003-A-2019 Expídese el Código de Ética Institucional

Número de Boletín54
SecciónResoluciones
EmisorComité de Comercio Exterior
14 – Viernes 4 de octubre de 2019 Registro Of‌i cial Nº 54
COMEX el 15 de junio de 2017 y, publicada en el Segundo Suplemento del Registro Of‌i cial No. 63 de 23 de agosto de 2017,
al tenor siguiente:
Donde dice:
Código Designación de la Mercancía UF Tarifa Arancelaria Observación
4403.49.90.00 --- Las demás m3 5
Debe decir:
Código Designación de la Mercancía UF Tarifa Arancelaria Observación
4403.49.90 --- Las demás
4403.49.90.10 - - - - De teca (Tectona grandis L.f.) m3 5
4403.49.90.90 --- Las demás m3 5
Artículo 2.- Encomendar al Servicio Nacional de Aduana del Ecuador (SENAE), la ejecución e implementación de la presente
resolución.
DISPOSICIONES GENERALES
PRIMERA.- La presente Resolución se implementará de conformidad con lo establecido en el artículo 112 del Código
Orgánico de Producción, Comercio e Inversiones (COPCI).
DISPOSICIÓN FINAL
La Secretaría Técnica del COMEX remitirá esta resolución al Registro Of‌i cial para su publicación.
Esta resolución fue adoptada en sesión de 06 de septiembre de 2019 y, entrará en vigencia a partir de su publicación en el
Registro Of‌i cial.
f.) Francisco Suasti Salazar (E), Presidente.
f.) María Gabriela Bastidas (E), Secretaria.
Certif‌i co que el presente documento es f‌i el copia del original que reposa en el archivo del COMEX.- f.) Ilegible, Secretario
Técnico.
No. 003-A-2019
EL GERENTE GENERAL DE TRANSPORTES
NAVIEROS ECUATORIANOS -TRANSNAVE
Considerando:
Que, TRANSPORTES NAVIEROS ECUATORIANOS-
TRANSNAVE, es una Empresa Naviera Estatal
perteneciente a la Armada Nacional con personería jurídica
y patrimonio propio, goza de administración autónoma,
conforme a lo previsto en el artículo primero de su Ley
de Creación y Art. 2 del Estatuto de TRANSPORTES
NAVIEROS ECUATORIANOS-TRANSNAVE; cuyo
objeto principal es el Transporte Comercial Marítimo y
Fluvial dentro y fuera del país de carga y pasajeros.
establece que el sector público se conforma entre otros por
los organismos y entidades creados por la Constitución
o la ley para el ejercicio de la potestad estatal, para
la prestación de servicios públicos o para desarrollar
actividades económicas asumidas por el Estado;
su numeral 12 establece que se debe ejercer la profesión u
of‌i cio sujeción a la ética.
Que, el Artículo 85 establece que las políticas públicas y
la prestación de bienes y servicios públicos se orientarán
a hacer efectivos el buen vivir y todos los derechos, y se
formularán a partir del principio de solidaridad.
Que, el Plan Nacional de Transparencia y Lucha Contra la
Corrupción en su objetivo primero establece que se debe
contar con una administración pública ética, transparente
y ef‌i ciente.
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