Acuerdos. 0048 Subróguense Las Funciones De Viceministra, A La Economista Magdalena Del Pilar Vicuña Cevallos, Subsecretaria De Contabilidad Gubernamental

Número de Boletín92
SecciónAcuerdos
EmisorMINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
Martes 3 de octubre de 2017 – 5Registro Of‌i cial Nº 92
Acuerda:
Art. 1.- Delegar al master Marco José Benítez Rojas,
Asesor Ministerial para que, a nombre y en representación
de esta Cartera de Estado asista a las sesiones convocadas
por la Junta del Fideicomiso Fondo Nacional de Garantías.
Art. 2.- El delegado queda facultado a suscribir todos
los documentos, participar en las diligencias, intervenir,
votar y tomar las decisiones que crea pertinentes, para
el cabal cumplimiento de esta delegación, respondiendo
directamente de los actos realizados en ejercicio de la
misma.
Art. 3.- El presente Acuerdo Ministerial entrará en vigencia
a partir de su suscripción, sin perjuicio de su publicación en
el Registro Of‌i cial.
Dado, en el Distrito Metropolitano de la ciudad de San
Francisco de Quito, a 13 de julio de 2017.
f.) Econ. Carlos de la Torre Muñoz, Ministro de Economía
y Finanzas.
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS.- Es f‌i el
copia del original.- f.) Ilegible.- 05 de septiembre del
2017.
No. 0048
EL MINISTRO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
Considerando:
artículo 154 dispone que las Ministras y Ministros de
Estado, además de las atribuciones establecidas en la Ley,
les corresponde ejercer la rectoría de las políticas públicas
del área a su cargo y expedir los acuerdos y resoluciones
administrativas que requiera su gestión;
Que la Ley Orgánica del Servicio Público publicada en
el Segundo Suplemento del Registro Of‌i cial No. 294
de 6 de octubre de 2010, en su artículo 126 dispone que
cuando por disposición de la Ley o por orden escrita de
autoridad competente, la servidora o el servidor deba
subrogar en el ejercicio de un puesto del nivel jerárquico
superior, cuyo titular se encuentre legalmente ausente,
recibirá la diferencia de la remuneración mensual unif‌i cada
que corresponda al subrogado, durante el tiempo que dure
el reemplazo, a partir de la fecha de la subrogación, sin
perjuicio del derecho del titular;
Que el artículo 270 del Reglamento General a la invocada
Ley Orgánica, publicado en el Suplemento del Registro
Of‌i cial No. 418 de 1 de abril de 2011, dispone que
la subrogación procederá de conformidad al anotado
artículo 126, considerando que la o él servidor subrogante
tendrá derecho a percibir la diferencia que exista entre la
remuneración mensual unif‌i cada de su puesto y la del puesto
subrogado, incluyendo estos los puestos que dependan
administrativamente de la misma institución;
Que en cumplimiento de las funciones que ejerce
el licenciado Fernando Soria Balseca en calidad de
Viceministro de Finanzas, encabezará varias reuniones de
trabajo a realizarse fuera del país del 17 al 25 de julio de
2017; y,
En ejercicio de las atribuciones que le conf‌i eren los
artículos 126 de la Ley Orgánica del Servicio Público, 270
del Reglamento General a la invocada Ley,
Acuerda:
Art. 1.- La economista Magdalena Del Pilar Vicuña
Cevallos, Subsecretaría de Contabilidad Gubernamental,
subrogará las funciones de Viceministra de Finanzas del 17
al 25 de julio de 2017.
Art. 2.- La Dra. Sonia De Las Mercedes Proaño Viteri,
Directora Nacional de Estados Financieros, subrogará las
funciones de Subsecretaria de Contabilidad Gubernamental
del 17 al 25 de julio de 2017.
Art. 3.- El presente Acuerdo Ministerial entrará en vigencia
a partir de su suscripción, sin perjuicio de su publicación en
el Registro Of‌i cial.
Dado en el Distrito Metropolitano de la ciudad de San
Francisco de Quito, a 17 de julio de 2017.
f.) Econ. Carlos de la Torre Muñoz, Ministro de Economía
y Finanzas.
MINISTERIO DE E CONOMÍA Y FINANZAS.- Es f‌i el
copia del original.- f.) Ilegible.- 05 de septiembre del 2017.
No. 0052
EL MINISTRO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
Considerando:
Que, el numeral 1 del artículo 154 de la Constitución de
la República del Ecuador manda que, a las Ministras y
Ministros de Estado, además de las atribuciones establecidas
en la ley, les corresponde ejercer la rectoría de las políticas
públicas del área a su cargo y expedir los acuerdos y
resoluciones administrativas que requiera su gestión;
Que, el Código Orgánico de Planif‌i cación y Finanzas
Públicas en su artículo 74, numeral 16, relativo a los
deberes y atribuciones del ente rector del Sistema Nacional
de Finanzas Públicas, establece entre otras, la de celebrar
a nombre del Estado ecuatoriano, en representación del
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