Resolución 003-2017 Autorícese Al (mce), Participe Como Tercera Parte Interesada En El Proceso De Solución De Diferencias De La Omc Unión Europea: Medidas Relacionadas Con Los Métodos De Comparación De Precios (wt/ds516/9)

Fecha de disposición11 Mayo 2017
Fecha de publicación11 Mayo 2017
Número de Gaceta1002
Jueves 11 de mayo de 2017 – 41Registro Of‌i cial Nº 1002
Artículo 2.- Disponer al Ministerio de Comercio Exterior
(MCE) informe al Comité Ejecutivo del COMEX, sobre el
desarrollo de los procesos referidos en el artículo 1 de esta
Resolución.
DISPOSICIÓN FINAL
La Secretaría Técnica del COMEX remitirá esta resolución
al Registro Of‌i cial para su publicación.
Esta Resolución fue adoptada en sesión de 19 de abril de
2017 y entrará en vigencia a partir de su adopción, sin
perjuicio de su publicación en el Registro Of‌i cial.
f.) Santiago Apunte F., Presidente (E).
f.) Ana María Cobo G., Secretaria.
MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR.-
CERTIFICO que el presente documento es f‌i el copia
del original que reposa en el archivo del COMEX.-
f.) Secretario Técnico.
No. 003-2017
EL COMITÉ EJECUTIVO DEL COMEX
Considerando:
Que, el numeral 5 del artículo 261 de la Constitución
de la República del Ecuador establece que el Estado
central tendrá competencias exclusivas sobre las políticas
económica, tributaria, aduanera, arancelaria; f‌i scal y
monetaria; comercio exterior y endeudamiento;
Que, mediante Protocolo de Adhesión al Acuerdo de
Marrakech, la República del Ecuador pasó a ser Miembro
de la Organización Mundial del Comercio (OMC) el 21 de
enero de 1996;
Que, el Entendimiento para la Solución de Diferencias
(ESD) de la Organización Mundial del Comercio (OMC)
establece las normas y procedimientos que se aplicarán
a las diferencias planteadas de conformidad con las
disposiciones en materia de consultas y solución de
diferencias de los acuerdos abarcados en el Apéndice 1 de
dicho Entendimiento. Las normas y procedimientos del
citado instrumento serán asimismo aplicables a las consultas
y solución de diferencias entre los Miembros relativas a sus
derechos y obligaciones dimanantes de las disposiciones
del Acuerdo por el que se establece la Organización
Mundial del Comercio y del citado Entendimiento tomados
aisladamente o en combinación con cualquier otro de los
acuerdos abarcados;
en el Suplemento del Registro Of‌i cial No. 351 de 29 de
diciembre de 2010, se creó el Comité de Comercio Exterior
(COMEX) como el organismo encargado de aprobar
las políticas públicas nacionales en materia de política
comercial;
Que, el artículo 131 del Reglamento de Aplicación del
Inversiones, en Materia de Política Comercial, sus Órganos
de Control e Instrumentos, publicado en el Registro Of‌i cial
No. 435 de 27 de abril de 2011, conf‌i ere al COMEX la
facultad de resolver sobre la participación del Ecuador
en calidad de tercera parte interesada, en los procesos de
solución de controversias internacionales;
Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 25, publicado en
el Suplemento del Registro Of‌i cial No. 19 de 20 de junio
de 2013, se creó el Ministerio de Comercio Exterior
como Cartera de Estado rectora de la política comercial,
designando a dicho Ministerio para que presida el COMEX,
tal como lo determina la Disposición Reformatoria Tercera
de dicho Decreto Ejecutivo;
Que, el Pleno de COMEX en sesión de 18 de abril de 2012,
adoptó la Resolución No. 55, publicada en el Registro
Of‌i cial No. 711 de 28 de mayo de 2012, reformada con
Resolución No. 018-2014, publicada en el Registro Of‌i cial
No. 297 de 25 de julio de 2014, que contiene el Reglamento
del Comité Ejecutivo del COMEX;
Que, el literal c) del artículo 3 del Reglamento del Comité
Ejecutivo del COMEX, establece: “Delegar al Comité
Ejecutivo del COMEX las siguientes funciones: (…) c)
Decidir sobre la participación del Ecuador como tercera
parte en los procesos de controversias comerciales,
particularmente en el marco de la Organización Mundial
del Comercio (…)”;
Que, el Comité Ejecutivo del COMEX en sesión de 19
de abril de 2017, conoció y aprobó el Informe sobre
Participación de Ecuador como Tercera Parte en el
proceso de Solución de Controversias de la OMC UNIÓN
EUROPEA: MEDIDAS RELACIONADAS CON LOS
MÉTODOS DE COMPARACIÓN DE PRECIOS (WT/
DS516/9), presentado por el Ministerio de Comercio
Exterior (MCE), a través del cual recomienda: “(…) sería
conveniente que el Ecuador participe como Tercera Parte
en el grupo especial solicitado por China en la reunión de
21 de marzo de 2017 del OSD, con miras a tener un mejor
conocimiento de los elementos técnicos y jurídicos como
también del interés sistémico de la diferencia que cada
Parte en este proceso sustentará en el procedimiento de
solución de diferencias que está por iniciar”;
Que, mediante Acuerdo No. 013-2017 de 31 de marzo de
2017, el Dr. Juan Carlos Cassinelli, Ministro de Comercio
Exterior, designó a la magister Ana María Cobo González,
funcionaria del Ministerio de Comercio Exterior, como
Secretaria Técnica del Comité de Comercio Exterior
(COMEX);

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