Resoluciones parroquiales rurales. 001-2021-GADPR-CACHA Gobierno Autónomo Des-centralizado Parroquial Rural de Cacha: De aprobación de la actualización del Plan de Desarrollo y Ordenamiento Territorial por alineación de los objetivos y metas del Plan de Desarrollo y Ordenamiento Territorial a los objetivos y metas del Plan Nacional de Desarrollo 2021 - 2025

Número de Boletín611
SecciónResoluciones parroquiales rurales
EmisorGobiernos Autónomos Descentralizados
Jueves 17 de noviembre de 2022 Edición Especial Nº 611 - Registro Ocial
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GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO
PARROQUIAL RURAL “CACHA”
Acuerdo ministerial 1147
07 de noviembre 1980
Dir. Cabecer a Parroquial M achángara
Tel. 0979449536
Web. www.c acha.gob.ec
E-mail.gobiernoparroquialcacha@hotmail.com
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N°001 - 2021- GADPR-CACHA
RESOLUCIÓN DE ACTUALIZACIÓN AL PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL
(PDOT) AL NUEVO PLAN DE GOBIERNO.
Sr. MARCELO TUABANDA TUPUL
PRESIDENTE GAD PARROQUIAL RURAL CACHA
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 225, numerales 2 y 3 de la Constitución de la República del Ecuador,
determina que forman parte del sector público -Las entidades que integran el
régimen autónomo descentralizado- y -Los organismos y entidades creados por
la Constitución o la ley para el ejercicio de la potestad estatal, para la
prestación de servicios públicos o para desarrollar actividades económicas
asumidas por el Estado-.
Que, el artículo 226 de la Constitución de la República, establece que las instituciones
del Estado, sus organismos, dependencias, las servidoras o servidores públicos
y las personas que actúen en virtud de una potestad estatal ejercerán
solamente las competencias y facultades que les sean atribuidas en la
Constitución y la ley. Tendrán el deber de coordinar acciones para el
cumplimiento de sus fines y hacer efectivo el goce y ejercicio de los derechos
reconocidos en la Constitución.
Que, el artículo 227 de la Constitución de la República, manda que -La
administración pública constituye un servicio a la colectividad que se rige por
los principios de eficacia, eficiencia, calidad, jerarquía, desconcentración,
descentralización, coordinación, participación, planificación, transparencia y
evaluación-.
Que, el artículo 233 de la Constitución de la República, prescribe: “Ninguna
servidora ni servidor público estará exento de responsabilidades por los actos
realizados en el ejercicio de sus funciones” (…).
Que, la Constitución de la República, en su artículo 238, inciso primero, establece que
constituyen gobiernos autónomos descentralizados: las juntas parroquiales
rurales, los concejos municipales, los concejos metropolitanos, los consejos
provinciales y los consejos regionales.

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