Resoluciones. 002-2020-DG-NI-SENADI Desígnense como miembros integrantes del Comité de Seguridad de la Información al Director de Gestión Institucional, al Responsable de la Unidad de Gestión de Planificación y al Responsable de la Unidad de Comunicación Social; así como a los titulares de los órganos agregadores de valor

Número de Boletín842
SecciónResoluciones
EmisorSERVICIO NACIONAL DE DERECHOS INTELECTUALES
Viernes 31 de julio de 2020 – 7Registro Ocial Edición Especial 842
RESOLUCIÓN No. 002-2020-DG-NI-SENADI
EL DIRECTOR GENERAL DEL SERVICIO NACIONAL DE DERECHOS
INTELECTUALES -SENADI-
CONSIDERANDO:
instituciones del Estado, sus organismos, dependencias, las servidoras o servidores
públicos y las personas que actúen en virtud de una potestad estatal ejercerán
solamente las competencias y facultades que les sean atribuidas en la Constitución
y la Ley tendrán el deber de coordinar acciones para el cumplimiento de sus fines
y hacer efectivo el goce y ejercicio de los derechos reconocidos en la Constitución";
administración pública constituye un servicio a la colectividad que se rige por los
principios de eficacia, eficiencia, calidad, jerarquía, desconcentración,
descentralización, coordinación, participación, planificación, transparencia y
evaluación.";
Que, el inciso segundo del artículo 314 de la Constitución de la República, dispone:
“El Estado garantizará que los servicios públicos y su provisión respondan a los
principios de obligatoriedad, generalidad, uniformidad, eficiencia,
responsabilidad, universalidad, accesibilidad, regularidad, continuidad y calidad.
(…)”;
Que, según el artículo 10 del Código Orgánico de la Economía Social de los
Conocimientos, Creatividad e Innovación, publicado en el Registro Oficial
Suplemento Nro. 899 del 09 de diciembre de 2016, la Autoridad Nacional
Competente en Materia de Derechos Intelectuales: "(...) Es el organismo técnico
adscrito a la Secretaría de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación,
con personalidad jurídica propia, dotado de autonomía administrativa, operativa
y financiera, que ejerce las facultades de regulación, gestión y control de los
derechos intelectuales y en consecuencia tiene a su cargo principalmente los
servicios de adquisición y ejercicio de los derechos de propiedad intelectual, así
como la protección de los conocimientos tradicionales. Además de las funciones
inherentes a sus atribuciones, será la principal encargada de ejecutar las políticas
públicas que emanen del ente rector en materia de gestión, monitoreo,
transferencia y difusión del conocimiento.
La autoridad nacional competente en materia de derechos intelectuales tendrá
competencia sobre los derechos de autor y derechos conexos; propiedad industrial;

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