Acuerdos. 0068 Refórmese el Clasificador Presupuestario de Ingresos y Egresos del Sector Público y el Catálogo General de Cuentas
Número de Boletín | 1004 |
Sección | Acuerdos |
Emisor | MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS |
Lunes 14 de septiembre de 2020 – 3Registro Ocial – Edición Especial Nº 1004
ACUERDO No.
EL MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
CONSIDERANDO:
QUE de conformidad con lo establecido en el numeral 1 del artículo 154
de la Constitución de la República del Ecuador, una de las
atribuci on es de las mi n istras y mi nistros de Estado es: “ Ejercer la
rectoría de las políticas públicas del área a su cargo y expedir los
acuerdos y resoluciones administrativas que requiera su gestión”;
QUE el inciso primero del artículo 286 de la Constitución de la República
respecto al manejo de las finanzas públicas establece que: “L as
finanzas públicas, en todos los niveles de gobierno, se conducirán de
forma sostenible, responsable y transparente y procurarán la
estabilidad económica”;
QUE el artículo 70 del Código Orgánico de Planificación y Finanzas
Públicas, define al Sistema Nacional de Fin anzas Públicas - SINF IP
como: “El SINFIP comprende el conjunto de normas, políticas,
instrumentos, procesos, actividades, registros y operaciones que l as
entidades y organismos del Sector Público, deben realizar con el
objeto de gestionar en forma programada los ingresos, gastos y
financiamiento públicos, con sujeción al Plan Nacional de Desarrollo y
a las po lític as pú bli cas e stablec id as en esa Ley”;
QUE el artículo 71 del Código Orgánico de Planificación y Finanzas
Públicas establece: “La rectoría del SINFIP corresponde a la
Presidenta o Presidente de la República, quien la ejercerá a través del
Ministe ri o a cargo de las f inan zas públicas, que ser á el ente rector del
SINF IP”;
QUE el numeral 6 del artículo 74 del Código Orgánico de Planificación y
Finanzas Públicas dispone que una de las atribuciones del ente
rector del SINFIP es: “Dictar las no rmas, manuales, in stru ctivos,
directrices, clasificadores, catálogos, glosarios y otros instrumentos
de cumplimiento obligatorio por parte de las entidades del sector
público para el diseño, implantación y funcionamiento del SINFIP y
sus componentes”;
QUE el artículo 86 del Reglamento General al Código Orgáni co de
Planificación y Finanzas Públi cas, publicado en el Registro Oficial
Suplemento No. 383 de 26 de noviembre de 2014, prevé: “ Las
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