Resoluciones. 0061-DIGERCIC-CGAJ-DPyN-2017 Créese Un Nuevo Servicio Denominado: “verificación Y Control De La Identidad”

Número de Boletín73
SecciónResoluciones
EmisorDirección General de Registro Civil, Identificación y Cedulación
Miércoles 6 de septiembre de 2017 – 23Registro Of‌i cial Nº 73
c) Suscribir comunicaciones a entidades f‌i nancieras
designadas como agentes de pago solicitando
comprobantes de pago del Seguro de Depósitos.
d) Suscribir comunicaciones dirigidas a liquidadores
de entidades f‌i nancieras en liquidación enviando
el instructivo de elaboración de base de datos y la
Codif‌i cación del Reglamento de Gestión del Seguro de
Depósitos y f‌i cha técnica sobre información de activos
de entidades en liquidación forzosa.
e) Suscribir comunicaciones a la Superintendencia
de Economía Popular y Solidaria solicitando la
ratif‌i cación de la Base de Datos Modif‌i cada entregada
por el liquidador de la entidad f‌i nanciera en liquidación
y requerimiento de información del proceso de
liquidación forzosa.
Artículo 10.- Delegar a la Coordinadora Técnica de
Fideicomisos y Negocios Fiduciarios o a quien haga sus
veces las siguientes funciones:
a) Enviar instrucciones de pago y transferencia de
recursos para el proceso del Seguro de Depósitos al
administrador f‌i duciario.
b) Suscribir comunicaciones dirigidas al Administrador
Fiduciario solicitando el detalle de cuentas por cobrar
a las entidades f‌i nancieras en liquidación, registradas
en los estados f‌i nancieros de los f‌i deicomisos, así
como sus rectif‌i caciones, de ser necesario.
c) Suscribir comunicaciones dirigidas al Administrador
Fiduciario solicitando rectif‌i caciones en los estados
f‌i nancieros de los f‌i deicomisos administrados por la
COSEDE.
d) Remitir al administrador f‌i duciario las certif‌i caciones
de acreencias originales.
e) Suscribir a nombre de la entidad las comunicaciones
relacionadas con la Auditoría Externa de los estados
f‌i nancieros de los f‌i deicomisos que administra la
COSEDE.
Artículo 11.- Delegar al Coordinador Técnico de Riesgo
Sistémico o a quien haga sus veces la siguiente función:
a) Suscribir comunicaciones dirigidas a los organismos
de control solicitando la calif‌i cación de riesgo de las
entidades bajo su control.
Artículo 12.- Ratif‌i car todos los actos realizados por las
Coordinaciones y Direcciones de la Institución desde
el 13 de Julio de 2017 hasta la presente fecha en virtud
de las delegaciones contenidas en la Codif‌i cación de las
resoluciones Nos. COSEDE-GG-002-2016 de 13 de enero
de 2016 y COSEDE-GG-027-2017 de 21 de marzo de
2017.
DISPOSICIONES GENERALES
PRIMERA.- Los servidores delegados en la presente
Resolución, actuarán con ef‌i cacia, ef‌i ciencia y calidad,
debiendo observar estrictamente las disposiciones
constitucionales, legales, reglamentarias y administrativas
vigentes, caso contrario, responderán por sus acciones u
omisiones de conformidad con la Ley.
SEGUNDA.- De conformidad con el artículo 56 del
Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la
Función Ejecutiva, no podrán delegarse las competencias
que a su vez se ejerzan por delegación.
DISPOSICIÓN DEROGATORIA ÚNICA.- Deróguese
la Codif‌i
cación de las resoluciones No. COSEDE-
GG-002-2016 de 13 de enero de 2016 y COSEDE-
GG-027-2017 de 21 de marzo de 2017 o cualquier otra
que se oponga a la presente Resolución.
DISPOSICIÓN FINAL.- La presente Resolución entrará
en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de
su publicación en el Registro Of‌i cial.
COMUNÍQUESE.- Dada en Quito, Distrito
Metropolitano, el 15 de agosto de 2017.
f.) Dra. Nelly Arias Zavala, Gerente General, Corporación
del Seguro de Depósitos Fondo de Liquidez y Fondo de
Seguros Privados-COSEDE.
CERTIFICO: Que la copia fotostática íntegra de la
resolución que antecede es f‌i el a su original, que reposa
en los archivos físicos de la Gerencia General de la
Corporación de Seguro de Depósito, Fondo de liquidez y
Fondo de Seguros Privados.- Quito, 15 de Agosto de 2017.
f.) Sandra Quintero Salvador, Secretaria de la Gerencia
General.
No. 0061-DIGERCIC-CGAJ-DPyN-2017
Ing. Jorge Oswaldo Troya Fuertes
DIRECTOR GENERAL DE REGISTRO CIVIL,
IDENTIFICACIÓN Y CEDULACIÓN
Considerando:
Que, el artículo 226 de la Carta Fundamental, dispone
que: “Las instituciones del Estado, sus organismos,
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