Resolución 009-2018-DG-SENADI Deléguense atribuciones a Verónica Vanessa Pazmiño Figueroa

Fecha de disposición13 Noviembre 2018
Fecha de publicación13 Noviembre 2018
Número de Gaceta366
Martes 13 de noviembre de 2018 – 39Registro Of‌i cial Nº 366
del Pueblo, referente a la información pública del esta
Institución, cuyos integrantes serán los principales o
delegados del:
1) Responsable de la Unidad de Gestión de Documentación
y Archivo, quien lo presidirá;
2) El Director de Gestión Institucional o su delegado;
3) Responsable de la Unidad de Gestión de Talento
Humano;
4) Delegado del Director General;
5) Responsable de la Unidad de Gestión Planif‌i cación;
6) Responsable de la Unidad de Gestión de Comunicación
Social;
7) Responsable de la Unidad de Gestión de Administración
y Finanzas;
8) Auditor General; y,
9) Responsable de la Unidad de Gestión de Asesoría
Jurídica.
Artículo 2.- De la ejecución de la presente Resolución
encárguese a la Unidad de Gestión de Documentación
y Archivo, así como de los miembros del Comité de
Transparencia de la Información.
Artículo 3.- La presente Resolución entrará en vigencia a
partir de su expedición, sin perjuicio de su publicación en
el Registro Of‌i cial.
Dado en Quito Distrito Metropolitano a, los treinta días de
agosto de 2018.
f.) Mgs. Santiago Cevallos Mena, Director General,
Servicio Nacional de Derechos Intelectuales, SENADI.
INSTITUTO ECUATORIANO DE LA PROPIEDAD
INTELECTUAL.- Certif‌i co que es f‌i el copia del original.-
f.) Delegada de la Dirección de Gestión Institucional.-
Quito, 01 de octubre de 2018.
No. 009-2018-DG-SENADI
EL DIRECTOR GENERAL DEL SERVICIO
NACIONAL DE DERECHOS INTELECTUALES
-SENADI-
Considerando:
del Ecuador manif‌i esta que “Las instituciones del Estado,
sus organismos, dependencias, las servidoras o servidores
públicos y las personas que actúen en virtud de una potestad
estatal ejercerán solamente las competencias y facultades
que les sean atribuidas en la Constitución y la Ley tendrán
el deber de coordinar acciones para el cumplimiento de sus
f‌i nes y hacer efectivo el goce y ejercicio de los derechos
reconocidos en la Constitución”;
del Ecuador prescribe que “…La administración pública
constituye un servicio a la colectividad que se rige por
los principios de ef‌i cacia, ef‌i ciencia, calidad, jerarquía,
desconcentración, descentralización, coordinación,
participación, planif‌i cación, transparencia y evaluación…”;
Contraloría General del Estado, señala que las máximas
autoridades de las instituciones del Estado son responsables
de los actos, contratos o resoluciones emanados de sus
autoridad y establece para estas, entre otras atribuciones
y obligaciones específ‌i cas la de “(…) e) Dictar los
correspondientes reglamentos y demás normas secundarias
necesarias para el ef‌i ciente, efectivo y económico
funcionamiento de sus instituciones (…)”;
Que, la Ley Orgánica del Servicio Público conf‌i ere
facultades y atribuciones a la máxima autoridad de la
Institución, las mismas que pueden ser delegables;
dice que “Las máximas autoridades administrativas
tienen competencia normativa de carácter administrativo
únicamente para regular los asuntos internos del órgano
a su cargo (…)”;
Innovación, publicado en el Registro Of‌i cial Suplemento
Nro. 899 del 09 de diciembre de 2016, la Autoridad
Nacional Competente en Materia de de Derechos
Intelectuales: “(…)Es el organismo técnico adscrito a la
Secretaría de Educación Superior, Ciencia, Tecnología
e Innovación, con personalidad jurídica propia, dotado
de autonomía administrativa, operativa y f‌i nanciera, que
ejerce las facultades de regulación, gestión y control de los
derechos intelectuales y en consecuencia tiene a su cargo
principalmente los servicios de adquisición y ejercicio
de los derechos de propiedad intelectual, así como la
protección de los conocimientos tradicionales. Además
de las funciones inherentes a sus atribuciones, será la
principal encargada de ejecutar las políticas públicas que
emanen del ente rector en materia de gestión, monitoreo,
transferencia y difusión del conocimiento. (…) La autoridad
nacional competente en materia de derechos intelectuales
tendrá competencia sobre los derechos de autor y
derechos conexos; propiedad industrial; obtenciones
vegetales; conocimientos tradicionales; y, gestión de los
conocimientos para incentivar el desarrollo tecnológico,
científ‌i co y cultural nacional. Competencias que deberán ser
consideradas al momento de reglamentar su conformación,
atribuciones, organización e institucionalidad. (…)
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