Acuerdos. 004-21 Desígnese a la Socióloga María Gabriela Rodriguez Cortez, Asesora Ministerial, para que actúe como delegada permanente ante el Consejo Ciudadano Sectorial de Desarrollo Urbano y Vivienda

Número de Boletín383
SecciónAcuerdos
EmisorMinisterio de Desarrollo Urbano y Vivienda
Martes 2 de febrero de 2021 Segundo Suplemento Nº 383 - Registro Ocial
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ACUERDO MINISTERIAL Nro.004-21
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Arquitecto Julio Recalde Ubidia
MINISTRO DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 1 de la Constitución de la República del Ecuador, determina que: “El
Ecuador es un Estado constitucional de derechos y justicia, social, democrático,
soberano, independiente, unitario, intercultural, plurinacional y laico. Se organiza en
forma de república y se gobierna de manera descentralizada.
La soberanía radica en el pueblo, cuya voluntad es el fundamento de la autoridad, y se
ejerce a través de los órganos del poder público y de las formas de participación
directa previstas en la Constitución”.
ciudadanas y ciudadanos, en forma individual y colectiva, participarán de manera
protagónica en la toma de decisiones, planificación y gestión de los asuntos públicos, y
en el control popular de las instituciones del Estado y la sociedad, y de sus
representantes, en un proceso permanente de construcción del poder ciudadano. La
participación se orientará por los principios de igualdad, autonomía, deliberación
pública, respeto a la diferencia, control popular, solidaridad e interculturalidad.
La participación de la ciudadanía en todos los asuntos de interés público es un
derecho, que se ejercerá a través de los mecanismos de la democracia representativa,
directa y comunitaria”.
En todos los niveles de gobierno se conformarán instancias de participación
integradas por autoridades electas, representantes del régimen dependiente y
representantes de la sociedad del ámbito territorial de cada nivel de gobierno, que
funcionarán regidas por principios democráticos. La participación en estas instancias
se ejerce para:
1. Elaborar planes y políticas nacionales, locales y sectoriales entre los gobiernos y
la ciudadanía.
2. Mejorar la calidad de la inversión pública y definir agendas de desarrollo.
3. Elaborar presupuestos participativos de los gobiernos.
4. Fortalecer la democracia con mecanismos permanentes de transparencia,
rendición de cuentas y control social.
5. Promover la formación ciudadana e impulsar procesos de comunicación.
Para el ejercicio de esta participación se organizarán audiencias públicas, veedurías,
asambleas, cabildos populares, consejos consultivos, observatorios y las demás
instancias que promueva la ciudadanía”.
Que, el artículo 154 de la Constitución de la República del Ecuador, dispone que: “A las
ministras y ministros de Estado, además de las atribuciones establecidas en la ley, les
corresponde:

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