Ordenanzas Municipales. 003-2021-GADMC-CH Cantón Chillanes: Que regula la instalación obligatoria de sistemas de drenajes pluviales para las edificaciones en las zonas urbanas

Número de Boletín505
SecciónOrdenanzas Municipales
EmisorGobiernos Autónomos Descentralizados
Registro Ocial - Segundo Suplemento Nº 505
5
Jueves 29 de julio de 2021
Chillanes Granero del Ecuador
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GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO
MUNICIPAL DEL CANTÓN CHILLANES
ADMINISTRACIÓN 2019-2023
ORDENANZA N.- 003-2021-GADMC-CH
ORDENANZA QUE REGULA LA INSTALACIÓN OBLIGATORIA DE SISTEMAS DE
DRENAJES PLUVIALES PARA LAS EDIFICACIONES EN LAS ZONAS URBANAS EL
CANTÓN CHILLANES.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS.
En las edificaciones de la ciudad de Chillanes y sus áreas consolidadas, es necesario evacuar
las aguas de diversa procedencia y composición de manera que lleguen a su destino sin
deteriorar los materiales con los que están compuestos las calles y sus aceras. Se recogen
aguas pluviales en las cubiertas de los edificios, aguas sucias procedentes de la limpieza de los
locales, vehículos y otra maquinaria ya sea artesanal o industrial.
Se ha observado que la ciudadanía en general no ha instalado bajantes de aguas lluvias de sus
cubiertas de manera que las aceras y las calles dependiendo d e la longitud de sus techos, han
sufrido daños por la fuerza de caída del líquido.
Razón por la cual es necesario y urgente la emisión de una ordenanza que regule la evacuación
de las aguas lluvias de las edificaciones, en las zonas urbanas del cantón Chill anes.
CONSIDERANDO
Que, el Artículo 1 de la Constitución de la República del Ecuad or, aclara “El Ecuador es un
Estado constitucional de derechos y justicia, social, democrático, soberano, independiente,
unitario, intercultural, plurinacional y laico. Se organiza en forma de república y se gobierna de
manera descentralizada .
Que, la parte pertinente del artículo 238 de la Constitución de la República del Ecuador, dispone
que: "Los gobiernos autónomos descentralizados gozarán de autonomía política, administrativa y
financiera, y se regirán por los principios de solidaridad, subsidiariedad, equidad interterritorial,
integración y participación ciudadana";
Que, el artículo 54 del COOTAD en su literal a), dispone que es una de las funciones del
Gobierno Municipal: “Promover el desarrollo sustentable de su circunscripción t erritorial cantonal,
para garantizar la realización del buen vivir a través de la implementación de políticas públicas
cantonales, en el marco de sus competencias constitucionales y legales”;
Que, el artículo 54 del COOTAD en su literal m), dispone que es función del Gobierno Autónomo
Descentralizado Municipal: “Regular y Control ar el uso del espacio público cantonal y, de manera
particular, el ejercicio de todo tipo de actividad que se desarrolle en él, la colocación de
publicidad, redes o señalización;
Que, el artículo 54 en su literal o) del COOTAD, dispone que es una de las funciones del
Gobierno Municipal: “Regular y controlar las construcciones en la circunscripción cantonal, con
especial atención a las normas de control y prevención de ri esgos y desastres”;

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