Acuerdos. 0032 Deléguese al Doctor Francisco Carrión Mena, para que, en su calidad de Embajador de la República del Ecuador en la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de Norteamérica, suscriba con el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), el contrato de préstamo No. 4670/OC-EC, por el monto de hasta USD 50.000.000,00, (cincuenta millones de dólares de los Estados Unidos de América)

Número de Boletín470
SecciónAcuerdos
EmisorMINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
20 – Miércoles 17 de abril de 2019 Registro Of‌i cial Nº 470
No. 0032
EL MINISTRO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
Considerando:
publicada en el Registro Of‌i cial No. 449 de 20 de octubre
de 2008, en su artículo 154 dispone que las Ministras y
Ministros de Estado además de las atribuciones establecidas
en la Ley, les corresponde ejercer la rectoría de las políticas
públicas del área a su cargo y expedir los acuerdos y
resoluciones administrativas que requiera su gestión;
Que, el Código Orgánico de Planif‌i cación y Finanzas
Públicas, publicado el 22 de octubre de 2010, en el Segundo
Suplemento del Registro Of‌i cial No. 306, en su artículo 75
dispone que, el o la Ministro (a) a cargo de las f‌i nanzas
públicas, podrá delegar por escrito las facultades que estime
conveniente hacerlo;
Que, el Ministro de Economía y Finanzas, mediante
Resolución Ministerial No. 0037 de 26 de marzo de 2019,
resolvió autorizar la contratación y aprobar los términos
y condiciones f‌i nancieras del Contrato de Préstamo No.
4670/OC-EC, que celebrará la República del Ecuador,
por intermedio del Ministerio de Economía y Finanzas,
en calidad de Prestataria, con el Banco Interamericano de
Desarrollo – BID, en calidad de Prestamista, por el monto
de hasta USD 50.000.000,00, (CINCUENTA MILLONES
DE DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE
AMÉRICA), para el f‌i nanciamiento parcial del “Programa
de la Mejora de la Capacidad Fiscal para la Inversión
Pública”, cuyos Organismos Ejecutores serán el Ministerio
de Economía y Finanzas (MEF) y el Banco de Desarrollo
del Ecuador (BDE), sobre la base del Informe Técnico de
la Subsecretaría de Financiamiento Público, contenido en
el memorando No. MEF-SFP-2019-0037 de 20 de marzo
de 2019; y,
Que, a través de of‌i cio Nro. MREMH-MREMH-2019-0126-
OF de 14 de febrero de 2019, el Ministro de Relaciones
Exteriores y Movilidad Humana informó al Ministro de
Economía y Finanzas, que no existe impedimento alguno
para que el doctor Francisco Carrión Mena, Embajador del
Ecuador ante los Estados Unidos de América, sea delegado
por esta Cartera de Estado para la f‌i rma del referido
contrato de préstamo.
En ejercicio de las atribuciones que le conf‌i eren los
Ecuador, y 75 del Código Orgánico de Planif‌i cación y
Finanzas Públicas,
Acuerda:
Artículo único.- Delegar al señor Doctor Francisco
Carrión Mena, para que, en su calidad de Embajador de
la República del Ecuador en la ciudad de Washington
D.C., Estados Unidos de Norteamérica, a nombre y en
representación del Gobierno de la República del Ecuador,
suscriba con el Banco Interamericano de Desarrollo (BID),
el Contrato de Préstamo No. 4670/OC-EC, por el monto de
hasta USD 50.000.000,00, (CINCUENTA MILLONES DE
DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA),
para el f‌i nanciamiento parcial del “Programa de la Mejora
de la Capacidad Fiscal para la Inversión Pública”.
Disposición única.- El presente Acuerdo Ministerial
entrará en vigencia a partir de su suscripción, sin perjuicio
de su publicación en el Registro Of‌i cial.
Dado en el Distrito Metropolitano de la ciudad de San
Francisco de Quito, a 28 de marzo de 2019.
f.) Richard Martínez Alvarado, Ministro de Economía y
Finanzas.
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS.-
Certif‌i co f‌i el copia del documento original que reposa en
la Dirección de Certif‌i cación y Documentación.- Fecha:
01 de abril de 2019.- f.) Director de Certif‌i cación y
Documentación, Ministerio de Economía y Finanzas.
Nro. MDT-2019-077
Abg. Héctor Oswaldo Guanopatín Jaime
MINISTRO DEL TRABAJO (S)
Considerando:
Que, el numeral 1 del artículo 154 de la Constitución
de la República del Ecuador, dispone que las Ministras
y Ministros de Estado, además de las atribuciones
establecidas en la Ley, les corresponde ejercer la rectoría
de las políticas públicas del área a su cargo y expedir los
acuerdos y resoluciones administrativas que requiera su
gestión;
Ecuador, establece que las instituciones del Estado, sus
organismos, dependencias, las o los servidores públicos y
las personas que actúen en virtud de una potestad estatal
ejercerán solamente las competencias y facultades que les
sean atribuidas en la Constitución y la ley; y que tendrán el
deber de coordinar acciones para el cumplimiento de sus
f‌i nes y hacer efectivo el goce de los derechos reconocidos
en la Constitución;
del Ecuador, determina que la administración pública
constituye un servicio a la colectividad que se rige por
los principios de ef‌i cacia, ef‌i ciencia, calidad, jerarquía,
desconcentración, descentralización, coordinación,
participación, planif‌i cación, transparencia y evaluación;
Ecuador, establece que la remuneración será justa, con
un salario digno que cubra al menos las necesidades básicas
de la persona trabajadora, así como las de su familia;
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