Acuerdos. 0063 Subróguense Las Funciones Del Ministro, Al Licenciado Carlos Fernando Soria Balseca, Viceministro

Número de Boletín5
SecciónAcuerdos
EmisorMinisterio de Finanzas
Jueves 1º de junio de 2017 – 13Registro Of‌i cial Nº 5
noviembre de 2014, establece dentro de los Principios
de la gestión de riesgos: “Transversalidad: Todas las
instituciones públicas y privadas deben incorporar
obligatoriamente y en forma transversal la gestión de
riesgos en su planif‌i cación y operación.”
Que El Acuerdo Ministerial Nro. 254 de 23 de noviembre
de 2011, publicado en el Registro Of‌i cial No 219 de 14 de
diciembre de 2011, mediante el cual se aprobó el Estatuto
Orgánico por Procesos del Ministerio de Finanzas, dispone
en el numeral 3.1.2.1 como atribuciones y responsabilidades
de la Dirección de Planif‌i cación e Inversión, entre otras:
Gestionar los procesos de planif‌i cación institucional;
gestión de riesgos y seguridad integral; Dirigir y participar
en la formulación de programas, planes, políticas y
proyectos de inversión institucionales, así como de gestión
de riesgos y seguridad integral en función de la normativa
legal vigente y directrices institucionales, sectoriales
y nacionales; Articular acciones claves, actividades y
gestión institucional con las entidades vinculadas al
ámbito de planif‌i cación e inversión y de gestión de riesgos
y seguridad integral en forma intra e interinstitucional;
Brindar asistencia técnica en los procesos de planif‌i cación
e inversión y de gestión de riesgos y seguridad integral;
Generar información especializada en el ámbito de gestión
de riesgos y seguridad integral.
Que con memorando No. MINFIN-CGP-2017-0035-M
de 07 de marzo de 2017, el Coordinador General de
Planif‌i cación solicitó a la Coordinación General Jurídica se
elabore el respectivo Acuerdo Ministerial a f‌i n de que dicha
norma secundaria sea de cumplimiento obligatorio para los
funcionarios y servidores del Ministerio de Finanzas; y,
En ejercicio de las atribuciones que le conf‌i eren los
artículos 154, 390 de la Constitución y 17 del Estatuto del
Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva:
Acuerda:
Art. 1.- Expedir la “Metodología para la Gestión Integral
de Riesgos del Ministerio de Finanzas”, constantes en
el documento anexo, que establecerá la responsabilidad
que debemos asumir en el presente, y contar con una
herramienta adecuada que dé respuestas a los problemas
existentes en el sistema de administración de riesgos
de los recursos humanos, el cual será de cumplimiento
obligatorio por parte de las y los servidores públicos y las
y los trabajadores del Ministerio de Finanzas.
Art. 2. El presente Acuerdo Ministerial entrará en vigencia
a partir de su suscripción, sin perjuicio de su publicación
en el Registro Of‌i cial.
Dado, en el Distrito Metropolitano de la ciudad de San
Francisco de Quito, a 30 de marzo de 2017.
f.) Patricio Rivera Yánez, Ministro de Finanzas.
Ministerio de Finanzas del Ecuador.- f.) Ilegible.- Es f‌i el
copia del origin al.- 05 de mayo de 2017.
No. 0063
EL MINISTRO DE FINANZAS
Considerando:
artículo 154 dispone que las Ministras y Ministros de
Estado, además de las atribuciones establecidas en la Ley,
les corresponde ejercer la rectoría de las políticas públicas
del área a su cargo y expedir los acuerdos y resoluciones
administrativas que requiera su gestión;
Que la Ley Orgánica del Servicio Público publicada en
el Segundo Suplemento del Registro Of‌i cial No. 294
de 6 de octubre de 2010, en su artículo 126 dispone que
cuando por disposición de la Ley o por orden escrita de
autoridad competente, la servidora o el servidor deba
subrogar en el ejercicio de un puesto del nivel jerárquico
superior, cuyo titular se encuentre legalmente ausente,
recibirá la diferencia de la remuneración mensual unif‌i cada
que corresponda al subrogado, durante el tiempo que dure
el reemplazo, a partir de la fecha de la subrogación, sin
perjuicio del derecho del titular;
Que el artículo 270 del Reglamento General a la invocada
Ley Orgánica, publicado en el Suplemento del Registro
Of‌i cial No. 418 de 1 de abril de 2011, dispone que
la subrogación procederá de conformidad al anotado
artículo 126, considerando que la o él servidor subrogante
tendrá derecho a percibir la diferencia que exista entre la
remuneración mensual unif‌i cada de su puesto y la del puesto
subrogado, incluyendo estos los puestos que dependan
administrativamente de la misma institución; y,
En ejercicio de las atribuciones que le conf‌i eren los
artículos 126 de la Ley Orgánica del Servicio Público, 270
del Reglamento General a la invocada Ley,
Acuerda:
Art. 1.- El licenciado Carlos Fernando Soria Balseca,
Viceministro de Finanzas Encargado subrogará las
funciones de Ministro de Finanzas del 17 al 26 de abril de
2017.
Art. 2.- La Magister Verónica Silvana Chávez Martínez,
Subsecretaría de Presupuestos subrogante, subrogará las
funciones de Viceministra de Finanzas del 17 al 26 de abril
de 2017.
Art. 3.- Concluida las subrogaciones constantes en el
presente acuerdo, el licenciado Carlos Fernando Soria
Balseca continuará ejerciendo las funciones de Viceministro
de Finanzas encargado; y; la Magister Verónica Silvana
Chávez Martínez, continuará cumpliendo las funciones de
Subsecretaría de Presupuestos subrogante.
Art. 4.- El presente Acuerdo Ministerial entrará en vigencia
a partir de su suscripción, sin perjuicio de su publicación en
el Registro Of‌i cial.
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