Ordenanza Municipal 008-2022 Cantón San Miguel de Urcuquí: Que regula y controla la actividad comercial ambulante informal y ocasional

Fecha de publicación03 Octubre 2022
MateriaDerecho Público y Administrativo
Número de Gaceta519
Lunes 3 de octubre de 2022 Edición Especial Nº 519 - Registro Ocial
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ORDENANZA NRO. 008-2022
EL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO
MUNICIPAL DE
SAN MIGUEL DE URCUQUÍ.
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 33 de la Constitución de la República del Ecuador (Constitución) señala
que: “El trabajo es un derecho un deber social, y un derecho económico, fuente de
realización personal y base de la económica. (. . .)”;
Que, el numeral 15 del artículo 66 de la Constitución establece que se reconoce y
garantizar a las personas:”(. . .) 15. El derecho a desarrollo a las actividades económicas,
en forma individual o colectiva, conforme a los principios de solidaridad,
responsabilidad social y ambiental. ”;
Que, el numeral 13 del artículo 83 de la Constitución señala como uno de los deberes y
responsabilidades de las ecuatorianas y los ecuatorianos, el siguiente: “13. (...) cuidar
y mantener los bienes públicos. ”;
Que, el artículo 238 de la Constitución de la República del Ecuador, garantiza la
autonomía política, administrativa y financiera para los gobiernos autónomos
descentralizados.
Que, el artículo 240 de la Constitución de la República del Ecuador, otorga a los gobiernos
autónomos descentralizados facultades legislativas dentro de su jurisdicción cantonal.
Que, los numerales 1 y 2 del artículo 264 de la Constitución establecen que son
competencias exclusivas de los gobiernos municipales: “1. Planificar el desarrollo
cantonal y formulas los correspondientes planes de ordenamiento territorial, de manera
articulada con la planificación nacional, regional, provincial parroquial, con el fin de
regular el uso y la ocupación del suelo urbano y rural; y, 2. Ejercer el control sobre el uso
y ocupación del suelo en el cantón.”,
Que, el numeral 13 del artículo 281 de la Constitución, respecto de la soberanía
alimentaria, manifiesta que es responsabilidad del Estado: “(. . .) 13.Prevenir y proteger
a la población del consumo de alimentos contaminados o que pongan en riesgo en salud
o que la ciencia tenga incertidumbre sobre sus efectos.”;
Que, el artículo 319 de la Constitución establece que: “Se reconocen diversas formas
de
organización de la producción en la economía, entre otras las comunitarias, cooperativas,
empresariales
públicas o privadas,
asociativas,
familiares,
domésticas,
autónomas
y
mixtas

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