Resoluciones. 001-2019-DNPI-SENADI Refórmese la Resolución No. 001-2018-DNPI-SENADI de 25 de junio de 2018

Número de Boletín459
SecciónResoluciones
EmisorSERVICIO NACIONAL DE DERECHOS INTELECTUALES
Martes 2 de abril de 2019 – 35Registro Of‌i cial Nº 459
No. 001-2019-DNPI-SENADI
EL DIRECTOR NACIONAL DE PROPIEDAD
INDUSTRIAL DEL SERVICIO NACIONAL DE
DERECHOS INTELECTUALES
-SENADI-
Considerando:
Ecuador manif‌i esta que: “Las instituciones del Estado, sus
organismos, dependencias, las servidoras o servidores
públicos y las personas que actúen en virtud de una potestad
estatal ejercerán solamente las competencias y facultades
que les sean atribuidas en la Constitución y la Ley tendrán
el deber de coordinar acciones para el cumplimiento de sus
f‌i nes y hacer efectivo el goce y ejercicio de los derechos
reconocidos en la Constitución.”;
del Ecuador prescribe que: “La administración pública
constituye un servicio a la colectividad que se rige por
los principios de ef‌i cacia, ef‌i ciencia, calidad, jerarquía,
desconcentración, descentralización, coordinación,
participación, planif‌i cación, transparencia y evaluación.”;
Que, de acuerdo con lo previsto en los artículos 69
y 70 del Código Orgánico Administrativo, el Director
Nacional de Obtenciones Vegetales se encuentra facultado
para delegar el ejercicio de sus competencias a servidores
del Servicio Nacional de Derechos Intelectuales para la
suscripción de actos administrativos, cuando lo estime
conveniente;
e Innovación, publicado en el Registro Of‌i cial
Suplemento Nro. 899 del 09 de diciembre de 2016, la
Autoridad Nacional Competente en Materia de Derechos
Intelectuales: “(…) Es el organismo técnico adscrito a la
Secretaría de Educación Superior, Ciencia, Tecnología
e Innovación, con personalidad jurídica propia, dotado
de autonomía administrativa, operativa y f‌i nanciera, que
ejerce las facultades de regulación, gestión y control de los
derechos intelectuales y en consecuencia tiene a su cargo
principalmente los servicios de adquisición y ejercicio
de los derechos de propiedad intelectual, así como la
protección de los conocimientos tradicionales. Además
de las funciones inherentes a sus atribuciones, será la
principal encargada de ejecutar las políticas públicas que
emanen del ente rector en materia de gestión, monitoreo,
transferencia y difusión del conocimiento. (…) La autoridad
nacional competente en materia de derechos intelectuales
tendrá competencia sobre los derechos de autor y
derechos conexos; propiedad industrial; obtenciones
vegetales; conocimientos tradicionales; y, gestión de los
conocimientos para incentivar el desarrollo tecnológico,
científ‌i co y cultural nacional. Competencias que deberán ser
consideradas al momento de reglamentar su conformación,
atribuciones, organización e institucionalidad. (…)
Adicionalmente, contará con jurisdicción coactiva para el
cobro de los títulos de crédito así como cualquier tipo de
obligaciones a su favor, de conformidad al ordenamiento
jurídico aplicable (…)”;
Que según la Disposición Transitoria Tercera del Código
Creatividad e Innovación: (…) La nueva autoridad nacional
competente en materia de derechos intelectuales, encargada
será la sucesora en derecho del Instituto Ecuatoriano
de la Propiedad Intelectual, asumiendo el patrimonio,
presupuesto, derechos y obligaciones incluyendo las
laborales, conforme los regímenes aplicables a cada caso
(…).”;
Que mediante Decreto Ejecutivo No. 356 de 3 de abril de
2018, publicado en Primer Suplemento del Registro Of‌i cial
No. 224 de 18 de abril de 2018, se creó el Servicio Nacional
de Derechos Intelectuales SENADI, como un organismo
técnico de derecho público con rango de Subsecretaría
General, adscrito a la Secretaría de Educación Superior,
Ciencia, Tecnología e Innovación, con personalidad jurídica
propia, dotado de autonomía administrativa, operativa y
f‌i nanciera;
Que la Disposición Transitoria Cuarta del Decreto
Ejecutivo en mención, señala que la estructura orgánica
del IEPI continuará funcionando hasta que se apruebe la
estructura orgánica del SENADI, facultándose al Director
General realizar las gestiones necesarias para garantizar la
continuidad en la prestación del servicio;
Que el artículo 5 del Reglamento a la Ley de Propiedad
Intelectual faculta a los Directores Nacionales la delegación
de funciones específ‌i cas a funcionarios subordinados, con
la f‌i nalidad de propender a una adecuada desconcentración
de funciones;
Que el literal a) del artículo 9.1 del Estatuto Orgánico
de Gestión Organizacional por Procesos del Instituto
Ecuatoriano de la Propiedad Intelectual IEPI establece
como atribución de la Dirección Nacional de Propiedad
Industrial “(…)Administrar los procesos de otorgamiento,
registro y licencias, según el caso, de patentes de
invención, modelos de utilidad, diseños industriales,
marcas, lemas, nombres comerciales, apariencias
distintivas, indicaciones geográf‌i cas, esquemas de trazado
de circuitos semiconductores (topografías) y demás formas
de propiedad industrial que se establezcan en la legislación
correspondiente”;
Que mediante Acuerdo No. SENESCYT-2018-039 de 18
de mayo de 2018, el Secretario de Educación Superior,
Ciencia, Tecnología e Innovación, Dr. Augusto Barrera
Guarderas designó al Magíster Santiago Cevallos Mena
como Director General del Servicio Nacional de Derechos
Intelectuales SENADI;
Que mediante Acción de Personal No. SENADI-
UATH-2018-08-058 que rige a partir el 01 de agosto de
2018, emitida por el Director Ejecutivo Encargado del
Instituto Ecuatoriano de la Propiedad Intelectual, se designó
como Director Nacional de Propiedad Industrial al señor
José Andrés Francisco Tinajero Mullo;
Que, mediante Resolución No. 001-2018-DNPI-SENADI
de 25 de junio de 2018 se delegaron atribuciones a varios
servidores de la Dirección Nacional de Propiedad Industrial;
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