003-DIR-2022-ANT Deléguese al Director Ejecutivo la facultad para autorizar reformas parciales al estatuto orgánico institucional

Fecha de publicación10 Marzo 2022
Número de Gaceta18
Jueves 10 de marzo de 2022Registro Ocial - Suplemento Nº 18
23
Pá gina 1 | 4
RESOLUCIÓN No. 003-DIR-2022-ANT
EL DIR ECTORIO D E LA AGEN CIA NACIONAL DE REGULACIÓN Y
CONTROL D EL TRANSPORTE TERRESTRE, TRÁNSITO Y SEGURIDAD
VIAL
CONSIDERANDO:
Que, e l a rt ículo 66, numeral 25 de la Constituciónde la República del Ecuador dispone:
25. El derecho a acceder a bienes y servicios públicos y privados de calidad,
con eficiencia, ef icacia y buen trato, así como a recibir información adecuada y
veraz sobre su contenido y características;(…)”;
Que, e l a rt ículo 226 de la Constitución de la República del Ecuador dispone:Las
instituciones del Estado, sus organismos, dependencias, las servidoras o
servidores públicos y las personas que actúen en virtud de una potestad estatal
ejercerán solamente las competencias y facultades que les sean atribuidas en la
Constitución y la ley. Tendrán el deber de coordinar acciones para el
cumplimiento de sus f ines y hacer efectivo el goce y ejercicio de los derechos
reconocidos en la Constitución.”;
Que, el artículo 227 de la Constitución de la República del Ecuador dispone: La
administración pública constituye un servicio a la colectividad que se rige por los
principios de eficacia, eficiencia, calidad, jerarquía, desconcentración,
descentralización, coordinación, participación, planificación, transparencia y
evaluación.”;
Que, e l a rt ículo 69 del C ó d igo O rgá nic o Ad minis tr at ivo , señala: Los órganos
administrativos pueden delegar el ejercicio de sus competencias, incluida la de
gestión, en: 1. Otros órganos o entidades de la misma administración pública,
jerárquicamente dependientes. 2. Otros órganos o entidades de otras
administraciones. 3. Esta delegación exige coordinación previa de los órganos o
entidades afectados, su instrument ación y el cumplimiento de las demás
exigencias del ordenamiento jurídico en caso de que existan. 4. Los titulares de
otros órganos dependientes para la firma de sus actos administrativos. 5. Sujetos
de derecho privado, conforme con la ley de la materia;
Que, e l a rt ículo 7 0 de l C ó dig o O r nic o A d minist ra t ivo , señala: La delegación
contendrá: 1. La especificación del delegado. 2. La especificación del órgano
delegante y la atribución para delegar dicha competencia. 3. Las compet encias
que son objeto de delegación o los actos que el delegado debe ejercer para el
cumplimiento de las mismas. 4. El plazo o condición, cuando sean necesarios. 5.
El acto del que conste la delegación expresará además lugar, fecha y número. 6.
Las decisiones que pueden adoptarse por delegación. La delegación de

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR