Acuerdos. 002-DN-DINARDAP-2021 Deléguense facultades a la abogada Sheyla Berenice Cuenca Flores, Directora de Asesoría Jurídica

Número de Boletín380
SecciónAcuerdos
EmisorDirección Nacional de Registro de Datos Públicos - Dinardap
Jueves 28 de enero de 2021Registro O cial Nº 380
47
DD
iirreecccciiónn::Av. Antonio Jos±de Sucre N54-103 y Jos±Snchez
CCóddiiggoo ppoossttaall:: Ec170528 / Quito Ecuador
TTeelléffoonnoo:: 02 351 4 124
wwwwww..ddiinnaarrddaapp..ggoobb..eecc
RESOLUCIÓN Nro. 002-DN-DINARDAP-2021
Magíster Lorena Naranjo Godoy
DIRECTORA NACIONAL DE REGISTRO DE DATOS PÚBLICOS
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 226 de la Constitución de la República señala: “ Las instituciones del
Estado, sus organismos, dependencias, las servidoras o servidores públicos y las
personas que actúen en virtud de una potestad estatal ejercerán solamente las
competencias y facultades que les sean atribuidas en la Constitución y la ley. Tendrán
el deber de coordinar acciones para el cumplimiento de sus fines y hacer efectivo el
goce y ejercicio de los derechos reconocidos en la Constitución.”;
Que, el artículo 227 de la Norma Suprema dispone: “La administración pública constituye
un servicio a la colectividad que se rige por los principios de eficacia, eficiencia,
calidad, jerarquía, desconcentración, descentralización, coordinación, participación,
planificación, transparencia y evaluación”;
Que, el artículo 30 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Registro de Datos Públicos,
crea la Dirección Nacional de Registro de Datos Públicos, como organismo de derecho
público, con personería jurídica. Autonomía administrativa, técnica, operativa,
financiera y presupuestaria, adscrita al Ministerio de Telecomunicaciones y Sociedad
de la Información. Indicando que su máxima autoridad y representante legal será la
directora o Director Nacional, designada o designado por la Ministra o Ministro;
Que, el artículo 31 de la Ley señalada, determina entre otras, las siguientes atribuciones y
facultades de la Dirección Nacional de Registro de Datos Públicos: 2. Dictar las
resoluciones y normas necesarias para la organización y funcionamiento del
sistema…”;
Que, el numeral 9.1 del artículo 9 del Estatuto Orgánico Funcional de Gestión por Procesos
de la Dirección Nacional de Registro de Datos Públicos, establece entre otras como
atribuciones de la Dirección Nacional:: “a) Ejercer la representación legal, oficial,
judicial y extrajudicial de la DIRECCIÓN NACIONAL DE REGISTRO DE DATOS
PÚBLICOS; d) Dictar las resoluciones técnicas y administrativas necesarias para el
adecuado funcionamiento del Sistema Nacional de Registro de Datos Públicos, así
como los datos e instituciones que lo integran; […]”

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR