Resoluciones. 004-2018-DG-SENADI Desígnese como Presidenta Subrogante del Órgano Colegiado de Derechos Intelectuales a la servidora Margarita Virginia Gualotuña Cruz
Número de Boletín | 365 |
Sección | Resoluciones |
Emisor | SERVICIO NACIONAL DE DERECHOS INTELECTUALES -SENADI- |
Lunes 12 de noviembre de 2018 – 31Registro Ofi cial Nº 365
Artículo 4.- Los requirentes son responsables de solicitar
los recursos de acuerdo a la programación establecida en
tiempos y montos, y con los sustentos técnicos y legales
respectivos.
Artículo 5.- En caso de requerir autorización para el
Módulo de avales del sistema de administración e-SIGEF,
el requirente a través del Módulo de planifi cación dirigirá
la solicitud a la Máxima Autoridad con los respaldos
necesarios para dar cumplimiento a lo establecido por el
ente rector de las Finanzas públicas a través del Módulo de
Planifi cación del SISCOB.
Artículo 6.– La legalización de la solicitud de Certifi cación
Presupuestaria se realizará mediante fi rma física o
electrónica, anexa al sistema.
Artículo 7.- La Dirección Financiera, basada en la
información y la documentación emitida por el Módulo
de Planifi cación del SISCOB, procederá con la emisión
de la respectiva certifi cación presupuestaria en el Sistema
de Administración e-SIGEF y el enlace de la certifi cación
presupuestaria a la certifi cación PAI correspondiente en el
Módulo de Planifi cación del SISCOB.
DISPOSICIONES FINALES
PRIMERA.- La Máxima Autoridad cuando considere
pertinente podrá reformar, modifi car y ampliar la presente
resolución, sin necesidad de que ésta sea derogada.
SEGUNDA.– Del cumplimiento y ejecución de la
presente resolución encárguese la Coordinación General
de Planifi cación Estratégica; de la socialización del
presente instrumento, encárguese a la Dirección de Gestión
Documental y Archivo; así como los trámites pertinentes
para la publicación de la presente Resolución.
Esta Resolución entrará en vigencia a partir de la fecha de
suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro
Ofi cial. Dado en Quito, Distrito Metropolitano, 01 de
octubre de 2018.
f.) Ing. Jorge Miguel Wated Reshuan, Director General,
Servicio de Contratación de Obras.
SERVICIO DE CONTRATACIÓN DE OBRAS.-
Certifi co que la(s) tres foja(s) son fi el copia del documento
original que reposa(n) en el archivo de la Dirección de
Gestión Documental y Archivo.- 09 de octubre de 2018.-
f.) Director/a de Gestión Documental y Archivo.
No. 004-2018-DG-SENADI
LA DIRECCIÓN GENERAL DEL
SERVICIO NACIONAL DE DERECHOS
INTELECTUALES -SENADI
Considerando:
Que, el artículo 75 de la Constitución de la República del
Ecuador, consagra el derecho a la tutela efectiva de los
derechos constitucionales, de la siguiente manera: “ Toda
persona tiene derecho al acceso gratuito a la justicia y
a la tutela efectiva, imparcial y expedita de sus derechos
e intereses, con sujeción a los principios de inmediación
y celeridad; en ningún caso quedará en indefensión.
El incumplimiento de las resoluciones judiciales será
sancionado por la ley.”
Que, el artículo 76 numeral 7 literal m) de la Norma
Fundamental garantiza el derecho de toda persona a recurrir
el fallo o resolución en todos los procedimientos en los que
se decida sobre sus derechos;
Que el artículo 226 de la Constitución de la República del
Ecuador manifi esta que “Las instituciones del Estado, sus
organismos, dependencias, las servidoras o servidores
públicos y las personas que actúen en virtud de una potestad
estatal ejercerán solamente las competencias y facultades
que les sean atribuidas en la Constitución y la Ley tendrán
el deber de coordinar acciones para el cumplimiento de sus
fi nes y hacer efectivo el goce y ejercicio de los derechos
reconocidos en la Constitución”
Que el artículo 227 de la Constitución de la República
del Ecuador prescribe que “La administración pública
constituye un servicio a la colectividad que se rige por
los principios de efi cacia, efi ciencia, calidad, jerarquía,
desconcentración, descentralización, coordinación,
participación, planifi cación, transparencia y evaluación.”
Que, según el artículo 10 del Código Orgánico de la
e Innovación, publicado en el Registro Ofi cial
Suplemento Nro. 899 del 09 de diciembre de 2016, la
Autoridad Nacional Competente en Materia de Derechos
Intelectuales: “(...)Es el organismo técnico adscrito a la
Secretaría de Educación Superior, Ciencia, Tecnología
e Innovación, con personalidad jurídica propia, dotado
de autonomía administrativa, operativa y fi nanciera, que
ejerce las facultades de regulación, gestión y control de los
derechos intelectuales y en consecuencia tiene a su cargo
principalmente los servicios de adquisición y ejercicio
de los derechos de propiedad intelectual, así como la
protección de los conocimientos tradicionales. Además
de las funciones inherentes a sus atribuciones, será la
principal encargada de ejecutar las políticas públicas que
emanen del ente rector en materia de gestión, monitoreo,
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