Acuerdos. 009-18 Autorícense facultades a el/la señor/a Director/a Administrativo/a

Número de Boletín316
SecciónAcuerdos
EmisorMinisterio de Desarrollo Urbano y Vivienda
4 – Jueves 30 de agosto de 2018 Registro Of‌i cial Nº 316
Artículo 3.- Las demás disposiciones contenidas en el
Acuerdo Ministerial Nro. 070, del 19 de mayo de 2011,
siguen en plena vigencia.
Artículo 4.- El presente Acuerdo entrará en vigencia sin
perjuicio de su publicación en el Registro Of‌i cial y de
su ejecución encárguese al Subsecretario de Recursos
Pesqueros, en coordinación con el Instituto Nacional de
Pesca y la Dirección Nacional de Espacios Acuáticos.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Manta, a los 24 día(s) del mes de Julio de dos mil
dieciocho.
Documento f‌i rmado electrónicamente
Sr. Ing. Jorge Manuel Costain Chang, Subsecretario de
Recursos Pesqueros.
No. 009-18
Señor Xavier Torres Correa
MINISTRO DE DESARROLLO URBANO
Y VIVIENDA
Considerando:
Que, la administración pública y sus servidores, deben
ejercer solamente las competencias y facultades que les
sean atribuidas en la Constitución y la ley, de conformidad
con lo dispuesto en el artículo 226 de la Carta Fundamental
del Estado;
precisa que: “La administración pública constituye un
servicio a la colectividad que se rige por los principios de
ef‌i cacia, ef‌i ciencia, calidad, jerarquía, desconcentración,
Pública, determina los principios y normas para regular
los procedimientos de contratación para la adquisición o
arrendamiento de bienes, ejecución de obras y prestación
de servicios incluidos los de consultoría, que realicen las
Entidades del Sector Público, de acuerdo con lo previsto en
el artículo 1 de la misma;
Que, el Portal de Compras Públicas www.compraspublicas.
gob.ec, es el Sistema Of‌i cial de Contratación Pública del
Estado Ecuatoriano, que es de uso obligatorio para las
Entidades sometidas a esta Ley, según lo señalado en el
Que, las entidades contratantes para acceder al uso de las
herramientas del Sistema Nacional de Contratación Pública,
se deben registrar en el Portal www.compraspublicas.gov.
ec y obtener el permiso de accesibilidad para operar en el
mismo, cuya responsabilidad está asignada a la máxima
autoridad, de acuerdo con lo previsto en el inciso primero
del artículo 9 del Reglamento General a la Ley Orgánica
del Sistema Nacional de Contratación Pública, establece:
“Una vez que el SERCOP haya constatado la validez de la
autorización del representante de la entidad contratante,
le entregará el permiso de accesibilidad para operar en el
Portal www.compraspublicas.gov.ec, bajo los mecanismos
de accesibilidad controlada mediante la entrega de
usuarios y contraseñas. La responsabilidad por el uso
de las herramientas y contraseñas será solidaria entre la
máxima autoridad y las personas autorizadas por ésta”;
Que, el uso de las herramientas del Sistema Nacional de
Contratación Pública y contraseñas, en planta central, se
realiza en la Dirección Administrativa de la Coordinación
General Administrativa Financiera del Ministerio de
Desarrollo Urbano y Vivienda, por lo que es necesario
autorizar y delegar a un servidor público para que se le
entregue el permiso de accesibilidad, referido en el inciso
segundo del artículo 9 del citado Reglamento;
Pública, en el artículo 61 faculta a la máxima autoridad
delegar los procesos de contratación a servidores de la
entidad sin que sea necesario publicarlas en el Registro
Of‌i cial;
COA dispone que: “La máxima autoridad administrativa de
la correspondiente entidad pública ejerce su representación
para intervenir en todos los actos, contratos y relaciones
jurídicas sujetas a su competencia. Esta autoridad no
requiere delegación o autorización alguna de un órgano o
entidad superior, salvo en los casos expresamente previstos
en la ley”.
Que, el artículo 69 del referido Código establece:
“DELEGACIÓN DE COMPETENCIA.- Los órganos
administrativos pueden delegar el ejercicio de sus
competencias incluida a la de gestión, en: 1.- otros
órganos o entidades de la misma administración pública,
jerárquicamente competentes. (….) la delegación de gestión
no supone cesión de la titularidad de la competencia.”.
Que, con Decreto Ejecutivo No. 370 de 17 de abril de
2018, se designa al señor Germán Xavier Torres Correa,
como Ministro de Desarrollo Urbano y Vivienda.
En ejercicio de las atribuciones conferidas en el artículo
Acuerda:
Artículo 1.- Autorizar a el/la señor/a Director/a
Administrativo/a del Ministerio de Desarrol lo Urbano
y Vivienda, para que adicionalmente a las atribuciones y
responsabilidades contempladas en el número 3.5.1 del
artículo del Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional
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