Acuerdos. 006 Expídese el Plan de Acción para la Conservación de los Primates del Ecuador
Número de Boletín | 419 |
Sección | Acuerdos |
Emisor | Ministerio del Ambiente |
2 – Viernes 1º de febrero de 2019 Registro Ofi cial Nº 419
Págs.
RESOLUCIONES:
DIRECCIÓN GENERAL
DE AVIACIÓN CIVIL:
05/2018 Autorícese a la Empresa Pública TAME
Línea Aérea del Ecuador “TAME EP”,
la suspensión parcial de la ruta Quito y/o
Guayaquil – Nueva York y viceversa ....... 25
FUNCIÓN DE TRANSPARENCIA
Y CONTROL SOCIAL
SUPERINTENDENCIA DE BANCOS:
SB-2019-021 Refórmese la Codifi cación de
Normas de la SB ........................................ 27
SUPERINTENDENCIA DE COMPAÑÍAS,
VALORES Y SEGUROS:
SCVS-INC-DNCDN-2019-0002 Expídese el
Reglamento para la imposición y
gradación de las sanciones, a través
del procedimiento administrativo
sancionador en el ámbito societario ......... 31
SUPERINTENDENCIA DE ECONOMÍA
POPULAR Y SOLIDARIA:
SEPS-IGJ-IFMR-2018-0303 Apruébese la
fusión por absorción por parte de la
Cooperativas de Ahorro y Crédito Virgen
del Cisne, con domicilio en el cantón
Latacunga, provincia de Cotopaxi, a
la Cooperativa de Ahorro y Crédito
COFIPACS ................................................. 40
GOBIERNOS AUTÓNOMOS
DESCENTRALIZADOS
ORDENANZAS MUNICIPALES:
- Cantón Tiwintza: Que regula el cobro de
las contribuciones especiales por mejoras
para el año 2019 ......................................... 42
- Cantón Putumayo: De aprobación de la
prórroga presupuestaria del año 2018
para el ejercicio económico del año 2019 . 46
No. 006
Marcelo Mata Guerrero
MINISTRO DEL AMBIENTE
Considerando:
República del Ecuador establece como uno de los deberes
primordiales del Estado ecuatoriano la protección del
patrimonio natural y cultural del país;
de la República del Ecuador establece que la naturaleza
será sujeto de aquellos derechos que le reconozca la
Constitución;
Que, el artículo 14 de la Constitución de la República
del Ecuador establece que se reconoce el derecho de la
población a vivir en un ambiente sano y ecológicamente
equilibrado, que garantice la sostenibilidad y el buen
vivir, sumak kawsay; y se declara de interés público
la preservación del ambiente, la conservación de los
ecosistemas y la biodiversidad;
de la República del Ecuador establece que la naturaleza o
Pacha Mama, donde se reproduce y realiza la vida, tiene
derecho a que se respete integralmente su existencia y
el mantenimiento y regeneración de sus ciclos vitales,
estructura, funciones y procesos evolutivos;
de la República del Ecuador dispone al Estado a aplicar
medidas de precaución y restricción para las actividades que
puedan conducir a la extinción de especies, la destrucción
de ecosistemas o la alteración permanente de los ciclos
naturales;
Que, el artículo 83 de la Constitución de la República del
Ecuador establece que: “Son deberes y responsabilidades
de las ecuatorianas y los ecuatorianos (...) defender la
integridad territorial del Ecuador y sus recursos naturales
(...) respetar los derechos de la naturaleza, preservar un
ambiente sano y utilizar los recursos naturales de modo
racional, sustentable y sostenible (...)”;
de la República establece que el Estado central tendrá
competencias exclusivas sobre los recursos energéticos;
minerales, hidrocarburos, hídricos, biodiversidad y recursos
forestales;
Que, el artículo 313 de la Constitución de la República
del Ecuador establece que el Estado se reserve el
derecho de administrar, regular, controlar y gestionar los
sectores estratégicos, de conformidad con los principios
de sostenibilidad ambiental, precaución, prevención y
efi ciencia. Se consideran sectores estratégicos entre otros la
biodiversidad y el patrimonio genético;
Que, el numeral uno del artículo 395 de la Constitución
de la República del Ecuador reconoce como principios
ambientales que el Estado garantizará un modelo
sustentable de desarrollo, ambientalmente equilibrado
y respetuoso de la diversidad cultural, que conserve la
biodiversidad y la capacidad de regeneración natural de los
ecosistemas, y asegure la satisfacción de las necesidades
de las generaciones presentes y futuras; además que en
caso de duda sobre el alcance de las disposiciones legales
en materia ambiental, estas se aplicaran en el sentido más
favorable a la protección de la naturaleza;
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