Resoluciones. 002-2017-DNPI-IEPI Deléguense Facultades A Katherine Johanna González Hernández De La Dirección Nacional De Propiedad Industrial

Número de Boletín6
SecciónResoluciones
EmisorInstituto Ecuatoriano de la Propiedad Intelectual - IEPI
34 – Viernes 2 de junio de 2017 Registro Of‌i cial Nº 6
Que, con el f‌i n de agilitar la administración de los
trámites que son competencia de la Dirección Nacional
de Obtenciones Vegetales, resulta necesario implementar
mecanismos para la delegación de funciones;
En ejercicio de sus atribuciones legales,
Resuelve:
Artículo 1.- RATIFICAR en todas sus partes las siguientes
resoluciones de delegación:
a) 001-2016-DNOV-IEPI, de 01 de julio de 2016 a favor de
Natalia Betzabé Jiménez Álvarez, Lorena Llumiquinga
Jiménez y Jorge Campana;
b) 002-2016-DNOV-IEPI, de 08 de julio de 2016 a favor
de Jorge Campana; y,
c) 001-2017-DNOV-IEPI, de 17 de enero de 2017 a favor
de Carmen Aguirre Moreno.
DISPOSICIONES GENERALES
Primera.- Los delegados responderán directamente de los
actos realizados en el ejercicio de la presente delegación
y deberán observar para el efecto las disposiciones
constitucionales, legales y reglamentarias.
Segunda.- Los documentos emitidos en virtud de estas
delegaciones serán de responsabilidad de los delegados,
quienes actúan según lo establecido en el artículo 59 del
Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la Función
Ejecutiva, en los cuales, se hará constar expresamente esta
circunstancia y se considerarán dictados por la Directora
Nacional de Obtenciones Vegetales, para lo cual, se utilizará
la siguiente frase: “Por delegación de la Directora Nacional
de Obtenciones Vegetales”.
Tercera.- La Directora Nacional de Obtenciones Vegetales
se reserva el derecho de hacer uso de las atribuciones
delegadas, cuando lo estime pertinente.
DISPOSICIÓN FINAL
La presente resolución entrará en vigencia a partir de su
suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro
Of‌i cial.
Dado en Quito Distrito Metropolitano a, 07 de marzo de
2017.
f.) Shirley Amanda Salgado Andrade, Directora Nacional
de Obtenciones Vegetales, Instituto Ecuatoriano de la
Propiedad Intelectual.
INSTITUTO ECUATORIANO DE LA PROPIEDAD
INTELECTUAL.- Certif‌i co que es f‌i el copia.- f.) Abg.
Lenín Campaña Carrasco, Experto Secretario Abogado
General.- Quito, 13 de abril de 2017.
No. 002-2017-DNPI-IEPI
LA DIRECTORA NACIONAL DE PROPIEDAD
INDUSTRIAL DEL INSTITUTO ECUATORIANO DE
LA PROPIEDAD INTELECTUAL -IEPI-
Considerando:
del Ecuador manif‌i esta que “Las instituciones del Estado,
sus organismos, dependencias, las servidoras o servidores
públicos y las personas que actúen en virtud de una potestad
estatal ejercerán solamente las competencias y facultades
que les sean atribuidas en la Constitución y la Ley tendrán
el deber de coordinar acciones para el cumplimiento de sus
f‌i nes y hacer efectivo el goce y ejercicio de los derechos
reconocidos en la Constitución”;
del Ecuador prescribe que “…La administración pública
constituye un servicio a la colectividad que se rige por
los principios de ef‌i cacia, ef‌i ciencia, calidad, jerarquía,
desconcentración, descentralización, coordinación,
participación, planif‌i cación, transparencia y evaluación…”;
consta la creación del Instituto Ecuatoriano de la Propiedad
Intelectual IEPI, como persona jurídica de derecho
público, con patrimonio propio, autonomía administrativa,
económica, f‌i nanciera y operativa, con sede en la ciudad de
Quito, con los f‌i nes establecidos en dicha ley;
Que, el artículo 356 ibídem determina que: “Las direcciones
nacionales tendrán a su cargo la aplicación administrativa
de la presente Ley y demás normas legales sobre propiedad
intelectual, dentro del ámbito de su competencia.”;
Que, según la disposición transitoria Tercera del Código de
la Economía Social de los Conocimientos, la Creatividad
e Innovación, publicada en el Registro Of‌i cial Suplemento
Nro. 899 del 09 de diciembre de 2016: “El Instituto
Ecuatoriano de la Propiedad Intelectual, así como toda
la institucionalidad creada mediante la Ley de Propiedad
Intelectual, publicada en el Registro Of‌i cial Suplemento
No. 426 de 28 de diciembre de 2006, existirá hasta que se
establezca mediante el correspondiente Decreto Ejecutivo,
la nueva autoridad nacional competente en materia
de derechos intelectuales, encargada de la regulación,
gestión y control de los derechos intelectuales y de los
conocimientos tradicionales, perteneciente a la Función
Ejecutiva y adscrita a la Secretaría de Educación Superior,
Ciencia, Tecnología e Innovación. (…) Así mismo, todas las
disposiciones y funciones atribuidas a la nueva autoridad
nacional competente en materia de derechos intelectuales,
hasta su conformación, continuarán siendo ejercidas por el
Instituto Ecuatoriano de la Propiedad Intelectual, a través
de los distintos órganos que lo conforman.(…) La nueva
autoridad nacional competente en materia de derechos
intelectuales, encargada será la sucesora en derecho del
Instituto Ecuatoriano de la Propiedad Intelectual, asumiendo
el patrimonio, presupuesto, derechos y obligaciones
incluyendo las laborales, conforme los regímenes aplicables
a cada caso.(…)”;
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