006-DIGERCIC-CGAJ-DPyN-2019 Expídese la segunda reforma al Plan Anual de Contrataciones PAC 2019

Fecha de publicación11 Marzo 2019
Número de Gaceta443
44 – Lunes 11 de marzo de 2019 Registro Of‌i cial Nº 443
Que el Art. 122 del COOTAD, dispone que el Consejo
Nacional de Competencias contará con una secretaría
ejecutiva para dar cumplimiento a sus resoluciones y
funciones permanentes, cuyo titular será nombrado o
nombrada por el Consejo Nacional de Competencias de una
terna presentada por su Presidente. La Secretaria Ejecutiva
o el Secretario Ejecutivo, ejercerá la representación legal
del Consejo Nacional de Competencias.
Que mediante Resolución No. 0001-CNC-2014, de 01
de abril de 2014, Designó a la Secretaría Ejecutiva, a la
Licenciada María Caridad Vázquez Quezada, quien ha
desempeñado el cargo de manera ef‌i ciente, y ha contado
con la autorización del pleno del Consejo Nacional de
Competencias en todos los actos por ella realizados hasta
la presente fecha, entre ellos el manejo administrativo del
Consejo, la representación legal, y demás atribuciones
previstas en la ley y los estatutos correspondientes.
Que mediante Resolución No. 001-CNC-2019, de fecha
29 de enero del 2019, los miembros del Consejo Nacional
de Competencias con voto unánime aceptan la renuncia de
la Lcda. María Caridad Vazquez del cargo de Secretaría
Ejecutiva del Consejo Nacional de Competencias.
Que el Presidente de Consejo Nacional de Competencias
mediante of‌i cio No. CNC-P-2019-0002 de 07 de febrero
de 2019, ha presentado al pleno del Consejo una terna
para ocupar el cargo de Secretaria /o Ejecutiva /o titular,
integrado por: Magister Rosa Piedad Tapia Andino;
Ingeniero Danny Francisco Maruri Morán; y, el Ingeniero
Kevin Santiago Flores Zambrano, conforme lo determina
En uso de sus facultades constitucionales y legales
constantes en el Art. 239 de la Constitución y los Art. 117
Autonomía y Descentralización;
Resuelve:
Art. 1.- Designar a la Ingeniera, Rosa Piedad Tapia
Andino, como Secretaria Ejecutiva del Consejo Nacional
de Competencias, quien ejercerá la representación legal
del Consejo Nacional de Competencias, y las demás
atribuciones y obligaciones que determine la ley.
Disposición Final.- La presente Resolución entrará en
vigencia a partir del 11 de febrero del 2019, sin perjuicio
de su publicación en el Registro Of‌i cial.
Comuníquese y publíquese.
Dado en la ciudad de Quito, a los once días del mes de
febrero de 2019.
f.) Juan Carlos Proaño Cordero, Presidente, Consejo
Nacional de Competencias.
f.) Lenin Lara Rivadeneira, Representante de los
Gobiernos Municipales.
f.) Diego Coronel Coronel, Representante de los Gobiernos
Parroquiales Rurales.
Proveyeron y f‌i rmaron la resolución que antecede la
Presidenta y los representantes de los gobiernos autónomos
descentralizados del Consejo Nacional de Competencias
en la ciudad de Quito, a los 11 días del mes de febrero de
2019.
Lo certif‌i co.
f.) Abg. María Lorena Santillán, Secretaria Ejecutiva Ad-
Hoc.
No. 006-DIGERCIC-CGAJ-DPyN-2019
Lic. Vicente Andrés Taiano González
DIRECCIÓN GENERAL DE REGISTRO CIVIL,
IDENTIFICACIÓN Y CEDULACIÓN
Considerando:
Que, mediante Decreto del Congreso de la República del
Ecuador, publicado en el Registro Of‌i cial No. 1252 de 29
de octubre de 1900, se dispuso “Desde el 10 de enero de
1901, establécese en la República el Registro Civil…”;
Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 8 publicado en
el Registro Of‌i cial No. 10, de fecha 24 de agosto de
2009, se adscribió la Dirección General de Registro
Civil, Identif‌i cación y Cedulación al Ministerio de
Telecomunicaciones y Sociedad de la Información, y en su
artículo 21 inciso segundo establece que: “La Dirección
General de Registro Civil, Identif‌i cación y Cedulación
será una entidad descentralizada y desconcentrada
administrativa y f‌i nancieramente, su representante legal
será el Director General”;
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