Resoluciones. 002-2020-DNDAyDC-SENADI Deléguense facultades y atribuciones a la servidora Ana Carina Félix López
Número de Boletín | 1327 |
Sección | Resoluciones |
Emisor | SERVICIO NACIONAL DE DERECHOS INTELECTUALES -SENADI- |
Martes 17 de noviembre de 2020 – 37Registro Ocial – Edición Especial Nº 1327
RESOLUCIÓN No 002-2020
-DNDAyDC-SENADI
EL DIRECTOR NACIONAL DE DERECHO DE AUTOR Y
DERECHOS CONEXOS DEL SERVICIO NACIONAL DE
DERECHOS INTELECTUALES
-SENADI-
CONSIDERANDO:
Que el artículo 226 de la Constitución de la República del Ecuador manifiesta que:
“Las instituciones del Estado, sus organismos, dependencias, las servidoras o
servidores públicos y las personas que actúen en virtud de una potestad estatal
ejercerán solamente las competencias y facultades que les sean atribuidas en la
Constitución y la Ley tendrán el deber de coordinar acciones para el cumplimiento
de sus fines y hacer efectivo el goce y ejercicio de los derechos reconocidos en la
Constitución”;
Que el artículo 227 de la Constitución de la República del Ecuador prescr ibe que:
"La administración pública constituye un servicio a la colectividad que se rige por
los principios de eficacia, eficiencia, calidad, jerarquía, desconcentración,
descentralización, coordinación, participación, planificación, transparencia y
evaluación.”;
Que el artículo 10 del Código Orgánico de la Economía Social de los
Conocimientos, Creatividad e Innovación, publicado en el Registro Oficial
Suplemento Nro. 899 del 09 de diciembre de 2016, menciona que la Autoridad
Nacional Competente en Materia de Derechos Intelectuales: “(…) Es el organismo
técnico adscrito a la Secretaría de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e
Innovación, con personalidad jurídica propia, dotado de autonomía
administrativa, operativa y financiera, que ejerce las facultades de regulación,
gestión y control de los derechos intelectuales y en consecuencia tiene a su cargo
principalmente los servicios de adquisición y ejercicio de los derechos de
propiedad intelectual, así como la protección de los conocimientos tradicionales.
Además de las funciones inherentes a sus atribuciones, será la principal encargada
de ejecutar las políticas públicas que emanen del ente rector en materia de gestión,
monitoreo, transferencia y difusión del conocimiento. La autoridad nacional
competente en materia de derechos intelectuales tendrá competencia sobre los
derechos de autor y derechos conexos; propiedad industrial; obtenciones
vegetales; conocimien tos tradicional es; y, gestión de los conocimientos para
incentivar el desarrollo tecnológico, científico y cultural nacional. Competencias
que deberán ser consideradas al momento de reglamentar su conformación,
atribuciones, organización e institucionalidad. Adicionalmente, contará con
jurisdicción coactiva para el cobro de los títulos de crédito así como cualquier tipo
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