Acuerdos. 0078-2017 Fundación De Ayuda Mutua, Física Y Emocional Sahaja Yoga Famfesy, Con Domicilio En La Ciudad De Quito, Provincia De Pichincha

Número de Boletín27
SecciónAcuerdos
EmisorMinisterio de Salud Pública
6 – Lunes 3 de julio de 2017 Registro Of‌i cial Nº 27
Que, el economista Rafael Correa Delgado, Presidente
de la República del Ecuador, mediante Decreto Ejecutivo
1284 de 19 de diciembre de 2016, designa al economista
Diego Martínez Vinueza, Ministro Coordinador de la
Política Económica;
Que, mediante Acuerdo Ministerial MCPE-2015-
026 de 30 de diciembre de 2015 se nombra al señor
Álvaro Fernando Troya Suárez, para que desempeñe las
funciones de Viceministro Coordinador de la Política
Económica;
Que, mediante oficio No. PE-124-16 de 23 de diciembre
de 2016, la señora Ana María Carrasquilla, Presidenta
del Directorio y Presidenta Ejecutiva del Fondo
Latinoamericano de Reservas FLAR, convoca a la
LXXXIV Reunión Extraordinaria del Directorio que se
llevará a cabo el 6 de marzo de 2017, en la ciudad de
Bogotá D.C. República de Colombia y,
En ejercicio de las atribuciones conferidas en el numeral
1 del artículo 154 de la Constitución de la República;
y, artículo 17 del Estatuto del Régimen Jurídico y
Administrativo de la Función Ejecutiva,
Acuerda:
Artículo 1.- Disponer que el señor Álvaro Fernando
Troya Suárez, Viceministro Coordinador de Política
Económica, subrogue las funciones del Ministro
Coordinador de la Política Económica desde la presente
fecha hasta el día lunes 6 de marzo de 2017.
Artículo 2.- El señor Álvaro Fernando Troya Suárez,
será responsable de los actos que realice por acción u
omisión en el ejercicio de la presente subrogación.
Artículo 3.- Póngase en conocimiento del Secretario
Nacional de la Administración Pública, el contenido del
presente Acuerdo Ministerial.
Artículo 4.- El presente Acuerdo entrará en vigencia a
partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicación
en el Registro Oficial.
Comuníquese y publíquese.-
Dado en la ciudad de San Francisco de Quito, Distrito
Metropolitano, el 4 de marzo de 2017.
Firmado Digitalmente,
Diego Martínez Vinueza, Ministro Coordinador de la
Política Económica.
MINISTERIO COORDINADOR DE POLÍTICA
ECONÓMICA.- Es fiel copia del original.- f.) Ilegible.
MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA
No. 0078-2017
LA VICEMINISTRA DE GOBERNANZA Y
VIGILANCIA DE LA SALUD, SUBROGANTE
Considerando:
Que, el Estado reconoce y garantiza a las personas, el
derecho a asociarse, reunirse y manifestarse de forma
libre y voluntaria, así como las formas de organización de
la sociedad, como expresión de la soberanía popular para
desarrollar procesos de autodeterminación e incidir en las
decisiones y políticas públicas y en el control social de todos
los niveles de gobierno así como de las entidades públicas
y de las privadas que presten servicios públicos, conforme
lo prescrito en los artículos 66 y 96 de la Constitución de la
República del Ecuador;
Que, los estatutos de las corporaciones y fundaciones
deben ser sometidos a la aprobación del Presidente de la
República, conforme lo prescrito en el artículo 565 de la
Codif‌i cación del Código Civil;
Que, el Presidente de la República, con Decreto Ejecutivo
No. 339, publicado en el Registro Of‌i cial No. 77 de 30 de
noviembre de 1998, delegó a cada Ministro de Estado la
facultad para que de acuerdo al ámbito de su competencia,
apruebe y reforme los estatutos de las organizaciones
pertinentes y les otorgue personalidad jurídica;
Que, con Decreto Ejecutivo No. 739 publicado en el
Registro Of‌i cial No. 570 de 21 de agosto de 2015, se
codif‌i có y reformó el Reglamento para el Funcionamiento
del Sistema Unif‌i cado de Información de las Organizaciones
Sociales y Ciudadanas, cuyo artículo 5 establece los
tipos de organizaciones que se puede constituir a saber:
fundaciones, corporaciones, u otras formas de organización
social nacionales o extrajeras;
Que, el artículo 11 del Reglamento referido señala que las
Fundaciones podrán constituirse por la voluntad de uno o
más miembros, que buscan o promueven el bien común
de la sociedad e incluyen las actividades de promoción,
desarrollo e incentivo de dicho bien en sus aspectos
sociales, culturales, educacionales, así como en actividades
relacionadas con la f‌i lantropía y benef‌i cencia pública;
Que, conforme consta en el Acta Constitutiva de 5 de
septiembre de 2016, los miembros de la Fundación de
Ayuda Mutua, Física y Emocional Sahaja Yoga FAMFESY
en constitución, se reunieron con la f‌i nalidad de constituir la
referida organización, así como la aprobación del estatuto;
Que, el señor Edwin Abad Chavez abogado patrocinador
de la Fundación de Ayuda Mutua, Física y Emocional
Sahaja Yoga FAMFESY en constitución, mediante of‌i cio
sin numero y sin fecha, ingresado en esta Cartera de Estado
el 4 de mayo de 2017, solicitó la aprobación del estatuto
y la concesión de personalidad jurídica de la referida
organización para lo cual remitió el Acta Constitutiva
conjuntamente con el proyecto de estatuto y el documento
que acredita el patrimonio de la organización;
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