Ordenanza Municipal 008-2023 Cantón San Jacinto de Yaguachi: Que expide la primera reforma a la Ordenanza unificada que reglamenta la determinación, administración, control y recaudación de impuestos anuales de patente municipal y del 1.5 por mil sobre los activos totales

Fecha de publicación27 Abril 2023
Número de Gaceta848
Jueves 27 de abril de 2023 Edición Especial Nº 848 - Registro Ocial
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ORDENANZA No. 008-2023.
EL ILUSTRE CONCEJO CANTONAL DE SAN JACINTO DE YAGUACHI.
CONSIDERANDO:
Que, la Constitución Política del Ecuador en su Art. 238, señala que los Gobiernos autónomos
descentralizados gozarán de autonomía política, administrativa y financiera.
Que, la Constitución Política del Estado en sus Arts. 238 inciso segundo y 264 último inciso, en
concordancia con los artículos 57 numerales a y b del Código Orgánico de Organización Territorial,
Autonomía y Descentralización (COOTAD), le otorga la facultad a los Municipios de aplicar mediante
Ordenanzas, los tributos municipales, previstos en la ley a su favor.
Que, los Gobiernos Autónomos Descentralizados de las regiones, distritos metropolitanos, provincias y
cantones tendrán facultades legislativas en el ámbito de sus competencias y jurisdicciones territoriales.
Que, el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización en el Capítulo III, Art.54
literal p), indica: Son funciones del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal: Regular, fomentar,
autorizar y controlar el ejercicio de actividades económicas ,empresariales o profesionales, que se desarrollen
en locales ubicados en la circunscripción territorial cantonal con el objeto de precautelar los derechos de la
colectividad,
Que, es necesario normar los requisitos municipales a los que deben someterse los contribuyentes que
ejerzan actividades de comercio en la jurisdicción del Cantón San Jacinto de Yaguachi, prescrito en el
Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización (COOTAD) y, establecer una
tasa de habilitación de control de establecimientos comerciales, industriales, profesionales, artesanales,
financiero y cualquiera de orden económico,
Que, el artículo 546 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización, indica
que se establece el impuesto de patente municipales y metropolitano que se aplicara de conformidad con
lo que se determina en los artículos siguientes.
Que, el artículo 547 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización,
indica sujeto pasivo.- Están obligados a obtener la patente y, por ende, el pago anual del impuesto de que
trata el artículo anterior, las personas naturales, jurídicas, sociedades, nacionales o extranjeras,
domiciliadas o con establecimiento en la respectiva jurisdicción municipal o metropolitana, que ejerzan
permanentemente actividades comerciales, industriales, financieras, inmobiliarias y profesionales.
Que, mediante
Registro Oficial, Edición Especial No. 42 de fe cha 16 de marzo del 2022, se
publica la
Ordenanza Unificada que Reglamenta la Determinación, Administración, Control y recaudación
de impuestos anuales de patente municipal y del 1.5 por mil sobre los activos totales en el cantón san
Jacinto de Yaguachi".
Que, mediante memorándum
No. 042-
RENTAS-2022
,
con fecha 21 de diciembre del 2022, suscrito por la
Ecom. Kimberly Rodríguez Alvarado, Jefa de Rentas del GAD Municipal, mismo que contempla la
motivación de la reforma a la ordenanza unificada que reglamenta la determinación, administración, control
y recaudación de impuestos anuales de patente municipal y del 1.5 por mil sobre los activos totales en el
cantón Yaguachi.

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