Acuerdos. 002-CNC-2018 Expídese el Reglamento para la Conformación y Funcionamiento de Mancomunidades y Consorcios de los Gobiernos Autónomos Descentralizados.

Número de Boletín322
SecciónAcuerdos
EmisorMinisterio de Transporte y Obras Públicas
Viernes 7 de septiembre de 2018 – 27Registro Of‌i cial Nº 322
Quipux, al Analista Jurídico Zonal con el comentario,
“Proceder a elaborar resolución”.
En uso de las atribuciones que le conf‌i eren el artículo 6, 9,
10 y 11 del Acuerdo Ministerial No. 007-2016, de 17 de
febrero de 2016, y el Reglamento para el Otorgamiento de
Personalidad Jurídica a las Organizaciones Sociales.
En el ejercicio de las facultades que me conf‌i ere la ley.
Resuelvo:
ARTÍCULO 1.- Conceder Personalidad Jurídica propia
de derecho privado, a la Asociación de Conservación Vial
“NUNKANTAI”, con domicilio en el sector Nunkantai,
Parroquia Patuca, del Cantón Santiago, Provincia de
Morona Santiago, que se regirá por las disposiciones del
Título XXX de libro primero de la Codif‌i cación vigente de la
Ley Sustantiva Civil, del Reglamento para el Otorgamiento
de Personalidad Jurídica a las Organizaciones Sociales,
Acuerdo Ministerial No. 007-2016, de 17 de febrero de
2016; y, del estatuto de la citada persona jurídica, tendrá el
plazo de duración de diez años.
ARTÍCULO 2.- Aprobar sin modif‌i car el texto, el Estatuto
de la Asociación de Conservación Vial “NUNKANTAI”.
ARTÍCULO 3.- Registrar en calidad de socios
fundadores de la mencionada organización a las
siguientes personas:
No. Apellidos y Nombres No. Cédula
1CABRERA WAMPUTSAR
EDGAR ROMUALDO 1400547293
2 CHIRIAP ANKUASH ANDRES 1400245690
3CHIRIAP TENKUSH USHAP
ILARIO 1400696801
4CHUINT ANTUASH CARLOS
ENTSAKUA 1400130736
5GUARACA AYUI EDWIN
OSWALDO 1400866164
6GUARACA VERA ANGEL
FAUSTO 1400253215
7GUELEDEL ABRIGO
WALTER RAMIRO 1900513340
8JIMPIKIT YANKUR WILSON
VICENTE 1401452055
9LLIVICURA PACHECO
CARLOS ALFONSO 1400582175
10 PIRUCH TSENKUSH JUAN
BOSCO 1400550578
ARTÍCULO 4.- La veracidad sobre la autenticidad de
los documentos ingresados es de exclusiva responsabilidad
de los peticionarios o representantes de la Asociación. En
todo caso, de comprobarse falsedad u oposición legalmente
fundamentada, el Ministerio se reserva el derecho de dejar
sin efecto esta Resolución Ministerial y de ser necesario,
iniciar las acciones legales correspondientes.
ARTÍCULO 5.- La Asociación de Conservación Vial
“NUNKANTAI”, dará plena observancia a las norma
legales o reglamentaria vigentes, incluyendo el Reglamento
para el Otorgamiento de Personalidad Jurídica a las
Organizaciones Sociales, cuyo control y aplicación estricta
está a cargo del Ministerio de Transporte y Obras Publicas
a través de la Subsecretaría Zonal 6.
ARTÍCULO 6.- El Ministerio de Transporte y Obras
Públicas podrá en cualquier momento requerir la
información que se relacione con sus actividades a f‌i n
de verif‌i car que se cumplan los f‌i nes para los cuales fue
constituida la Asociación; de comprobarse su inobservancia
el Ministerio iniciara el procedimiento de disolución y
liquidación previsto en las normas que rigen a esta clase de
personas jurídicas.
ARTÍCULO 7.- La Asociación, en un plazo de máximo
treinta días elegirá su directiva y la remitirá al Ministerio
de Transporte y Obras Públicas, adjuntado la convocatoria
y el acta de asamblea en la que conste la elección de la
directiva def‌i nitiva, periodo de gestión, nombres y apellidos
completos de los miembros presentes en la asamblea con el
número de cédula y f‌i rmas, debidamente certif‌i cada por el
secretario de la organización.
Art. Final.- La presente Resolución entrará en vigencia
a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su
publicación en el Registro Of‌i cial.- COMUNÍQUESE Y
PUBLÍQUESE.
Dado en la ciudad de Cuenca, a los 01 de agosto 2018.
f.) Ing. Leonardo Bolívar Albán Tinoco, Subsecretario
Zonal 6 del Ministerio de Transporte y Obras Públicas,
Subrogante.
No. 002-CNC-2018
CONSEJO NACIONAL DE COMPETENCIAS
Considerando:
V, crea una nueva organización político-administrativa
del Estado ecuatoriano en el territorio con el objeto de
consolidar un nuevo régimen de desarrollo, centrado
en el buen vivir, que incremente las potencialidades,
capacidades y vocaciones de los gobiernos autónomos
descentralizados a través de la profundización de un nuevo
modelo de autonomías y descentralización que aporte en la
construcción de un desarrollo justo y equilibrado de todo
el país.
del Ecuador; y, concordantemente con el Capítulo II del
Autonomía y Descentralización -Cootad- crearon el Sistema
Nacional de Competencias con el objeto de organizar las
instituciones, planes, programas, políticas y actividades
relacionadas con el ejercicio de las competencias que
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