Acuerdos. 0082-2017 Expídese El Reglamento Para La Aplicación Del Enfoque Intercultural En Los Establecimientos De Salud Del Sistema Nacional De Salud

Número de Boletín30
SecciónAcuerdos
EmisorMinisterio de Salud Pública
18 – Jueves 6 de julio de 2017 Registro Of‌i cial Nº 30
Acuerda:
Artículo 1.- Delegar a la señora Doctora Zoila Carina
Arguello Moscoso, Subsecretaria de Seguridad Interna del
Ministerio del Interior, para que a nombre y representación
del Titular, suscriba el Acta de la IV Reunión de Ministros
del Consejo Suramericano en materia de Segurida d
Ciudadana, Justicia y Coordinación de acciones contra la
Delincuencia Organizada Transnacional y la Declaración
Ministerial del día suramericano del desarme voluntario en
los países de UNASUR, a celebrase con oportunidad de las
reuniones que se llevaran a cabo en la ciudad de Caracas–
Venezuela entre el 27 y 29 de marzo de 2017.
Artículo 2.- De conformidad con el artículo 59 del Estatuto
del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función
Ejecutiva, los actos emitidos en virtud de la presente
delegación serán considerados dictados por el Titular.,
siendo de exclusiva responsabilidad de los delegados que
actúan.
Artículo 3.- La delegada informará al Ministro del Interior
de las acciones adoptadas en ejercicio de la presente
delegación, siendo penal, civil y administrativamente
responsables por los actos que realicen o las omisiones en
que incurrieren en tal virtud.
Artículo 4.- Póngase en conocimiento de la Secretaria
Nacional de la Administración Pública y de la señora
Doctora Zoila Carina Arguello Moscoso, Subsecretaria de
Seguridad Interna del Ministerio del Interior.
Artículo 5.- El presente Acuerdo Ministerial, entrará
en vigencia a partir de su suscripción, sin perjuicio de
su publicación en el Registro Of‌i cial y de su ejecución
encárguese el Despacho Ministerial.
COMUNÍQUESE y PUBLÍQUESE.- Dado en Quito,
Distrito Metropolitano, a 29 de marzo del 2017.
f.) Diego Xavier Fuentes Acosta, Ministerio del Interior (S).
MINISTERIO DEL INTERIOR.- Certif‌i co que el
presente documento es f‌i el copia del original que reposa
en el archivo de la Dirección de Secretaría General de este
Ministerio al cual me remito en caso necesario.- Quito a, 24
de mayo del 2017.
f.) Ilegible, Secretaría General.
No. 0082–2017
LA MINISTRA DE SALUD PÚBLICA
Considerando:
artículo 3 numeral 1, atribuye como deber primordial del
Estado, garantizar sin discriminación alguna el efectivo
goce de los derechos establecidos en dicha Norma Suprema
y en los instrumentos internacionales, en particular la salud;
en el artículo 32, dispone que: “La salud es un derecho
que garantiza el Estado, cuya realización se vincula al
ejercicio de otros derechos, entre ellos el derecho al agua,
la alimentación, la educación, la cultura física, el trabajo,
la seguridad social, los ambientes sanos y otros que
sustentan el buen vivir El Estado garantizará este derecho
mediante políticas económicas, sociales, culturales,
educativas y ambientales; y el acceso permanente,
oportuno y sin exclusión a programas, acciones y servicios
de promoción y atención integral de salud, salud sexual y
salud reproductiva. La prestación de los servicios de salud
se regirá por los principios de equidad, universalidad,
solidaridad, interculturalidad, calidad, ef‌i ciencia,
ef‌i cacia, precaución y bioética, con enfoque de género y
generacional.”;
Que, la Norma Suprema, en el artículo 361, ordena al Estado
ejercer la rectoría del Sistema Nacional de Salud a través
de la Autoridad Sanitaria Nacional, siendo responsable de
formular la política nacional de salud, y de normar, regular
y controlar todas las actividades relacionadas con la salud,
así como el funcionamiento de las entidades del sector;
Que, la Ley Orgánica de Salud, en el artículo 4, prescribe que
la Autoridad Sanitaria Nacional es el Ministerio de Salud
Pública, entidad a la que corresponde el ejercicio de las
funciones de rectoría en salud; así como la responsabilidad
de la aplicación, control y vigilancia del cumplimiento de
dicha Ley; siendo obligatorias las normas que dicte para su
plena vigencia;
Que, a los integrantes del Sistema Nacional de Salud
les corresponde respetar y promover el desarrollo de
las medicinas tradicionales, e incorporar el enfoque
intercultural en las políticas, planes, programas, proyectos
y modelos de atención de salud, debiendo integrar los
conocimientos de las medicinas tradicionales y alternativas
en los procesos de enseñanza – aprendizaje, según lo prevé
el artículo 189 de la Ley Ibídem;
Que, mediante Decreto Ejecutivo No.1293, publicado en el
Suplemento del Registro Of‌i cial No. 934 de 31 de enero de
2017, el Presidente Constitucional de la República nombró
a la doctora Verónica Espinosa Serrano como Ministra de
Salud Pública;
Que, con el f‌i n de garantizar calidad, continuidad e
integralidad de la atención en los establecimientos del
Sistema Nacional de Salud, mediante Acuerdo Ministerial
No. 00004431, publicado en el Suplemento de Registro
Of‌i cial No. 151 de 26 de diciembre de 2013, el Ministerio
de Salud Pública expidió la “Norma del Subsistema de
Referencia, Derivación, Contrareferencia, Referencia
Inversa y Transferencia del Sistema Nacional de Salud”,
cuya aplicación debe incluir un enfoque intercultural,
especialmente a usuarios/pacientes provenientes de
comunidades de difícil acceso; y;
Que, a través del memorando Nro. MSP-DNSI-2017-
0138-M de 20 de marzo de 2017, la Directora Nacional
de Salud Intercultural, solicita la elaboración del presente
Acuerdo Ministerial.
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