Resoluciones provinciales. 003-2023-DGACH-AA Gobierno Provincial del Cañar: Declárese la extinción de la autorización administrativa ambiental, otorgada mediante Resolución GPU-2017-24197 de 31 de mayo de 2017

Número de Boletín822
SecciónResoluciones provinciales
EmisorGobiernos Autónomos Descentralizados
Registro Ocial - Edición Especial Nº 822
47
Martes 11 de abril de 2023
GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO
DE LA PROVINCIA DEL CAÑAR
DIRECCION DE GESTIÓN AMBIENTAL Y CUENCAS HIDRICAS
RESOLUCIÓN No. 003-2023-DGACH-AA
ING. MARCELO JARAMILLO CALLE
DIRECTOR (E) DE GESTIÓN AMBIENTAL Y CUENCAS HÍDRICAS
AUTORIDAD AMBIENTAL DELEGADA
GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO
DE LA PROVINCIA DEL CAÑAR
CONSIDERANDO:
Que, el numeral 7 del artículo 3 de la Constituciónde la República del
Ecuador, dispone que es deber primordial del estado ecuatoriano la
protección del patrimonio natural y cultural del país;
Las personas, comunidades, pueblos, nacionalidades y colectivos son titulares
y gozarán de los derechos garantizados en la Constitución y en los instrumentos
internacionales.
La naturaleza será sujeto de aquellos derechos que le reconozca la
Constitución”.
Que, el numeral 9 del artículo 11 de la Constituciónde la República del
Ecuador, dispone que “El más alto deber del Estado consiste en respetar y
hacer respetar los derechos garantizados en la Constitución”;
Que, el artículo 14 de la Constitución dela República del Ecuador, dispone
que: “Se reconoce el derecho de la población a vivir en un ambiente sano y
ecológicamente equilibrado, equilibrado, que garantice la sostenibilidad y el
buen vivir, sumak kawsay.
Se declara de interés público la preservación del ambiente, la conservación
de los ecosistemas, la biodiversidad y la integridad del patrimonio genético del
país, la prevención del daño ambiental y la recuperación de los espacios
naturales degradado”;
Que, el artículo 66 de la Constitución de la República del Ecuador, reconoce y
garantiza a las personas entre otros el establecido en el numeral 27 que
dispone: “El derecho a vivir en un ambiente sano, ecológicamente
equilibrado, libre de contaminación y en armonía con la naturaleza”;
que: “La naturaleza o Pacha Mama, tiene derecho a que se respete
integralmente su existencia y el mantenimiento y regeneración de sus ciclos
vitales, estructura, funciones y procesos evolutivos.
Toda persona, comunidad, pueblo o nacionalidad podrá exigir a la autoridad
pública el cumplimiento de los derechos de la naturaleza. Para aplicar e
interpretar estos derechos se observarán los principios establecidos en la
Constitución, en lo que proceda.
El Estado incentivará a las personas naturales y jurídicas, y a los colectivos, para
que protejan la naturaleza, y promoverá el respeto a todos los elementos que
forman un ecosistema”;
GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO
DE LA PROVINCIA DEL CAÑAR
DIRECCION DE GESTIÓN AMBIENTAL Y CUENCAS HIDRICAS
obligaciones del PROYECTO OBRA O ACTIVIDAD SUPERMERCADOS LA BODEGA
"BIBLIAN", UBICADO/A EN EL CANTÓN BIBLIAN, PROVINCIA CAÑAR”.
Art. 2.- Los documentos habilitantes que forman parte del expediente, serán objeto
de la evaluación ambiental del proyecto en su conjunto y pasan a constituir parte
integrante del Registro Ambiental y Plan de Manejo Ambiental del proyecto
aprobado.
Art. 3.- La presente resolución entrará en vigencia, una vez que la misma sea
publicada en el Registro Oficial.
De la aplicación de esta Resolución encárguese el Gobierno Autónomo
Descentralizado de la Provincia del Cañar, a través de la Dirección de Gestión
Ambiental y Cuencas Hídricas.
Notifíquese con la presente resolución al Representante Legal la señora MENDIETA
MÉNDEZ MARÍA EUGENIA en calidad de Gerente General, de ABAD MENDIETA CIA
LTDA, con el número de RUC 0391008043001, y publíquese en el Registro Oficial.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Azogues a los 30 días del mes de enero de 2023.
ING. GABRIELA GONZALEZ TENEMAZA
DIRECTORA (E) DE GESTIÓN AMBIENTAL Y CUENCAS HÍDRICAS
AUTORIDAD AMBIENTAL DELEGADA
GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO
DE LA PROVINCIA DEL CAÑAR
Firmado electrónicamente por:
ANA GABRIELA
GONZALEZ TENEMAZA

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