Resoluciones. 002-2018-DGI-IEPI Expídense Las Disposiciones Para La Aplicación Del Acuerdo Ministerial No. 0003 Del Ministerio De Economía Y Finanzas

Número de Boletín222
SecciónResoluciones
EmisorInstituto Ecuatoriano de la Propiedad Intelectual - IEPI
Lunes 16 de abril de 2018 – 35Registro Of‌i cial Nº 222
EGSI debidamente organizada y registrada de acuerdo al
procedimiento específ‌i co que para estos efectos establezca
la entidad competente en la materia.
DISPOSICIONES GENERALES
Primera.- El Of‌i cial de Seguridad de la Información del
IEPI responderá directamente de los actos realizados en
el ejercicio de la presente designación y deberá observar
para el efecto las disposiciones constitucionales, legales y
reglamentarias, así como las disposiciones que emita para
tal efecto la Dirección Ejecutiva.
Segunda.- El Of‌i cial de Seguridad de la Información del
IEPI tendrá la obligación de presentar un informa trimestral
a la Dirección Ejecutiva sobre la implementación,
ejecución y monitoreo del EGSI.
Tercera.- El Of‌i cial de Seguridad de la Información
del IEPI estará a cargo de la revisión anual del EGSI
conforme al cambio de la norma ISO/EC 27002 o cuando
las circunstancias lo ameriten.
Cuarta.- Disponer que la presente Resolución sea
publicada en el Registro Of‌i cial.
Quinta.- De la ejecución de la presente Resolución
encárguese al servidor designado, quien deberá notif‌i car
de ésta a la entidad sucesora en derecho de la Secretaría
Nacional de la Administración Pública que se encuentre a
cargo de esta competencia de acuerdo al Decreto Ejecutivo
No.005 de 24 de mayo de 2017.
DISPOSICIONES DEROGATORIA ÚNICA
Deróguese la Resolución No.019-2017-DE-IEPI de 29 de
junio de 2017, así como las normas internas de igual o
inferior jerarquía que se opongan a la presente Resolución.
DISPOSICIÓN FINAL
La presente Resolución entrará en vigencia a partir de la
fecha de suscripción sin perjuicio de su publicación en el
Registro Of‌i cial.
Dado en la ciudad de Quito D.M., a los tres días del mes
de enero de 2018.
Comuníquese y Publíquese.
f.) Mgs. Santiago Cevallos Mena, Director Ejecutivo (E),
Instituto Ecuatoriano de la Propiedad Intelectual, IEPI.
INSTITUTO ECUATORIANO DE LA PROPIEDAD
INTELECTUAL.- Certif‌i co que es f‌i el copia del original.-
f.) Delegada de la Dirección de Gestión Institucional.-
Quito, 28 de febrero de 2018.
No. 002-2018-DGI-IEPI
EL DIRECTOR DE GESTIÓN INSTITUCIONAL
DEL INSTITUTO ECUATORIANO DE LA
PROPIEDAD INTELECTUAL -IEPI-
Considerando:
Ecuador manif‌i esta que “Las instituciones del Estado, sus
organismos, dependencias, las servidoras o servidores
públicos y las personas que actúen en virtud de una
potestad estatal ejercerán solamente las competencias
y facultades que les sean atribuidas en la Constitución
y la Ley tendrán el deber de coordinar acciones para
el cumplimiento de sus f‌i nes y hacer efectivo el goce y
ejercicio de los derechos reconocidos en la Constitución”
del Ecuador prescribe que “La administración pública
constituye un servicio a la colectividad que se rige por
los principios de ef‌i cacia, ef‌i ciencia, calidad, jerarquía,
desconcentración, descentralización, coordinación,
participación, planif‌i cación, transparencia y evaluación”
Que, según la disposición transitoria Tercera del Código
Orgánico de la Economía Social de los Conocimientos,
Creatividad e Innovación, publicada en el Registro Of‌i cial
Suplemento Nro. 899 del 09 de diciembre de 2016: “El
Instituto Ecuatoriano de la Propiedad Intelectual, así
como toda la institucionalidad creada mediante la Ley
de Propiedad Intelectual, publicada en el Registro Of‌i cial
Suplemento No. 426 de 28 de diciembre de 2006, existirá
hasta que se establezca mediante el correspondiente
Decreto Ejecutivo, la nueva autoridad nacional competente
en materia de derechos intelectuales, encargada de la
regulación, gestión y control de los derechos intelectuales
y de los conocimientos tradicionales, perteneciente a la
Función Ejecutiva y adscrita a la Secretaría de Educación
Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación (…) Así mismo,
todas las disposiciones y funciones atribuidas a la nueva
autoridad nacional competente en materia de derechos
intelectuales, hasta su conformación, continuarán siendo
ejercidas por el Instituto Ecuatoriano de la Propiedad
Intelectual, a través de los distintos órganos que lo
conforman (…) La nueva autoridad nacional competente
en materia de derechos intelectuales, encargada será
la sucesora en derecho del Instituto Ecuatoriano de
la Propiedad Intelectual, asumiendo el patrimonio,
presupuesto, derechos y obligaciones incluyendo las
laborales, conforme los regímenes aplicables a cada caso
(…)”
consta la creación del Instituto Ecuatoriano de la Propiedad
Intelectual IEPI, como persona jurídica de derecho
público, con patrimonio propio, autonomía administrativa,
económica, f‌i nanciera y operativa, con sede en la ciudad
de Quito, con los f‌i nes establecidos en dicha ley;
Que, el artículo 71 del Código Orgánico de Planif‌i cación
y Finanzas Públicas dispone que la rectoría del SINFP,
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