Resoluciones. 005-2022-DG-SENADI Desígnese en calidad de miembro principal del Órgano Colegiado de los Derechos Intelectuales a Rocío Verónica Sánchez González y otro

Número de Boletín43
SecciónResoluciones
EmisorSERVICIO NACIONAL DE DERECHOS INTELECTUALES -SENADI-
Jueves 14 de abril de 2022Registro Ocial 43
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RESOLUCIÓN No. 005 -2022-DG-SENADI
LA DIRECTORA GENERAL DEL
SERVICIO NACIONAL DE DERECHOS INTELECTUALES
-SENADI-
CONSIDERANDO:
Que el artículo 226 de la Constitución de la República del Ecuador manifiesta que: “Las
instituciones del Estado, sus organismos, dependencias, las servidoras o servidores
públicos y las personas que actúen en virtud de una potestad estatal ejercerán solamente las
competencias y facultades que les sean atribuidas en la Constitución y la Ley tendrán el
deber de coordinar acciones para el cumplimiento de sus fines y hacer efectivo el goce y
ejercicio de los derechos reconocidos en la Constitución.”;
Que el artículo 227 de la Constitución de la República del Ecuador prescribe que: “La
administración pública constituye un servicio a la colectividad que se rige por los principios
de eficacia, eficiencia, calidad, jerarquía, desconcentración, descentralización,
coordinación, participación, planificación, transparencia y evaluación.”;
Que el artículo 16 de la Ley Orgánica de Servicio Público establece que: “Para desempeñar
un puesto público se requiere de nombramiento o contrato legalmente expedido por la
respectiva autoridad nominadora. El término para posesionarse del cargo público será de
quince días, contados a partir de la notificación y en caso de no hacerlo, caducarán.”;
Conocimientos, Creatividad e Innovación, publicado en el Registro Oficial Suplemento
Nro. 899 del 09 de diciembre de 2016, la Autoridad Nacional Competente en Materia de
Derechos Intelectuales: “(…) Es el organismo técnico adscrito a la Secretaría de Educación
Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación, con personalidad jurídica propia, dotado de
autonomía administrativa, operativa y financiera, que ejerce las facultades de regulación,
gestión y control de los derechos intelectuales y en consecuencia tiene a su cargo
principalmente los servicios de adquisición y ejercicio de los derechos de propiedad
intelectual, así como la protección de los conocimientos tradicionales. Además de las
funciones inherentes a sus atribuciones, será la principal encargada de ejecutar las políticas
públicas que emanen del ente rector en materia de gestión, monitoreo, transferencia y
difusión del conocimiento. (…) La autoridad nacional competente en materia de derechos
intelectuales tendrá competencia sobre los derechos de autor y derechos conexos;
propiedad industrial; obtenciones vegetales; conocimientos tradicionales; y, gestión de los
conocimientos para incentivar el desarrollo tecnológico, científico y cultural nacional.
Competencias que deberán ser consideradas al momento de reglamentar su conformación,
atribuciones, organización e institucionalidad. (…) Adicionalmente, contará con
jurisdicción coactiva para el cobro de los títulos de crédito así como cualquier tipo de
obligaciones a su favor, de conformidad al ordenamiento jurídico aplicable.”; Que

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