Ordenanza Municipal 002-2017 Cantón Guamote: Para El Funcionamiento De La Plaza De Rastro

Fecha de disposición18 Mayo 2017
Fecha de publicación18 Mayo 2017
Número de Gaceta1029
Jueves 18 de mayo de 2017 – 5Registro Of‌i cial – Edición Especial Nº 1029
TERCERA: Si se necesita extender los plazos concedidos
en esta ordenanza, el Jefe o coordinador de la Unidad de
Gestión de Riesgos lo solicitará al Alcalde del Gobierno
Autónomo Descentralizado Municipal de Cantón Guamote.
CUARTA: La presente ordenanza, entrará en vigencia real
y en su totalidad a partir de su aprobación por el Concejo
Municipal de Cantón Guamote y posterior publicación
en los órganos de difusión municipal sin perjuicio de su
publicación en el Registro Of‌i cial.
Dado y f‌i rmado en la Sala de Sesiones del Concejo del
Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del cantón
Guamote, a los 06 días del mes octubre de 2015.
f.) Sra. Rosa Elvira Guaranga , Vicealcaldesa el GADMCG
f.) Dr. Ángel Guillermo Condo Buñay, Secretario de
Concejo del GADMCG.
CERTIFICO: Que la presente ORDENANZA DE
CREACIÓN DE LA UNIDAD DE GESTIÓN DE
RIESGOS (UGRGADMCG) DEL GOBIERNO
AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL
DE CANTON GUAMOTE, fue discutida y aprobada
por el Concejo del Gobierno Autónomo Descentralizado
Municipal del Cantón Guamote, en dos Sesiones Ordinarias
del día martes treinta de junio y seis de octubre del año dos
mil quince.
f.) Dr. Ángel Guillermo Condo Buñay, Secretario de
Concejo del GADMCG, Alcaldía del Gobierno Autónomo
descentralizado Municipal del Cantón Guamote.
Ejecútese y promúlguese.- Guamote, siete de octubre del
dos mil quince.- Las 15H00.-
f.) Eco. Luis Ángel Chuquimarca Coro, Alcalde del
Gobierno Autónomo descentralizado Municipal del Cantón
Guamote.
SECRETARÍA DEL CONCEJO DEL GOBIERNO
AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL
DEL CANTÓN GUAMOTE.- Proveyó y f‌i rmó la
Ordenanza que antecede el Eco. Luis Ángel Chuquimarca
Coro, Alcalde del Gobierno Autónomo Descentralizado
Municipal del Cantón Guamote, a los siete días del mes de
octubre del año dos mil quince.- Las16H30.
f.) Dr. Ángel Guillermo Condo Buñay, Secretario de
Concejo del GADMCG.
No. 002-2017
EL CONCEJO MUNICIPAL DEL GOBIERNO
AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL
DEL CANTÓN GUAMOTE
Considerando:
Que, En el ejercicio de las atribuciones conferidas en la
Gobiernos Municipales tendrán las siguientes competencias
exclusivas sin perjuicio de otras que determine la ley
numeral 5, faculta a los Gobiernos Municipales, a “crear,
modif‌i car o suprimir mediante ordenanzas, tasas y
contribuciones especiales de mejoras.”
soberanía alimentaria constituye un objetivo estratégico
y una obligación del Estado para garantizar que las
personas, comunidades, pueblos y nacionalidades alcancen
la autosuf‌i ciencia de alimentos sanos y culturalmente
apropiados de forma permanente. Para ello, será
responsabilidad del Estado: de conformidad al numeral 7.
Precautelar que los animales destinados a la alimentación
humana estén sanos y sean criados en un entorno saludable.
Y dentro del numeral 13 del artículo mencionado dice.
Prevenir y proteger a la población del consumo de alimentos
contaminados o que pongan en riesgo su salud o que la
ciencia tenga incertidumbre sobre sus efectos.
Ecuador, inciso primero señala, “el sistema económico es
social y solidario; reconoce al ser humano como sujeto y
f‌i n; propende a una relación dinámica y equilibrada entre
sociedad, Estado y mercado, en armonía con la naturaleza;
y tiene por objetivo garantizar la producción y reproducción
de las condiciones materiales e inmateriales que posibiliten
el buen vivir...”
De conformidad con el Capítulo Segundo Derechos del
Buen Vivir establecidos en el Art. 13 de la Constitución
de la República del Ecuador inciso primero determina
“Las personas y colectividades tienen derecho al acceso
seguro y permanente a alimentos sanos, suf‌i cientes y
nutritivos; preferentemente producidos a nivel local y en
correspondencia con sus diversas identidades y tradiciones
culturales.
República del Ecuador, “las personas o entidades que
presten servicios públicos o que produzcan o comercialicen
bienes de consumo, serán responsables civil y penalmente
por la def‌i ciente prestación del servicio, por la calidad
defectuosa del producto, o cuando sus condiciones no estén
de acuerdo con la publicidad efectuada o con la descripción
que incorpore...”
del Ecuador, establece que se reconoce y garantizara
a las personas: “El derecho de desarrollar actividades
económicas, en forma individual o colectiva, conforme

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