Acuerdos. 0058-2017 Convalídese La Comparecencia De La Doctora María Verónica Espinosa Serrano, Viceministra De Gobernanza Y Vigilancia De La Salud, En La Suscripción De Dos Contratos

Número de Boletín1009
SecciónAcuerdos
EmisorMinisterio de Salud Pública
10 – Lunes 22 de mayo de 2017 Registro Of‌i cial Nº 1009
No. 0058-2017
LA MINISTRA DE SALUD PÚBLICA
Considerando:
“Art. 154.- A las ministras y ministros de Estado, además
de las atribuciones establecidas en la ley, les corresponde:
1. Ejercer la rectoría de las políticas públicas del
área a su cargo y expedir los acuerdos y resoluciones
administrativas que requiera su gestión. (…).”;
Que, el Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo
de la Función Ejecutiva dispone: “Art. 17. DE LOS
MINISTROS.- Los Ministros de Estado son competentes
para el despacho de todos los asuntos inherentes a sus
ministerios sin necesidad de autorización alguna del
Presidente de la República, salvo los casos expresamente
señalados en leyes especiales.”;
Que, el Estatuto Ibídem, en el artículo 95, dispone:
“VICIOS SUCEPTIBLES DE CONVALIDACIÓN.- Todos
los demás actos que incurran en otras infracciones al
ordenamiento jurídico que las señaladas en el artículo
anterior, inclusive la desviación de poder, son anulables
y por lo tanto podrán ser convalidados por la autoridad
tan pronto como dichos vicios sean encontrados con el
propósito de garantizar la vigencia del ordenamiento
jurídico. La convalidación de los actos regirá desde la
fecha en que se expide el acto convalidatario.
Si el vicio es de incompetencia por el grado, el acto viciado
será convalidado por la autoridad jerárquica superior y
si el vicio consistiere en la falta de alguna autorización,
podrá ser convalidado mediante el otorgamiento de la
misma por el órgano o autoridad competente.”;
Que, mediante Resolución 00000082 de 19 de abril de
2016, publicado en el Suplemento del Registro Of‌i cial No.
742 de 27 de abril de 2016, la entonces Ministra de Salud
Pública declaró la emergencia institucional “(…) que
permita al Ministerio de Salud Pública a nivel nacional,
contratar de manera directa, a través de las autoridades
delegadas, obras, bienes y servicios, incluidos los de
consultoría que se requieran hasta superar y controlar
los efectos del terremoto ocurrido el 16 de abril de 2016
(…)”;
Que, amparados en la declaratoria de emergencia antes
citada, con fecha 29 de junio de 2016, se suscribió el
contrato No. 000029 DNCP entre el Ministerio de Salud
Pública y la empresa Febres Cordero Compañía de
Comercio S.A. con el objeto de adquirir insumos químicos
para el control vectorial (Deltametrina al 2.5% Líquida.
5000 litros; Deltametrina al 5% Polvo Humectable. 5500
kilos; y, Malathion GT al 96% Líquido. 2000 litros);
en la misma fecha, esta Cartera de Estado y la empresa
Insecticide & Pest Management S. A. suscribieron el
contrato No. 000030 DNCP para la adquisición de
insumos químicos para el control vectorial (Themephos
1%); ambos contratos fueron suscritos por la entonces
Viceministra de Gobernanza y Vigilancia de la Salud;
Que, con Acuerdo Ministerial No. 00000071 de 21 de julio
de 2016, la Ministra de Salud Pública de la época delegó
al/la Viceministro/a de Atención Integral en Salud y al/la
Viceministro/a de Gobernanza y Vigilancia de la Salud,
para que suscriban y ejecuten, dentro de sus facultades
estatutariamente establecidas, todos los actos, contratos
y convenios f‌i nanciados con créditos internacionales
bilaterales o multilaterales, tales como aquellos
provenientes del Banco Internacional de Reconstrucción
y Fomento – Banco Mundial, Banco Interamericano
de Desarrollo, Corporación Andina de Fomento; por lo
que los contratos señalados en el inciso previo fueron
suscritos por la Viceministra de Gobernanza y Vigilancia
de la Salud sin delegación expresa para el efecto, siendo
éste un vicio de incompetencia, el cual es susceptible de
convalidación, conforme lo determina el artículo 95 del
Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la
Función Ejecutiva;
Que, mediante Acuerdo Ministerial No. 0057-2017 de
28 de abril de 2017, se subrogaron las funciones del
Despacho Ministerial a favor del doctor Rodrigo Fernando
Cornejo León, Viceministro de Gobernanza y Vigilancia
de la Salud, hasta el 2 de mayo de 2017; y,
Que, toda vez que los contratos en ciernes fueron
debidamente ejecutados, es necesario convalidar la
comparecencia de la entonces Viceministra de Gobernanza
y Vigilancia de la Salud, en dichos contratos.
En ejercicio de las atribuciones legales conferidas por los
República del Ecuador y por el artículo 17 del Estatuto
del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función
Ejecutiva.
Acuerda:
Art. 1.- Convalidar la comparecencia de la doctora
María Verónica Espinosa Serrano, entonces Viceministra
de Gobernanza y Vigilancia de la Salud, que en calidad
de representante legal del Ministerio de Salud Pública,
suscribió los contratos No. 000029 DNCP y No. 000030
DNCP, ambos de fecha 29 de junio de 2016.
Art. 2.- El presente Acuerdo Ministerial entrará en
vigencia a partir de su suscripción, sin perjuicio de su
publicación en el Registro Of‌i cial.
Dado en la ciudad de Quito, Distrito Metropolitano a, 02
de mayo de 2017.
f.) Dr. Fernando Cornejo León, Ministro de Salud Pública,
Subrogante.
Es f‌i el copia del documento que consta en el Archivo de
la Dirección Nacional de Secretaría General al que me
remito en caso necesario.- Lo certif‌i co en Quito a, 03 de
mayo de 2017.- f.) Ilegible, Secretaría General, Ministerio
de Salud Pública.

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