Ordenanzas Municipales. 005-2021 Cantón Morona: De diseño de varias calles en el Sector Santa Ana - Sevilla Don Bosco

Número de Boletín400
SecciónOrdenanzas Municipales
EmisorGobiernos Autónomos Descentralizados
Lunes 1° de marzo de 2021 Suplemento Nº 400 - Registro O cial
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O
EL GOBIERNO MUNICIPAL DEL CANTÓN MORONA
ORDENANZA NRO. 005-2021
CONSIDERANDO:
CONSIDERANDO:
Que, el numeral 1 del artículo 264 de la Constitución determina lo siguiente: Los
gobiernos municipales tendrán las siguientes competencias exclusivas sin perjuicio
de otras que determine la ley: 1) planificar el desarrollo Cantonal y formular los
correspondientes planes de ordenamiento territorial, de manera articulada con la
planificación nacional, regional, provincial, cantonal y parroquial, con el fin de regular
el uso y la ocupación del suelo urbano y rural.
Que, la Constitución de la República del Ecuador en el Art. 264 establece Los
gobiernos municipales tendrán las siguientes competencias exclusivas sin perjuicio
de otras que determine la ley: 3 -planificar, construir y mantener la vialidad urbana.
Que, el Artículo 280 del Código de Organización Territorial, Autonomía y
Descentralización determina: La gestión compartida entre los diversos gobiernos
autónomos descentralizados para la ejecución de obras públicas.
Que, el Artículo 14 del Reglamento de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de
Infraestructura Vial del Transporte Terrestre, establece que los Gobiernos Autónomos
Descentralizados, en sus respectivas circunscripciones territoriales, tendrán
facultades y atribuciones en materia de vialidad de conformidad con la Constitución,
el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización, las
Resoluciones del Consejo Nacional de Competencias, la Ley Orgánica del Sistema
Nacional de Infraestructura Vial del Transporte Terrestre, […] y demás normativa
aplicable para el ejercicio de esa competencia.
Que, el Articulo 129 del Código de Organización Territorial, Autonomía y
Descentralización determina: Ejercicio de la competencia de vialidad.- El ejercicio de
la competencia de vialidad atribuida en la Constitución a los distintos niveles de
gobierno, se cumplirá de la siguiente manera: Al gobierno autónomo descentralizado
municipal le corresponde las facultades de planificar, construir y mantener la vialidad
urbana.
Que, mediante disposición de la Maxima Autoridad en base a la petición del
Presidente de la Junta Parroquial de Sevilla Don Bosco y el Presidente del Barrio
Santa Ana, se solicita se realice el diseño del Trazado Horizontal de la Calle “B”
entre la calle “14 y la calle “57-02”, calle “C” entre la Vía a Yuquipa y la calle “57-02”,
en el Sector Santa Ana - Sevilla Don Bosco, para la apertura y lastrado de las calles
con la finalidad de generar una vía alterna de conexión entre el Centro Urbano de
Sevilla Don Bosco y el Sector Santa Ana, siendo esta una calle paralela a la vía
actual principal Sevilla Don Bosco Santa Ana, por lo que la Dirección de
Planificación mediante el técnico responsable planteó una propuesta de
prolongación de la Calle "B" y la calle “C” hacia el Sur.
Que, de acuerdo a la reunión mantenida con el Técnico Municipal Ing. Taylor
Rodríguez del Departamento Ambiental del Gobierno Municipal del Cantón Morona,
informa que esta área de terreno a ser afectado por la planificación de la calle “B”
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