Acuerdos interministeriales. 003-18 Autorícese Educación, traspaso del bien inmueble denominado Colegio de Bachillerato “Monseñor Leónidas Proaño”, ubicado en el cantón Catamayo, provincia de Loja, a favor del Ministerio del Interior

Número de Boletín344
SecciónAcuerdos interministeriales
EmisorMinisterios de Educación y del Interior
Miércoles 10 de octubre de 2018 – 17Registro Of‌i cial Nº 344
Que mediante Informe de Repatriación Pasiva No.
MJDHC-CGAJ-DAI-2018-0034, respecto del proceso del
proceso de repatriación de la privada de libertad colombiana
Diana Marcela Cuervo Ossa; dirigido a la señora
Coordinadora General de Asesoría Jurídica, la Directora
de Asuntos Internacionales informa que: “(...) el mismo
cumple con todas las condiciones y disposiciones legales
establecidas en el ‘Reglamento sobre el procedimiento de
repatriación de personas sentenciadas entre el gobierno de
la República del Ecuador y el gobierno de la República de
Colombia’ y recomienda el traslado del privado de libertad
a la República de Colombia, sin perjuicio de que previo
a su traslado cumpla con la normativa nacional para el
efecto”;
Que mediante Memorando Nro. MJDHC-CGAJ-DAI-
2018-0192-M, de 07 de agosto de 2018, la Directora de
Asuntos Internacionales informa que la multa impuesta a la
ciudadana Diana Marcela Cuervo Ossa, ha sido exonerada
por el Juez de Garantías Penitenciarias con sede en el cantón
Latacunga, cumpliéndose así con la normativa nacional
para el efecto.
Que mediante Certif‌i cado emitido por el Consulado de
Colombia en Quito, se corrobora que el señora Diana
Marcela Cuervo Ossa, con cédula de ciudadanía número
35355086, es nacional del Estado colombiano;
En ejercicio de las facultades que conf‌i ere el artículo
y 728 del Código Orgánico Integral Penal; y, el Acuerdo
Ministerial Nº 1266 de fecha 04 de julio de 2016;
Acuerda
Artículo 1.- Aceptar la solicitud de repatriación de la
ciudadana colombiana Diana Marcela Cuervo Ossa,
con cédula de ciudadanía No. 35355086, por verif‌i car el
cumplimiento de requisitos constantes en el Convenio de
Repatriación de Condenados entre Ecuador y Colombia; y
en el Reglamento operativo del Ministerio de Justicia y del
Derecho de Colombia; y la Corte Suprema de Justicia del
Ecuador sobre Traslado de Personas Condenadas, con la
f‌i nalidad de que termine de cumplir su sentencia privativa
de libertad en Colombia, de acuerdo a la Sentencia emitida
el 09 de marzo del 2018, por la Sala Única Multicompetente
de la Corte Provincial de Justicia del Carchi en la República
del Ecuador.
Artículo 2.- Disponer al/la Director/a de Asuntos
Internacionales del Ministerio de Justicia, Derechos
Humanos y Cultos, notif‌i que con el contenido del presente
Acuerdo Ministerial al ciudadana colombiana Diana
Marcela Cuervo Ossa; al/la Ministro/a de Justicia y del
Derecho de Colombia. Dicha notif‌i cación será coordinada
con el/la Director/a de Asistencia Judicial Internacional y de
Movilidad Humana del Ministerio de Relaciones Exteriores
y Movilidad Humana. Así mismo, realice todas las
acciones tendientes a ejecutar el presente Acuerdo, dentro
de sus competencias, asistido/a en lo que corresponda por
delegados de la Of‌i cina Nacional Central de Interpol.
El presente Acuerdo entrará en vigencia a partir de su
suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro
Of‌i cial. Dado en Quito, D.M., a los 22 día(s) del mes de
Agosto de dos mil dieciocho.
Documento f‌i rmado electrónicamente
Sra. Dra. Emma Francisca Herdoiza Arboleda, Coordinadora
General de Asesoría Jurídica - Delegada de la Ministra de
Justicia, Derechos Humanos y Cultos.
RAZÓN: De conformidad a las atribuciones y
responsabilidades conferidas en el Estatuto Orgánico por
Procesos, del Ministerio de Justicia, Derechos Humanos
y Cultos, certif‌i co que a foja(s) 1-4 es (son) FIEL COPIA
DEL ORIGINAL (Acuerdo No. MJDHC-CGAJ-2018-
0075-A, de 22 de agosto de 2018), que reposa en el Sistema
de Gestión Documental QUIPUX de esta Cartera de
Estado.
Quito, 24 de agosto de 2018.
f.) Ab. Priscila Barrera, Directora Nacional de Secretaría
General, Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y
Cultos.
ACUERDO INTERMINISTERIAL
N° 003-18
Fander Falconí Benítez
MINISTRO DE EDUCACIÓN
Dr. Mauro Toscanini
MINISTRO DEL INTERIOR
Considerando:
Que, el numeral 1 del artículo 154 de la Constitución de
la República del Ecuador, establece: “A las ministras
y ministros de Estado, además de las atribuciones
establecidas en la ley, les corresponde: 1.- Ejercer la
rectoría de las políticas públicas del área a su cargo y
expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que
requiera su gestión (…)”;
del Ecuador señala: “Las Fuerzas Armadas y la Policía
Nacional son instituciones de protección de los derechos,
libertades y garantías de los ciudadanos. Las Fuerzas
Armadas tienen como misión fundamental la defensa dela
soberanía e integridad territorial y, complementariamente,
apoyar en la seguridad integral del Estado de conformidad
con la ley. La protección interna y el mantenimiento del
orden público son funciones privativas del Estado y
responsabilidad de la Policía Nacional (…)”;
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