Resolución 009-2018-DGI-IEPI Refórmese La Resolución No. 008-2018-DGI-IEPI, De 8 De Marzo De 2018

Número de Boletín236
SecciónResoluciones
EmisorInstituto Ecuatoriano de la Propiedad Intelectual - IEPI
14 – Martes 8 de mayo de 2018 Registro Of‌i cial Nº 236
Artículo 2.- Derogar toda disposición de igual o menor
jerarquía que se oponga al contenido de la presente
resolución.
Artículo 3.- De conformidad con la disposición contenida
en el artículo 55 del Estatuto de Régimen Jurídico y
Administrativo de la Función Ejecuti va, publíquese esta
Resolución en el Registro Of‌i cial.
DISPOSICIÓN FINAL
La presente resolución entrará en vigencia a partir de su
suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro
Of‌i cial.
Dado en Quito Distrito Metropolitano a, 4 de abril del 2018.
f.) Abg. José Andrés Francisco Tinajero Mullo, Director
Nacional de Propiedad Industrial, Instituto Ecuatoriano de
la Propiedad Intelectual.
No. 009-2018-DGI-IEPI
EL DIRECTOR DE GESTIÓN INSTITUCIONAL
DEL INSTITUTO ECUATORIANO DE LA
PROPIEDAD INTELECTUAL -IEPI-
Considerando:
Ecuador manif‌i esta que “Las instituciones del Estado,
sus organismos, dependencias, las servidoras o servidores
públicos y las personas que actúen en virtud de una potestad
estatal ejercerán solamente las competencias y facultades
que les sean atribuidas en la Constitución y la Ley tendrán
el deber de coordinar acciones para el cumplimiento
de sus f‌i nes y hacer efectivo el goce y ejercicio de los
derechos reconocidos en la Constitución”
del Ecuador prescribe que “La administración pública
constituye un servicio a la colectividad que se rige por
los principios de ef‌i cacia, ef‌i ciencia, calidad, jerarquía,
desconcentración, descentralización, coordinación,
participación, planif‌i cación, transparencia y evaluación”
Que, según la disposición transitoria Tercera del Código
Orgánico de la Economía Social de los Conocimientos,
Creatividad e Innovación, publicada en el Registro Of‌i cial
Suplemento Nro. 899 del 09 de diciembre de 2016: “El
Instituto Ecuatoriano de la Propiedad Intelectual, así
como toda la institucionalidad creada mediante la Ley de
Propiedad Intelectual, publicada en el Registro Of‌i cial
Suplemento No. 426 de 28 de diciembre de 2006, existirá
hasta que se establezca mediante el correspondiente
Decreto Ejecutivo, la nueva autoridad nacional competente
en materia de derechos intelectuales, encargada de la
regulación, gestión y control de los derechos intelectuales
y de los conocimientos tradicionales, perteneciente a la
Función Ejecutiva y adscrita a la Secretaría de Educación
Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación (…) Así mismo,
todas las disposiciones y funciones atribuidas a la nueva
autoridad nacional competente en materia de derechos
intelectuales, hasta su conformación, continuarán siendo
ejercidas por el Instituto Ecuatoriano de la Propiedad
Intelectual, a través de los distintos órganos que lo
conforman (…) La nueva autoridad nacional competente
en materia de derechos intelectuales, encargada será
la sucesora en derecho del Instituto Ecuatoriano de
la Propiedad Intelectual, asumiendo el patrimonio,
presupuesto, derechos y obligaciones incluyendo las
laborales, conforme los regímenes aplicables a cada caso
(…)”
consta la creación del Instituto Ecuatoriano de la Propiedad
Intelectual IEPI, como persona jurídica de derecho
público, con patrimonio propio, autonomía administrativa,
económica, f‌i nanciera y operativa, con sede en la ciudad de
Quito, con los f‌i nes establecidos en dicha ley;
Que, el artículo 55 del Estatuto del Régimen Jurídico
y Administrativo de la Función Ejecutiva, faculta a las
diversas autoridades de la administración, la delegación en
los órganos de inferior jerarquía las atribuciones propias de
sus cargos;
Que, el artículo 59 ibídem determina que: “Cuando las
resoluciones administrativas se adopten por delegación,
se hará constar expresamente esta circunstancia y se
considerarán dictados por la autoridad delegante, siendo
la responsabilidad del delegado que actúa.”
Que, el artículo 6 del Estatuto Orgánico de Gestión
Institucional por Procesos del IEPI establece que el
proceso de documentación y archivo corresponde a la
Dirección de Gestión Institucional;
Que, mediante acción de personal, No. IEPI-
UATH-2018-02-078, con vigencia a partir del 1 de marzo
de 2018, la autoridad nominadora nombró a Luis Miguel
Cano Cifuentes, como Director de Gestión Institucional,
del Instituto Ecuatoriano de la Propiedad Intelectual;
Que, mediante Resolución No. 008-2018-DGI-IEPI de 8
de marzo de 2018, el Director de Gestión Institucional del
Instituto Ecuatoriano de la Propiedad Intelectual, delegó
atribuciones de la Unidad de Documentación y Archivo a
varios servidores de la institución;
Que, es necesario ejecutar los procesos acorde con los
principios de celeridad, ef‌i ciencia y ef‌i cacia que rigen a la
Administración Pública, a f‌i n de satisfacer las necesidades
internas para así lograr una buena gestión y garantizar la
ef‌i ciencia a nivel institucional;
Que, con el f‌i n de agilitar la administración de los trámites
que son de competencia de la Unidad de Documentación
y Archivo del Instituto Ecuatoriano de la Propiedad
Intelectual, resulta necesario implementar mecanismos para
la desconcentración de funciones;
En ejercicio de sus atribuciones legales,
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