe de Repatriación Activa No.
MJDHC-CGAJ-DAI-2017-024, dirigido a la señora
Coordinadora General de Asesoría Jurídica, la Directora de
Asuntos Internacionales le informa que “De lo analizado,
se recomienda informar a las autoridades estadounidenses
de la corrección del nombre del connacional Cristhian
Leonel Garcia Carcopa, ya que lo correcto es Cristhian
Leonel Garcia Charcopa, de acuerdo a la información
proporcionada por el Registro Civil del Ecuador;
Que conforme consta en los informes técnicos del expediente
esta cartera de Estado considera que la repatriación del
ciudadano ecuatoriano Cristhian Leonel Garcia Charcopa
Aka: Cristhian Leonel Garcia Carcopa, responde a
cuestiones humanitarias, dado que la reunif‌i cación familiar,
la convivencia en un ambiente propio de dicho connacional
contribuirá a su efectiva rehabilitación; y,
En ejercicio de las facultades que conf‌i ere el artículo 154,
17 y 55 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo
de la Función Ejecutiva; 727 y 728 del Código Orgánico
Integral Penal; y, el Acuerdo Ministerial Nº 1266 de fecha
04 de julio de 2016;
Acuerda:
Artículo 1.- Disponer al/la Director/a de Asuntos
Internacionales, comunique a la máxima autoridad de
la Unidad Internacional de Traslado de Prisioneros del
Departamento de Justicia de los Estados Unidos de Norte
América, que los datos consignados en el expediente de
repatriación así como en la sentencia impuesta al recluso
“Cristhian Leonel Garcia Carcopa”, no coinciden con
los datos del referido ciudadano registrados en el Ecuador;
esto es, Cristhian Leonel Garcia Charcopa; sin embargo,
de acuerdo a la información proporcionada por el Área de
Dactiloscopía de la Of‌i cina Central Nacional de Interpol–
Quito, una vez realizado el análisis técnico comparativo de
identidad humana por medio del estudio y confrontamiento
dactilar; éstas se corresponden; es decir pertenecen a una
misma y única persona portador de la cédula de ciudadanía
Nro. 0851166876. Particular del cual se deja expresa
constancia a f‌i n de que se adopten los correctivos necesarios
que permitan la identif‌i cación adecuada del mencionado
ciudadano, para su posterior repatriación.
Artículo 2.- Disponer al/la Director/a de Asuntos
Internacionales, efectúe las gestiones necesarias ante el/
la Director/a de Asistencia Judicial Internacional y de
Movilidad Humana del Ministerio de Relaciones Exteriores
y Movilidad Humana; a f‌i n de que se proceda con la
notif‌i cación del presente Acuerdo Ministerial al ciudadano
ecuatoriano Cristhian Leonel Garcia Charcopa; y, del/la
Jefe/a de la Unidad Internacional de Traslado de Prisioneros
del Departamento de Justicia de los Estados Unidos de
América, para los f‌i nes legales pertinentes.
Artículo 3.- Disponer al/la Director/a de Asuntos
Internacionales, notif‌i que a la Of‌i cina Nacional Central
Interpol de Ecuador, con el contenido del presente Acuerdo
Ministerial.
El presente Acuerdo entrará en vigencia a partir de su
suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro
Of‌i cial.
Dado en Quito, D.M., a los 26 día(s) del mes de Enero de
dos mil dieciocho.
Documento f‌i rmado electrónicamente
Sra. Dra. Emma Francisca Herdoiza Arboleda, Coordinadora
General de Asesoría Jurídica–Delegada de la Ministra de
Justicia, Derechos Humanos y Cultos.
RAZÓN: De conformidad a las atribuciones y
responsabilidades conferidas en el Estatuto Orgánico por
Procesos, del Ministerio de Justicia, Derechos Humanos
y Cultos, certif‌i co que a foja(s) 1-3 es (son) FIEL COPIA
DEL ORIGINAL (Acuerdo No. MJDHC-CGAJ-2018-
00024-A, de 26 de enero de 2018), que reposa en el
Sistema de Gestión Documental QUIPUX.- Quito, 31 de
enero de 2018.- f.) Ab. Priscila Barrera, Directora Nacional
de Secretaría General, Ministerio de Justicia, Derechos
Humanos y Cultos.
No. 001-2018
Ing. Aurelio Hidalgo Zavala
EL MINISTERIO DE TRANSPORTE
Y OBRAS PÚBLICAS
Considerando:
Que, el numeral 1 del artículo 154 de la Constitución de la
República del Ecuador, establecen que: “Ejercer la rectoría
de las políticas públicas del área a su cargo y expedir los
acuerdos y resoluciones administrativas que requiera su
gestión.”;
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