0066-CC-GADMSC-2017 Cantón Santa Cruz: Que Regula La Prestación De Los Servicios De Agua Potable Y Alcantarillado Sanitario

Fecha de disposición22 Diciembre 2017
Fecha de publicación22 Diciembre 2017
Número de Gaceta155
30 – Viernes 22 de diciembre de 2017 Edición Especial Nº 155 – Registro Of‌i cial
y bebidas alcohólicas que ocasionan conductas no
cívicas, de violencia y delictivas, el Gobierno Autónomo
Descentralizado, implementará las siguientes políticas
públicas:
1. Planif‌i car y ejecutar programas de prevención integral
sobre el uso y consumo de sustancias estupefacientes,
psicotrópicas y bebidas alcohólicas, enfocados a
toda la población de acuerdo al plan de desarrollo y
ordenamiento territorial conforme las disposiciones
constantes en la Ley Orgánica de Prevención Integral
del Fenómeno Socio Económico de las Drogas y de
Regulación y Control del Uso de Sustancias Catalogadas
Sujetas a Fiscalización.
2. Coordinar con los Consejos de Seguridad y de
Protección de Derechos, el desarrollo de acciones
encaminadas respeto y recuperación de espacios
públicos; capacitar a la ciudadanía y formar instancias
de participación y veedurías ciudadanas que tenga
como f‌i nalidad controlar y denunciar los hábitos de los
ciudadanos relativos al uso y consumo de sustancias
estupefacientes, psicotrópicas y bebidas alcoholicas en
espacios públicos.
3. Coordinar acciones interinstitucionales a f‌i n de
prevenir y controlar el uso y consumo de sustancias
estupefacientes, psicotrópicas y bebidas alcohólicas;
así como canalizar el tratamiento y rehabilitación a los
consumidores ocasionales, habituales o problemáticos.
DISPOSICIÓN DEROGATORIA
Se derogan todas las disposiciones de igual o menor
jerarquía que se opongan a la presente Ordenanza.
DISPOSICIÓN FINAL
La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir de su
aprobación por el Gobierno Autónomo Descentralizado
Municipal del Cantón Penipe.
Dada y f‌i rmada en la Sala de Sesiones del Concejo
Municipal del Gobierno Autónomo Descentralizado
del Cantón Penipe, a los veinte y ocho días del mes de
septiembre de dos mil diecisiete.
f.) Lic. Carmen Demetria Velasteguí Rodríguez, Alcaldesa
del cantón Penipe.
f.) Abg. Jhonathan Fernando Lema Rodríguez, Secretario
de Concejo.
Certif‌i co que la presente Ordenanza fue conocida, discutida
y aprobada por el Concejo de Gobierno Autónomo
Descentralizado Municipal de Penipe, en primer debate
en la Sesión Ordinaria del diecisiete de agosto de dos
mil diecisiete y en segundo y def‌i nitivo debate en Sesión
Ordinaria del veinte y ocho de septiembre de dos mil
diecisiete.
f.) Abg. Jhonathan Fernando Lema Rodríguez, Secretario
de Concejo.
Ejecútese y Publíquese la ORDENANZA
PARA LA ELIMINACIÓN DE BARRERAS
ARQUITECTÓNICAS Y URBANÍSTICAS EN EL
CANTÓN PENIPE, el seis de octubre de dos mil diecisiete.
f.) Lic. Carmen Demetria Velasteguí Rodríguez, Alcaldesa
del cantón Penipe.
Proveyó y f‌i rmó la ordenanza que antecede la Lic. Carmen
Demetria Velasteguí Rodríguez, Alcaldesa del cantón
Penipe, a los seis días del mes de octubre de dos mil
diecisiete.
f.) Abg. Jhonathan Fernando Lema Rodríguez, Secretario
de Concejo.
No. 0066-CC-GADMSC-2017
EL CONCEJO CANTONAL
DE SANTA CRUZ
Considerando:
Que, el artículo 227 de la carta Suprema del Estado
menciona que la administración pública constituye un
servicio a la colectividad que se rige por los principios de
ef‌i cacia, ef‌i ciencia, calidad. Jerarquía, desconcentración,
descentralización, coordinación, participación,
planif‌i cación, transparencia y evaluación.
Que, el artículo 238 de la Constitución Política en vigencia
establece y garantiza que los gobiernos autónomos
descentralizados gozarán de autonomía política,
administrativa y f‌i nanciera y que constituyan gobiernos
autónomos descentralizados, entre otros, los concejos
municipales.
Que, el artículo 240 de la carta Magna garantiza facultades
legislativas y ejecutivas en el ámbito de sus competencias
y jurisdicciones territoriales a los gobiernos autónomos
descentralizados cantonales;
Que, se encuentra en vigencia el Código Orgánico de
Organización Territorial Autonomía y Descentralización
COOTAD, publicado en el Ro. N· 303 del día 19 de octubre
del 2010;
Que, el artículo 28 del COOTAD garantiza y reconoce la
calidad de Gobierno Autónomo Descentralizado a los de
los cantones y el artículo 29 de la misma ley establece
como una de las funciones de los gobiernos autónomos
descentralizados la de legislación, normatividad y
f‌i scalización;
Que, los artículos 7 y 57 literal a) del código Orgánico
de Organización Territorial autónomo descentralización,
referentes a la facultad normativa, expresiva que para
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