Ordenanzas Municipales. 003 GADMCP-2021 Cantón Pedernales: Que reforma del Art. 5 de la Ordenanza de aprobación de la urbanización Pacific View

Número de Boletín1825
SecciónOrdenanzas Municipales
EmisorGobiernos Autónomos Descentralizados
Miércoles 29 de diciembre de 2021 Edición Especial Nº 1825 - Registro Ocial
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EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
El crecimiento constante de nuestro cantón, avanza a la par que la sociedad en su conjunto,
permanece en continua evolución, dado a las múltiples necesidades y requerimientos
obligatorios para su convivencia y desarrollo de sus necesidades. Una de las variantes para
este constante crecimiento, es sin lugar a duda la gran oferta y demanda urbanística que se
ha desarrollado en nuestro cantón, razón por la cual se hace necesario, crear alternativas de
solución, a objeto de procurar el desarrollo amónico y organizado de nuestra población y
garantizar el derecho al buen vivir ciudadano, consagrado en la Carta Fundamental de
nuestro País.
En este sentido, es el Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal, el que en uso de sus
competencias exclusivas, ejerza el control sobre el uso y ocupación del suelo en el cantón,
conforme lo determina el Art. 55, literal b) del Código Orgánico deOrganización Territorial,
Autonomía y Descentralización, por lo tanto tiene la potestad de exigir a los propietarios de
urbanizaciones, no solamente el cumplir con la entrega de una infraestructura física,
resistente, cómoda u ornamental, sino además de garantizar unbitat sano, saludable y
libre de riesgos antrópicos que atenten contra la seguridad del ciudadano.
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EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
El crecimiento constante de nuestro cantón, avanza a la par que la sociedad en su conjunto,
permanece en continua evolución, dado a las múltiples necesidades y requerimientos
obligatorios para su convivencia y desarrollo de sus necesidades. Una de las variantes para
este constante crecimiento, es sin lugar a duda la gran oferta y demanda urbanística que se
ha desarrollado en nuestro cantón, razón por la cual se hace necesario, crear alternativas de
solución, a objeto de procurar el desarrollo amónico y organizado de nuestra población y
garantizar el derecho al buen vivir ciudadano, consagrado en la Carta Fundamental de
nuestro País.
En este sentido, es el Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal, el que en uso de sus
competencias exclusivas, ejerza el control sobre el uso y ocupación del suelo en el cantón,
Autonomía y Descentralización, por lo tanto tiene la potestad de exigir a los propietarios de
urbanizaciones, no solamente el cumplir con la entrega de una infraestructura física,
resistente, cómoda u ornamental, sino además de garantizar un hábitat sano, saludable y
libre de riesgos antrópicos que atenten contra la seguridad del ciudadano.

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