Ordenanzas Municipales. 004-GADMCH-CM-2022 Cantón Chone: Que expide la primera reforma a la Ordenanza Nº 013-GADMCH-CM-2020 para la determinación y recaudación de la tasa del servicio por la gestión integral de desechos sólidos

Número de Boletín324
SecciónOrdenanzas Municipales
EmisorGobiernos Autónomos Descentralizados
Lunes 4 de julio de 2022Registro Ocial - Edición Especial Nº 324
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Ordenanza No. 004-GADMCH-CM-2022
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Vistos los informes No. GGAADDMMCCHH--22002211--CCLLFF--002266 y No. GGAADDMMCCHH--22002222--CCLLFF--000088, expedidos por la
CCoommiissiióónn ddee LLeeggiissllaacciióónn yy FFiissccaalliizzaacciióónn.
establece como derecho constitucional de todos los ecuatorianos el vivir en un ambiente
sano, ecológicamente equilibrado y libre de contaminación;
QQuuee, el artículo 15 de la Carta Magna señala que el Estado promoverá, en el sector público y
privado, el uso de tecnologías ambientalmente limpias y de energías alternativas no
contaminantes y de bajo impacto;
QQuuee, el artículo. 83, de la Ley Suprema enumera los deberes y responsabilidades de las
ecuatorianas y los ecuatorianos, entre ellos, el numeral 6 que dice: “Respetar los
derechos de la naturaleza, preservar un ambiente sano y utilizar los recursos naturales
de modo racional, sustentable y sostenible”;
QQuuee, el artículo 238 de la Constitución de la República del Ecuador establece que los
Gobiernos Autónomos Descentralizados gozarán de autonomía política, administrativa y
financiera, y se regirán por los principios de solidaridad, subsidiariedad, equidad
interterritorial, integración y participación ciudadana; y, que constituyen gobiernos
autónomos descentralizados las juntas parroquiales rurales, los concejos municipales, los
concejos metropolitanos, los consejos provinciales y los consejos regionales;
QQuuee, el artículo 240 de la Carta Magna determina que los gobiernos autónomos
descentralizados tendrán facultades legislativas en el ámbito de sus competencias y
jurisdicciones y ejercerán las facultades ejecutivas en el ámbito de sus competencias y
jurisdicciones territoriales;
QQuuee, en el artículo 264 de la Constitución de la República del Ecuador entre las competencias
exclusivas de los gobiernos municipales establece: numeral 4 “Prestar los servicios
públicos de agua potable, alcantarillado, depuración de aguas residuales, manejo de
desechos sólidos, actividades de saneamiento ambiental y aquellos que establezca la
ley”; asimismo, señala que en el ámbito de sus competencias y territorio, y en uso de sus
facultades, expedirán ordenanzas cantonales;
QQuuee, el artículo 276, numeral 4, de la Ley Suprema señala que el régimen de desarrollo tendrá
entre otros los siguientes objetivos: recuperar y conservar la naturaleza y mantener un
ambiente sano y sustentable que garantice a las personas y colectividades el acceso
equitativo, permanente y de calidad al agua, aire y suelo, y a los beneficios de los recursos
del subsuelo y del patrimonio natural;
QQuuee, el artículo 415 de la Carta Magna determina que los gobiernos autónomos
descentralizados desarrollarán programas de reducción, reciclaje y tratamiento
adecuado de desechos sólidos y líquidos;

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