Ordenanzas Municipales. 002-2022 Cantón Rumiñahui: De inclusión económica local, fomento, desarrollo y fortalecimiento de la economía popular y solidaria
Número de Boletín | 127 |
Sección | Ordenanzas Municipales |
Emisor | Gobiernos Autónomos Descentralizados |
Martes 12 de abril de 2022Registro Ocial - Edición Especial Nº 127
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ORDENANZA No. 002-2022
EL CONCEJO MUNICIPAL DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO
MUNICIPAL DEL CANTÓN RUMIÑAHUI
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 33 de la Constitución de la República reconoce que el trabajo es un
derecho y un deber social, y un derecho económico, fuente de realización personal y
base de la economía. El Estado garantizará a las personas trabajadoras el pleno respeto
a su dignidad, una vida decorosa, remuneraciones y retribuciones justas y el
desempeño de un trabajo saludable y libremente escogido o aceptado;
Que, el artículo 238 de la Constitución de la República del Ecuador señala que los
gobiernos autónomos descentralizados gozarán de autonomía política, administrativa
y financiera, y se regirán por los principios de solidaridad, subsidiariedad, equidad
interterritorial, integración y participación ciudadana…;
gobiernos autónomos descentralizados de las regiones, distritos metropolitanos,
provincias y cantones tendrán facultades legislativas en el ámbito de sus competencias
y jurisdicciones territoriales. […]. Todos los gobiernos autónomos descentralizados
ejercerán facultades ejecutivas en el ámbito de sus competencias y jurisdicciones
territoriales.
régimen de desarrollo tendrá los siguientes objetivos:
1. Mejorar la calidad y esperanza de vida, y aumentar las capacidades y
potencialidades de la población en el marco de los principios y derechos que
establece la Constitución.
2. Construir un sistema económico, justo, democrático, productivo, solidario y
sostenible basado en la distribución igualitaria de los beneficios del desarrollo,
de los medios de producción y en la generación de trabajo digno y estable (...)";
sistema económico es social y solidario; reconoce al ser humano como sujeto y fin;
propende a una relación dinámica y equilibrada entre sociedad, Estado y mercado,
en armonía con la naturaleza; y tiene por objetivo garantizar la producción y
reproducción de las condiciones materiales e inmateriales que posibiliten el buen
vivir. El sistema económico se integrará por las formas de organización económica
pública, privada, mixta, popular y solidaria, y las demás que la Constitución
determine. La economía popular y solidaria se regulará de acuerdo con la ley e
incluirá a los sectores cooperativistas, asociativos y comunitarios";
Que, el artículo 284, numeral 8 de la Constitución de la República establece como uno de
los objetivos de la economía; propiciar el intercambio justo y complementario de
bienes y servicios en mercados transparentes y eficientes;
Que, el artículo 288 de la Constitución, dispone que: "Las compras públicas cumplirán
con criterios de eficiencia, transparencia, calidad, responsabilidad ambiental y social.
Se priorizarán los productos y servicios nacionales, en particular los provenientes de
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