Ordenanzas Municipales. 006-2019 Cantón Rumiñahui: Que contiene la primera reforma a la Ordenanza No. 002-2019

Número de Boletín69
SecciónOrdenanzas Municipales
EmisorGobiernos Autónomos Descentralizados
Lunes 28 de octubre de 2019 – 41Registro Of‌i cial Nº 69
de Medicina Legal y Ciencias Forenses, de lo cual se
encargará la Dirección de Administración del Talento
Humano.
DISPOSICIÓN TRANSITORIA ÚNICA.- Se concede
treinta días, contados a partir de la fecha de vigencia
del presente Reglamento Interno, para que la Dirección
de Administración del Talento Humano realice controles
preventivos a f‌i n de evitar sanciones administrativas.
DISPOSICIÓN FINAL.- El presente Reglamento Interno
entrará en vigencia a partir de la fecha de aprobación por
parte del Ministerio de Trabajo.
Dado y f‌i rmado en el Distrito Metropolitano de Quito, el
18 de septiembre de 2019.
Elaborado por:
f.) Mgs. Galo Vinicio Palacios Ortiz, Director de
Administración de Talento Humano, C.C. 1718316506.
Aprobado por:
f.) Doctor Milton Gustavo Zarate Barreiros, General
Inspector (S.P.), Director General, Servicio Nacional de
Medicina Legal y Ciencias Forenses, C.C. 1707089197.
SERVICIO NACIONAL DE MEDICINA LEGAL Y
CIENCIAS FORENSES.- Copia certif‌i cada Gestión
Documental..- f.) Ilegible.
No. 006-2019
EL CONCEJO MUNICIPAL DEL GOBIERNO
AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL
DE RUMIÑAHUI
Considerando:
lo transcrito a continuación:
Artículo 14.- Se reconoce el derecho de la población a
vivir en un ambiente sano y ecológicamente equilibrado,
que garantice la sostenibilidad y el buen vivir, sumak
kawsay. [...].
Artículo 71.- La naturaleza o Pacha Mama, donde se
reproduce y realiza la vida, tiene derecho a que se
respete integralmente su existencia y el mantenimiento y
regeneración de sus ciclos vitales, estructura, funciones
y procesos evolutivos. Toda persona, comunidad, pueblo
o nacionalidad podrá exigir a la autoridad pública el
cumplimiento de los derechos de la naturaleza. Para aplicar
e interpretar estos derechos se observarán los principios
establecidos en la Constitución, en lo que proceda.
Artículo 415.- El Estado central y los gobiernos
autónomos descentralizados adoptarán políticas integrales
y participativas de ordenamiento territorial urbano y
de uso del suelo, que permitan regular el crecimiento
urbano, el manejo de la fauna urbana e incentiven el
establecimiento de zonas verdes. Los gobiernos autónomos
descentralizados desarrollarán programas de uso racional
del agua, y de reducción reciclaje y tratamiento adecuado
de desechos sólidos y líquidos. Se incentivará y facilitará
el transporte terrestre no motorizado, en especial mediante
el establecimiento de ciclo vías.
Autonomía y Descentralización dispone lo transcrito a
continuación:
Artículo 7.- Facultad normativa.- Para el pleno ejercicio
de sus competencias y de las facultades que de manera
concurrente podrán asumir, se reconoce a los consejos
regionales y provinciales concejos metropolitanos y
municipales, la capacidad para dictar normas de carácter
general a través de ordenanzas, acuerdos y resoluciones,
aplicables dentro de su circunscripción territorial. El
ejercicio de esta facultad se circunscribirá al ámbito
territorial y a las competencias de cada nivel de gobierno,
y observará lo previsto en la Constitución y la Ley.
Art.- 54 Funciones.- Son funciones del gobierno autónomo
descentralizado municipal las siguientes: [...] r) Crear las
condiciones materiales para la aplicación de políticas
integrales y participativas en torno a la regulación del
manejo responsable de la fauna urbana promoviendo el
bienestar animal. […]
Artículo 322.- Los consejos regionales y provinciales y
los concejos metropolitanos y municipales aprobarán
ordenanzas regionales, provinciales, metropolitanas y
municipales, respectivamente, con el voto conforme de la
mayoría de sus miembros. Los proyectos de ordenanzas,
según corresponda a cada nivel de gobierno, deberán
referirse a una sola materia y serán presentados con la
exposición de motivos, el articulado que se proponga
y la expresión clara de los artículos que se deroguen o
reformen con la nueva ordenanza. Los proyectos que no
reúnan estos requisitos no serán tramitados. El proyecto
de ordenanza será sometido a dos debates para su
aprobación, realizados en días distintos. Una vez aprobada
la norma, por secretaría se la remitirá al ejecutivo del
gobierno autónomo descentralizado correspondiente para
que en el plazo de ocho días la sancione o la observe en
los casos en que se haya violentado el trámite legal o que
dicha normativa no esté acorde con la Constitución o las
leyes. El legislativo podrá allanarse a las observaciones o
insistir en el texto aprobado. En el caso de insistencia, se
requerirá el voto favorable de las dos terceras partes de sus
integrantes para su aprobación. Si dentro del plazo de ocho
días no se observa o se manda a ejecutar la ordenanza, se
considerará sancionada por el ministerio de la ley.
Que, la Ley Orgánica de Salud dispone lo transcrito a
continuación:
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