Resolución 001-CNC-2020 Apruébese la metodología de esfuerzo fiscal para el cálculo del potencial de recaudación para los gobiernos autónomos descentralizados

Fecha de publicación17 Febrero 2020
Número de Gaceta144
Lunes 17 de febrero de 2020 – 23Registro Of‌i cial Nº 144
organismo de control, de acuerdo con la ley. Su ámbito
de acción es específ‌i co a un sector determinado y estará
adscrita a un Ministerio Sectorial o Secretaría Nacional.
Dentro de su estructura orgánica tendrá un directorio
como máxima instancia de la agencia (…)”;
Que, mediante Acción de Personal Nro. 00402, de fecha
30 de julio de 2019, suscrita por la magíster Catalina De
Lourdes Andramuño Zeballos, a ese entonces Ministra
de Salud Pública Encargada, se nombra al Dr. Augusto
Vinicio García Calero, como Director Ejecutivo de la
Agencia de Aseguramiento de la Calidad de Servicios de
Salud y Medicina Prepagada -ACESS-;
Que, mediante memorando Nro. ACESS-ACESS-2019-
1667-M, de fecha 28 de octubre de 2019, el doctor
Augusto Vinicio García Calero, en su calidad de Director
Ejecutivo de la ACESS, designó a la médica Mariana
Esther Robelo Uve, de manera temporal las funciones de
Delegada Provincial de ACESS – Guyas Rural, Suplente;
En virtud de lo establecido por el artículo 69 del Código
Orgánico Administrativo y en calidad de máxima autoridad
de la Agencia de Aseguramiento de la Calidad de los
Servicios de Salud y Medicina Prepagada – ACESS-;
Resuelve:
Art. 1.- Nombrar al señor VÍCTOR GABRIEL PINCAY
ESPINOZA, como Delegado Provincial de la ACESS en
la provincia de Guayas con jurisdicción y competencia
en la provincia de Guayas excepto los cantones de
Guayaquil, Samborondón y Durán; y delegar las siguientes
atribuciones y responsabilidades:
a. Otorgar, suspender, cancelar y restituir permisos de
funcionamiento, licencias, registros, certif‌i caciones
y acreditaciones sanitarias de los establecimientos
de salud públicos, privados y comunitarios, con o sin
f‌i nes de lucro, pertenecientes al Sistema Nacional de
Salud sujetos a vigilancia y control sanitario;
b. Atender y gestionar las acciones técnicas y
administrativas relacionadas a los procesos de
permiso de funcionamiento, control y vigilancia de los
establecimientos de salud de su jurisdicción territorial;
c. Recibir y gestionar las solicitudes de dotación de
los recetarios que contienen recetas especiales para
la prescripción de medicamentos con sustancias
estupefacientes y psicotrópicos;
d. Participar en las reuniones intersectoriales en el nivel
provincial, en representación de la Agencia;
e. Atender de manera oportuna los requerimientos de la
Dirección Ejecutiva de la ACESS y de los procesos
habilitantes y agregadores de valor;
f. Coordinar, supervisar y controlar los procesos de
planif‌i cación, administrativos y de talento humano en
su jurisdicción;
g. Reportar al nivel central de la Agencia cualquier
eventualidad suscitada con los servidores públicos de
la ACESS en su jurisdicción;
h. Resolver las quejas, reclamos y consultas presentadas
por los usuarios en su jurisdicción;
i. Direccionar las denuncias, quejas, reclamos y consultas
presentadas por los usuarios que no se puedan resolver
a nivel provincial hacia el nivel central de la Agencia;
j. Suscribir los convenios de pago presentados a solicitud
de los administrados que hayan sido sancionados con
multa dentro de un proceso sancionatorio, cuando se
trate de establecimientos de salud o de profesionales
de la salud.
k. Las demás que sean asignadas por el Director
Ejecutivo de la ACESS.
DISPOSICIÓN DEROGATORIA ÚNICA
Deróguese la Resolución No. ACESS-2019-0019 de fecha
16 de agosto de 2019.
DISPOSICIONES FINALES
PRIMERA.- Encárguese de la ejecución de esta
resolución al Delegado Provincial de la ACESS en la
provincia de Guayas excepto los cantones de Guayaquil,
Samborondón y Durán; y, de su notif‌i cación encárguese a
la Gestión Administrativa de Talento Humano.
SEGUNDA.- La presente resolución entrará en vigencia a
partir de su suscripción, sin perjuicio de su publicación en
el Registro Of‌i cial.
Dado en Quito, a los 17 días del mes de diciembre de 2019.
f.) Dr. Augusto Vinicio García Calero, Director Ejecutivo.
No. 001-CNC-2020
CONSEJO NACIONAL DE COMPETENCIAS
Considerando:
Que, el artículo 270 de la Constitución y 163 del Código
y Descentralización establecen que los gobiernos
autónomos descentralizados generarán sus propios
recursos f‌i nancieros y participarán de las rentas del Estado,
de conformidad con los principios de subsidiariedad,
solidaridad y equidad;
establece que los gobiernos autónomos descentralizados

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