Acuerdos. 0064 Modifíquese el Acuerdo Ministerial No. 447, publicado en el Suplemento del Registro Oficial No. 529 de 24 de enero de 2008

Número de Boletín531
SecciónAcuerdos
EmisorMINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
12 – Martes 16 de julio de 2019 Registro Of‌i cial Nº 531
Que con Decreto Ejecutivo 392 de 15 de mayo de 2018, el
señor Presidente de la República del Ecuador, designa al
Econ. Richard Iván Martínez Alvarado como Ministro de
Economía y Finanzas;
Que con Acuerdo Ministerial Nro. 33, emitido el 16 de
agosto de 2017 y publicado en el Registro Of‌i cial Nro.
77 de 12 de septiembre de 2017, el Secretario Nacional
de Planif‌i cación y Desarrollo expide la Norma Técnica
para Optimizar la Aplicación de las Disposiciones para el
Control de la Ef‌i ciencia del Gasto Público, de conformidad
con lo estipulado en la Disposición Transitoria Única del
Decreto Ejecutivo Nro. 58, emitido el 5 de julio de 2017
y publicado en el Registro Of‌i cial Nro. 36 de 14 de julio
de 2017
Que con Acuerdo Ministerial 43 de 17 de mayo de
2019, el Ministro de Economía y Finanzas dispone que
el magister Fabián Carrillo Jaramillo, Viceministro de
Finanzas, subroga las funciones de Ministro de Economía
y Finanzas desde las 17H45 del domingo 19 de mayo de
2019 hasta las 16H00 del miércoles 22 de mayo, inclusive.
Que con Acuerdo Ministerial Nro. 49, de 22 de mayo
de 2019, el Ministro de Economía y Finanzas expide
Directrices para la Gestión del Gasto Público; cuyo
artículo 4 dispone que “La máxima autoridad de las
entidades, instituciones, organismos y empresas públicas,
sujetas a las presentes directrices, podrán delegar las
atribuciones def‌i nidas en este artículo, siempre y cuando
el monto del aval solicitado o del contrato o convenio
principal no superen el valor que resulte de multiplicar el
coef‌i ciente 0,000015 por el monto del Presupuesto Inicial
del Estado del correspondiente ejercicio económico; en
cuyo caso los instrumentos de delegación establecerán
la obligatoriedad que tiene el delegado de informar de
manera periódica sobre las autorizaciones de avales
emitidas en virtud de la delegación. En los demás casos,
las atribuciones de la máxima autoridad def‌i nidas en este
artículo, serán indelegables”.
En uso y ejercicio de sus atribuciones señaladas en
los artículos 154, numeral 1, de la Constitución de la
República; 75 del Código Orgánico de Planif‌i cación
y Finanzas Públicas; 17 y 55 del Estatuto del Régimen
Jurídico Administrativo de la función Ejecutiva; y 69 del
Acuerda:
Art. 1.- Delegar al Coordinador General Administrativo
Financiero para que autorice la solicitud de los avales
que requiera esta Cartera de Estado para la aplicación del
Acuerdo Ministerial Nro. 49, de 22 de mayo de 2019, o
la normativa que lo reemplace, en todos aquellos trámites
en los que el monto del aval solicitado o del contrato o
convenio principal no superen el valor que resulte de
multiplicar el coef‌i ciente 0,000015 por el monto del
Presupuesto Inicial del Estado del correspondiente
ejercicio económico; para lo cual, queda facultado para
suscribir la documentación que sea necesaria y coordinar
con las Unidades Administrativas del Ministerio de
Economía y Finanzas el cumplimiento de los requisitos
establecidos en la citada normativa.
Art. 2.- Disponer al Coordinador General Administrativo
Financiero que reporte al Ministro de Economía y
Finanzas, de manera bimensual, todos los trámites de aval
realizados en virtud de la presente delegación, junto con
la información que considere pertinente y las novedades
que se suscitaren en el cumplimiento de esta delegación.
Art. 3.- Disponer a la Coordinación General de
Planif‌i cación y Gestión Estratégica que elabore un
instructivo a detalle de las actividades que deben cumplir
las distintas Unidades Administrativas para la consecución
de los avales referidos en Acuerdo Ministerial Nro. 49,
de 22 de mayo de 2019, así como los requisitos que se
deben cumplir dentro de este proceso en cumplimiento de
la normativa vigente.
Art. 4.- El presente Acuerdo entrará en vigencia a partir
de su suscripción, sin perjuicio de su publicación en el
Registro Of‌i cial.
Dado y f‌i rmado en la ciudad de Quito, Distrito
Metropolitano, a 22 me mayo de 2019.
f.) Mgs. Fabian Carrillo Jaramillo, Ministro de Economía
y Finanzas (S).
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS.-
Certif‌i co f‌i el copia del documento original que reposa en
la Dirección de Certif‌i cación y Documentación.- Fecha:
02 de julio de 2019.- f.) Director de Certif‌i cación y
Documentación, Ministerio de Economía y Finanzas.- 2
hojas.
No. 0064
EL MINISTRO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
Considerando:
Que el numeral 1 del artículo 154 de la Constitución
de la República del Ecuador, establece como una de las
atribuciones de los ministros de Estado la de: “Ejercer
la rectoría de las políticas públicas del área a su cargo y
expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que
requiera su gestión”;
establece que las f‌i nanzas públicas, en todos los niveles de
gobierno, se conducirán de forma sostenible, responsable
y transparente, y procurarán la estabilidad económica;
Que el inciso primero del artículo 70 del Código Orgánico de
Planif‌i cación y Finanzas Públicas establece que el Sistema
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