Acuerdos. 0024 Autorícese la emisión de 686.752 unidades de timbres consulares diplomáticos de varias denominaciones y de 350.293 unidades de publicaciones oficiales

Número de Boletín461
SecciónAcuerdos
EmisorMINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
6 – Jueves 4 de abril de 2019 Registro Of‌i cial Nº 461
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS.-
Certif‌i co f‌i el copia del documento original que reposa en
la Dirección de Certif‌i cación y Documentación.- Fecha:
19 de marzo de 2019.- f.) Director de Certif‌i cación y
Documentación, Ministerio de Economía y Finanzas.- 3
fojas.
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
No. 0024
LA SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO
Considerando:
Que el artículo 169 del Código Orgánico de Planif‌i cación y
Finanzas Públicas, publicado en el Suplemento del Registro
Of‌i cial No. 306 de 22 de octubre de 2010, establece que “El
ente rector de las f‌i nanzas públicas, es el único organismo
que autoriza la emisión y f‌i ja el precio de los pasaportes
y más especies valoradas de los organismos, entidades y
dependencias del Sector Público no Financiero, a excepción
de aquellas emitidas por los gobiernos autónomos
descentralizados, las entidades de seguridad social y las
empresas públicas”;
Que la Codif‌i cación de la Ley Orgánica de Régimen
Tributario Interno, en su artículo 115 faculta al Titular del
Ministerio de Economía y Finanzas f‌i jar el valor de las
especies f‌i scales, incluidas los pasaportes;
Que con Acuerdo Ministerial No. 1 publicado en el Registro
Of‌i cial No. 629 de 30 de enero de 2012, el Ministro de
Finanzas dispone delegar al o la titular de la Subsecretaría
de Presupuesto o quien haga sus veces, para que a nombre
y en representación del o de la titular del ente rector de
las Finanzas Públicas o quien haga sus veces, autorice la
emisión y f‌i je el precio de los pasaportes y más especies
valoradas de los organismos, entidades y dependencias
del sector público no f‌i nanciero, a excepción de aquellas
emitidas por los gobiernos autónomos descentralizados,
las entidades de seguridad social y las empresas públicas,
previo al estudio costo-benef‌i cio que para el efecto deberá
realizarse;
Que con Acuerdo Ministerial No. 55, publicado en el
Registro Of‌i cial No. 670 de 27 de marzo de 2012, se ha
reformado el Acuerdo Ministerial No. 159 publicado
en el Registro Of‌i cial No. 504 de 2 de agosto de 2011,
y se agregó el numeral 2.8 a los Principios del Sistema
de Administración Financiera, las Normas Técnicas de
Presupuesto, el Clasif‌i cador Presupuestario de Ingresos y
Gastos, los Principios y Normas Técnicas de Contabilidad
Gubernamental, el Catálogo General de Cuentas y las
Normas Técnicas de Tesorería para su aplicación obligatoria
en todas las entidades, organismos, fondos y proyectos que
integran el Sector Público no Financiero; expedidos con
Acuerdo Ministerial No. 447, publicado en el Suplemento
del Registro Of‌i cial No. 259 de 24 de enero de 2008, que
tratan de las Especies Valoradas, disponiéndose en sus
numerales 2.8.1 y 2.8.11 que, el Ente Rector de las Finanzas
públicas, es el único organismo que autoriza la emisión y f‌i ja
el precio de los pasaportes y más especies valoradas, siendo
de exclusiva responsabilidad de la entidad requirente el
procedimiento precontractual y contractual de los servicios
de impresión de las especies valoradas;
Que mediante Acuerdo Ministerial No. 004, publicado
en el Registro Of‌i cial No. 742 de 27 de abril de 2016, se
ha reformado el Acuerdo Ministerial No. 055 publicado
en el Registro Of‌i cial No. 670 de 27 de marzo de 2012;
y los numerales 2.8.4, 2.8.6, 2.8.7, 2.8.9, 2.8.10, 2.8.12.3,
2.8.12.8, 2.8.14.4, 2.8.14.6 y 2.8.18, relativos a los Prin-
cipios del Sistema de Administración Financiera, las Normas
Técnicas de Presupuesto, el Clasif‌i cador Presupuestario
de Ingresos y Gastos, los Principios y Normas Técnicas
de Contabilidad Gubernamental, el Catálogo General
de Cuentas y las Normas Técnicas de Tesorería para su
aplicación obligatoria en todas las entidades, organismos,
fondos y proyectos que integran el Sector Público no
Financiero, expedidos con Acuerdo Ministerial No. 447,
publicado en el Suplemento del Registro Of‌i cial No. 259
de 24 de enero de 2008, que tratan de las Especies
Valoradas;
Que mediante of‌i cio Nro. MREMH-CGAF-2019-0073-O,
de 05 de febrero de 2019, la Coordinadora General
Administrativa Financiera del Ministerio de Relaciones
Exteriores y Movilidad Humana, solicitó a la Subsecretaria
de Presupuesto, autorización para la emisión de 686.752
unidades de Timbres Consulares Diplomáticos de varias
denominaciones y de 350.293 unidades de Publicaciones
Of‌i ciales;
Que de conformidad con el Informe No. MEF-SP-DNI-
INT-2019-18 de 18 de febrero de 2019, suscrito por el
Director Nacional de Ingresos de este Ministerio, luego
del análisis efectuado recomienda se autorice la emisión
de 686.752 unidades de Timbres Consulares Diplomáticos
de varias denominaciones y de 350.293 unidades de
Publicaciones Of‌i ciales, por lo que se solicita se elabore el
Acuerdo Ministerial correspondiente;
En ejercicio de la facultad que le conf‌i ere los artículos 154
Código Orgánico de Planif‌i cación y Finanzas Públicas; y,
artículo 1 del Acuerdo Ministerial No. 001 publicado en el
Registro Of‌i cial No. 629 de 30 de enero de 2012,
Acuerda:
Art. Único.- Autorizar la emisión de 686.752 unidades de
Timbres Consulares Diplomáticos de varias denomina-
ciones y de 350.293 unidades de Publicaciones Of‌i
ciales,
de conformidad con las especif‌i caciones y características
establecidas por la Subsecretaría de Presupuesto, constantes
en el informe MEF-SP-DNI-INT-2019-18 de 18 de febrero
de 2019, de acuerdo al siguiente detalle:
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