Resoluciones. 002 Estación De Servicio Rocío 2”, Ubicada En El Cantón Biblián, Provincia Del Cañar

Número de Boletín138
SecciónResoluciones
EmisorMinisterio del Ambiente
Martes 12 de diciembre de 2017 – 9Registro Of‌i cial Nº 138
MINISTERIO DEL AMBIENTE
No 002
Melvin Alvarado Ochoa
DIRECTOR PROVINCIAL
DEL AMBIENTE DE CAÑAR
Considerando:
del Ecuador, reconoce el derecho de la población a vivir
en un ambiente sano y ecológicamente equilibrado, que
garantice la sostenibilidad y el buen vivir, sumak kawsay,
y declara de interés público la preservación del ambiente,
la conservación de los ecosistemas, la prevención del
daño ambiental y la recuperación de los espacios naturales
degradados;
Que, el numeral 27 del artículo 66, de la Constitución de la
República del Ecuador, reconoce y garantiza a las personas
el derecho a vivir en un ambiente sano, ecológicamente
equilibrado y libre de contaminación y armonía con la
naturaleza;
Que, el numeral 4 del artículo 276, de la Constitución de la
República del Ecuador señala como uno de los objetivos
del régimen de desarrollo, el recuperar y conservar la
naturaleza y mantener un ambiente sano y sustentable
que garantice a las personas y colectividades el acceso
equitativo, permanente y de calidad al agua, aire y suelo,
y a los benef‌i cios de los recursos del subsuelo y del
patrimonio natural;
Que, de conformidad con lo establecido en el artículo
19 de la Ley de Gestión Ambiental, las obras públicas,
privadas o mixtas y los proyectos de inversión públicos
o privados que puedan causar impactos ambientales,
deben previamente a su ejecución ser calif‌i cados, por los
organismos descentralizados de control, conforme con
el Sistema Único de Manejo Ambiental; cuyo principio
rector será el precautelatorio;
Que, para el inicio de toda actividad que suponga riesgo
ambiental, se deberá contar con la licencia ambiental,
otorgada por el Ministerio del Ambiente, conforme así lo
Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 28 de la
Ley de Gestión Ambiental, toda persona natural o jurídica
tiene derecho a participar en la gestión ambiental a través
de los mecanismos de participación social, entre los cuales
se incluirán consultas, audiencias públicas, iniciativas,
propuestas o cualquier forma de asociación entre el sector
público y privado;
Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 29 de la
Ley de Gestión Ambiental, toda persona natural o jurídica
tiene derecho a ser informada sobre cualquier actividad de
las instituciones del Estado; que pueda producir impactos
ambientales;
Que, de acuerdo a la primera Disposición Transitoria
del Título IV del Libro VI del Texto Unif‌i cado de
Legislación Secundaria del Ministerio del Ambiente, D.E.
N°3516, R.O. N°2, del 31 de marzo de 2003, establece
que: “Las actividades o proyectos que se encuentren en
funcionamiento y que no cuenten con un estudio de impacto
ambiental aprobado deberán presentar una auditoría
ambiental inicial de cumplimiento con las regulaciones
ambientales vigentes ante la entidad ambiental de control.
La auditoría ambiental inicial debe incluir un plan de
manejo ambiental. La AA Inicial o EsIA Expost cubre la
ausencia de un EsIA”;
Que, mediante Decreto Ejecutivo No.1040, publicado
en el Registro Of‌i cial No. 332 del 08 de mayo de 2008,
el Presidente Constitucional de la República, expide
el Reglamento de Aplicación de los Mecanismos de
Participación Social establecidos en la Ley de Gestión
Que, a través del Acuerdo N°268 expedido por el
Ministerio del Ambiente, el 29 de agosto de 2014 y
publicado en el Registro Of‌i cial N°359 de 22 de octubre
de 2014, la Ministra del Ambiente, delega a los Directores
Provinciales, proceder con la emisión y suscripción de
Licencias Ambientales;
Que, mediante Of‌i cio No. DINAPA-H-195-2000 2000160,
del 27 de marzo del 2000, la SUBSECRETARIA DE
PROTECCIÓN AMBIENTAL DEL MINISTERIO
DE ENERGÍA Y MINAS, aprueba el ESTUDIO DE
IMPACTO AMBIENTAL para la “ESTACIÓN DE
SERVICIO ROCIO 2”, ubicada en la parroquia Biblián,
cantón Biblián, provincia del Cañar;
Que, mediante Of‌i cio S/N, del 28 de julio del 2008,
se solicita al Ministerio del Ambiente, la emisión del
Certif‌i cado de Intersección con el Sistema Nacional de
Áreas Protegidas, Bosques Protectores y Patrimonio
Forestal del Estado, para el proyecto “ESTACIÓN DE
SERVICIO ROCIO 2”, ubicada en la parroquia Biblián,
cantón Biblián, provincia del Cañar;
Que, mediante Of‌i cio Nro. 6896-08 DPCC/MA del 04 de
septiembre del 2008, el Ministerio del Ambiente, otorga el
Certif‌i cado de Intersección al proyecto “ESTACIÓN DE
SERVICIO ROCIO 2”, ubicada en la parroquia Biblián,
cantón Biblián, provincia del Cañar; manifestándose que
este proyecto NO INTERSECTA con el Sistema Nacional
de Áreas Protegidas, Bosques Protectores y Patrimonio
Forestal del Estado. Las Coordenadas UTM WGS 84 del
Proyecto son las siguientes:
PUNTO COORDENADAS
XY
1 734317 9700931
2 734333 9700942
3 734364 9700934
4 734380 9700896
5 734352 9700905
6 737359 9700920
7 734330 9700927
Que, mediante Of‌i cio S/N, del 21 de marzo del 2011,
el Ing. Marcelo espejo, CONSULTOR AMBIENTAL,
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