Resoluciones. 002-2018-SENADI Refórmese la Resolución Nro. 001-2018-DGI-SENADI de 17 de mayo del 2018

Número de Boletín364
SecciónResoluciones
EmisorSERVICIO NACIONAL DE DERECHOS INTELECTUALES
24 – Viernes 9 de noviembre de 2018 Registro Of‌i cial Nº 364
Artículo 2.- Delegar el/la Coordinador/a General
Administrativo/a Financiero/a la suscripción de contratos
de comodato o convenios de uso, permuta, donación,
transferencia de dominio de bienes con otras entidades
del sector público que requiera el Ministerio del Interior
para viabilizar la gestión administrativa, y autorizar el
gasto que de ellos se derive; declarar de utilidad pública
y de interés social, previa autorización de la máxima
autoridad del Ministerio del Interior, para la adquisición
de un determinado bien inmueble, necesario para la
satisfacción de las necesidades públicas, observando
los procedimientos y formalidades establecidos en el
ordenamiento jurídico vigente; y, representar legalmente al
Ministerio del Interior ante el Servicio de Rentas Internas.
Artículo 3.- Facultar a el/la Coordinador/a General
Administrativo/a Financiero/a para aprobar, reformar y
modif‌i car el Plan Anual de Contrataciones PAC, en los
términos previstos en la Ley Orgánica del Sistema Nacional
de Contratación Pública y su Reglamento General.
Artículo 4.- Facultar a el Coordinador/a General
Administrativo/a Financiero/a para designar y autorizar
a los funcionarios delegados, el uso de los usuarios y
contraseñas asignadas al Ministerio del Interior, para
acceder a las herramientas del portal del Sistema Nacional
de Contratación Pública.
Artículo 5.- Disponer al Director/a Administrativo/a el
registro de cada uno de los expedientes concernientes
a los procedimientos de contratación realizados por las
autoridades delegadas a través del presente acuerdo, de
conformidad con lo dispuesto en los artículos 36 de la Ley
31 de su Reglamento General.
Artículo 6.- A efecto de las delegaciones que se conf‌i ere, se
estará a lo dispuesto en el artículo 71 del Código Orgánico
Artículo 7.- Los funcionarios/as delegados/as dispondrán
la publicación de los documentos correspondientes a los
procedimientos de contratación realizados en ejercicio de la
presente delegación, en el Portal Institucional del Sistema
Nacional de Contratación Pública, observando lo dispuesto
Pública, su Reglamento General y demás normativa
que sobre la materia sea expedida por la autoridad
competente.
Artículo 8.- Los funcionarios/as delegados/as informarán al
titular del Ministerio del Interior de las acciones adoptadas
en ejercicio de la presente delegación, siendo penal, civil
y administrativamente responsables por los actos que
realizaren o las omisiones en las que incurrieren en virtud
de la misma.
Artículo 9.- El presente Acuerdo Ministerial entrará
en vigencia a partir de su suscripción, sin perjuicio de
su publicación en el Registro Of‌i cial; de su ejecución
encárguese el Viceministro/a del Interior, Coordinador/a
General Administrativo/a Financiero/a y el Director/a
Administrativo/a.
Artículo 10.- De la publicación del presente Acuerdo en el
Portal Institucional del Servicio Nacional de Contratación
Pública, encárguese a la Coordinación General
Administrativa Financiera.
DISPOSICIÓN UNICA.- Deróguese en su totalidad las
atribuciones constantes en el Acuerdo Ministerial No.
1856 de 01 de febrero de 2011.
COMUNÍQUESE y PUBLÍQUESE.
Dado en Quito, Distrito Metropolitano, a 10 de septiembre
de 2018.
f.) María Paula Romo Rodríguez, Ministra del Interior.
MINISTERIO DEL INTERIOR.- Certif‌i co que el
presente documento f‌i el copia del original que reposa
en archivo de Unidad de Gestión Documental y Archivo
de este Ministerio al cual me remito en caso necesario.-
Quito a, 25 de septiembre de 2018.- f.) Ilegible, Secretaría
General.
No. 002-2018-DGI-SENADI
EL DIRECTOR DE GESTIÓN INSTITUCIONAL
DEL SERVICIO NACIONAL DE DERECHOS
INTELECTUALES
-SENADI-
Considerando:
Ecuador manif‌i esta que “Las instituciones del Estado, sus
organismos, dependencias, las servidoras o servidores
públicos y las personas que actúen en virtud de una potestad
estatal ejercerán solamente las competencias y facultades
que les sean atribuidas en la Constitución y la Ley tendrán
el deber de coordinar acciones para el cumplimiento de sus
f‌i nes y hacer efectivo el goce y ejercicio de los derechos
reconocidos en la Constitución”
del Ecuador prescribe que “La administración pública
constituye un servicio a la colectividad que se rige por
los principios de ef‌i cacia, ef‌i ciencia, calidad, jerarquía,
desconcentración, descentralización, coordinación,
participación, planif‌i cación, transparencia y evaluación”
Innovación, publicado en el Registro Of‌i cial Suplemento
Nro. 899 del 09 de diciembre de 2016, la Autoridad
Nacional Competente en Materia de de Derechos
Intelectuales: “(…)Es el organismo técnico adscrito a la
Secretaría de Educación Superior, Ciencia, Tecnología
e Innovación, con personalidad jurídica propia, dotado
de autonomía administrativa, operativa y f‌i nanciera, que
ejerce las facultades de regulación, gestión y control de los
derechos intelectuales y en consecuencia tiene a su cargo
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