Ordenanzas Municipales. 002-2017-GADMCH Cantón El Chaco: Que Reglamenta El Cobro De La Tasa Para La Exposición Y Expendio De Bienes Y Servicios Durante El Desarrollo De Eventos Y Espectáculos Públicos En La Expoferia, Agropecuaria, Turística Y Cultural

Número de Boletín479
SecciónOrdenanzas Municipales
EmisorGobiernos Autónomos Descentralizados
Jueves 28 de junio de 2018 – 11Registro Of‌i cial – Edición Especial Nº 479
dispone el inciso cuarto del Art. 322 del Código Orgánico de
Organización Territorial Autonomía y Descentralización,
remito la Ordenanza para la determinación,
administración y recaudación del impuesto al rodaje a
los vehículos motorizados dentro del cantón Chordeleg,
misma que fue conocida, discutida y aprobada en Primer y
Segundo Debate, en sesiones ordinarias de fecha 07 y 21
de marzo de 2018, respectivamente.
f.) Abg. Juan Carlos Ruiz, Secretario del Concejo,
encargado.
ORGANO EJECUTIVO DEL GOBIERNO
AUTONOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL
DE CHORDELEG.- SANCIÓN: En ejercicio de mis
atribuciones que me conf‌i ere el inciso cuarto del Art. 322 del
Descentralización, sanciono la presente Ordenanza para
la determinación, administración y recaudación del
impuesto al rodaje a los vehículos motorizados dentro
del cantón Chordeleg. Chordeleg, 27 de marzo de 2018,
a las 16h22.
f.) Dr. Jorge Coello González, Alcalde del cantón
Chordeleg.
ORGANO EJECUTIVO DEL GOBIERNO
AUTONOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL
DE CHORDELEG.- PROMULGACION Y
PUBLICACIÓN: En ejercicio de mis atribuciones que me
Territorial Autonomía y descentralización, promúlguese y
publíquese la presente Ordenanza para la determinación,
administración y recaudación del impuesto al rodaje a
los vehículos motorizados dentro del cantón Chordeleg,
en la Gaceta Of‌i cial y en el sitio Web Institucional y
remítase para su publicación en el Registro Of‌i cial.
Chordeleg, 27 de marzo de 2018, a las 16h22.
f.) Dr. Jorge Coello González, Alcalde del cantón
Chordeleg.
SECRETARIA GENERAL DEL GOBIERNO
AUTONOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL
DE CHORDELEG.- En la Of‌i cina de la Alcaldía del
Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de
Chordeleg, siendo las dieciséis horas con veinte y dos
minutos del día martes veinte y siete de marzo de dos mil
dieciocho, proveyó y f‌i rmó el decreto que antecede el Dr.
Jorge Coello González, Alcalde del cantón Chordeleg.-
CERTIFICO.
f.) Abg. Juan Carlos Ruiz, Secretario del Concejo,
encargado.
No. 002-2017-GADMCH
EL CONCEJO MUNICIPAL DEL GOBIERNO
AUTONOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL
DEL CANTÓN EL CHACO
Considerando:
Que, en el mes de mayo de cada año se realizan actividades
varias en el Cantón por cuanto se conmemora la creación
del Cantón El Chaco.
Que, los gobiernos autónomos descentralizados
municipales tienen la potestad de crear, suprimir tasas
por servicios que se presten o tarifas por la ocupación de
espacios públicos.
Que, es necesario regular el cobro de las tarifas por puestos
eventuales que se utilizan en las ferias que se realizan en el
mes de mayo de cada año en el Cantón.
En uso de las atribuciones legales pertinentes
Expide:
ORDENANZA QUE REGLAMENTA EL COBRO
DE LA TASA PARA LA EXPOSICION Y EXPENDIO
DE BIENES Y SERVICIOS DURANTE EL
DESARROLLO DE EVENTOS Y ESPECTACULOS
PUBLICOS EN LA EXPOFERIA, AGROPECUARIA,
TURISTICA Y CULTURAL.
ARTICULO.- 1.- FINALIDAD, HECHO
GENERADOR, SUJETO ACTIVO Y PASIVO:
La Municipalidad requiere tener pleno conocimiento
del ingreso de recursos económicos producto de las
ventas ambulantes, promoción de producto de las ventas
ambulantes, promoción de productos o servicios expendio
de alimentos y bebidas en los diversos sitios dispuestos
para el efecto, por lo que se requiere emitir títulos de
Crédito y/o boletos previamente impresos y legalizados.
En consecuencia el hecho generador es la ocupación
provisional de espacios públicos sean vías, veredas, sitios
destinados al uso público en general en actividades de
exposición. Promocionales y venta de bienes y servicios
que propendan a incentivar las actividades productivas en
el Cantón.
El sujeto activo de la Tasa es el Gobierno Autónomo
Descentralizado Municipal de El Chaco
Los sujetos pasivos son las personas naturales y jurídicas,
públicas o privadas que de manera provisional efectúen
exposición, promoción de bienes y servicios en ferias
debidamente organizadas por la Municipalidad y que
su objetivo sea fomentar y fortalecer las actividades
productivas en el Cantón
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