Resoluciones. 0012-2020-DG-SENADI Manténgase la suspensión del cómputo de plazos y términos en los trámites que se sustancian ante el SENADI sin perjuicio que, mediante resolución motivada se reanude el cómputo de plazos y términos de acuerdo a la variación de restricciones en cada nivel de semaforización y en observancia de la Resolución del 28 de abril de 2020 del COE Nacional

Número de Boletín245
SecciónResoluciones
EmisorSERVICIO NACIONAL DE DERECHOS INTELECTUALES -SENADI-
24 – Martes 14 de julio de 2020 Registro Ocial 245
RESOLUCIÓN No. 0012-2020- DG-SENADI
EL DIRECTOR GENERAL DEL SERVICIO NACIONAL DE
DERECHOS INTELECTUALES –SENADI-
CONSIDERANDO:
Que el artículo 226 de la Constitución de la República del Ecuador manifiesta
que: "Las instituciones del Estado, sus organismos, dependencias, las
servidoras o servidores públicos y las personas que actúen en virtud de una
potestad estatal ejercerán solamente las competencias y facultades que les sean
atribuidas en la Constitución y la ley. Tendrán el deber de coordinar acciones para
el cumplimiento de sus fines y hacer efectivo el goce y ejercicio de los derechos
reconocidos en la Constitución.";
Que el artículo 227 de la Constitución de la República del Ecuador prescribe
que: “La administración pública constituye un servicio a la colectividad que se
rige por los principios de eficacia, eficiencia, calidad, jerarquía,
desconcentración, descentralización, coordinación, participación, planificación,
transparencia y evaluación.";
Que el artículo 4 de la Decisión 486 sobre el Régimen Común de Propiedad
Industrial de la Comisión de la Comunidad Andina establece que: “Los plazos
relativos a trámites previstos en la presente Decisión sujetos a notificación o
publicación se contarán a partir del día siguiente a aquel en que se realice la
notificación o publicación del acto de que se trate, salvo disposición en contrario
de la presente Decisión.”;
Que los artículos 40, 94, 121, 145 de la Decisión 486 sobre el Régimen Común de
Propiedad Industrial de la Comisión de la Comunidad Andina contienen las
disposiciones relativas a la publicación de solicitudes de patentes, esquemas de
trazado de circuitos integrados, diseños industriales y marcas, por parte de las
oficinas nacionales competentes;

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