Acuerdos. 009-2019 Deléguense atribuciones a varios funcionarios

Número de Boletín505
SecciónAcuerdos
EmisorMinisterio de Telecomunicaciones y de la Sociedad de la Información
Lunes 10 de junio de 2019 – 5Registro Of‌i cial Nº 505
No. 009-2019
EL MINISTRO DE TELECOMUNICACIONES Y DE
LA SOCIEDAD DE LA INFORMACIÓN (E)
Considerando:
Que, el numeral 1 del artículo 154 de la Constitución
de la República, conf‌i ere a las ministras y ministros de
Estado, además de las atribuciones establecidas en la ley,
la rectoría de las políticas públicas del área a su cargo; así
como la facultad de expedir los acuerdos y resoluciones
administrativas que requiera su gestión;
indica que: “Las instituciones del Estado, sus organismos,
dependencias, las servidoras o servidores públicos y las
personas que actúen en virtud de una potestad estatal
ejercerán solamente las competencias y facultades que
les sean atribuidas en la Constitución y la ley. Tendrán el
deber de coordinar acciones para el cumplimiento de sus
f‌i nes y hacer efectivo el goce y ejercicio de los derechos
reconocidos en la Constitución”;
Que, el artículo 227 ibídem dispone que: “La administración
pública constituye un servicio a la colectividad que se
rige por los principios de ef‌i cacia, ef‌i ciencia, calidad,
jerarquía, desconcentración, descentralización,
coordinación, participación, planif‌i cación, transparencia
y evaluación”;
Que, el primer inciso del artículo 233 de la Constitución
de la República, dispone: “Ninguna servidora ni servidor
público estará exento de responsabilidades por los actos
realizados en el ejercicio de sus funciones, o por sus
omisiones, y serán responsables administrativa, civil y
penalmente por el manejo y administración de fondos,
bienes o recursos públicos”;
Que, el numeral 1 del artículo 69 del Código Orgánico
Administrativo, establece que los órganos administrativos
pueden delegar el ejercicio de sus competencias, incluida
la de gestión, a: “1. Otros órganos o entidades de la misma
administración pública, jerárquicamente dependientes”;
Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo
17 del Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo
de la Función Ejecutiva que indica: “Los Ministros de
Estado son competentes para el despacho de todos los
asuntos inherentes a sus ministerios sin necesidad de
autorización alguna del Presidente de la República, salvo
los casos expresamente señalados en leyes especiales
(…) Las delegaciones ministeriales a las que se ref‌i ere
este artículo serán otorgadas por los Ministros de
Estado mediante acuerdo ministerial, el mismo que será
puesto en conocimiento del Secretario General de la
Administración Pública y publicado en el Registro Of‌i cial.
El funcionario a quien el Ministro hubiere delegado sus
funciones responderá directamente de los actos realizados
en ejercicio de tal delegación”;
Que, el artículo 55 del Estatuto del Régimen Jurídico
Administrativo de la Función Ejecutiva señala: “LA
DELEGACIÓN DE ATRIBUCIONES.- Las atribuciones
propias de las diversas entidades y autoridades de la
Administración Pública Central e Institucional, serán
delegables en las autoridades u órganos de inferior
jerarquía, excepto las que se encuentren prohibidas por
Ley o por Decreto (…)”;
Que, el artículo 56 del Estatuto del Régimen Jurídico
Administrativo de la Función Ejecutiva indica que:
Salvo autorización expresa, no podrán delegarse las
competencias que a su vez se ejerzan por delegación”;
Que, el artículo 57 ibídem señala: “La delegación podrá
ser revocada en cualquier momento por el órgano que
la haya conferido y se extinguirá, en el caso de asuntos
únicos, cuando se haya cumplido el acto cuya expedición
o ejecución se delegó”;
Que, el artículo 59 del Estatuto del Régimen Jurídico
Administrativo de la Función Ejecutiva, dispone:
“RESOLUCIONES POR DELEGACION.- Cuando las
resoluciones administrativas se adopten por delegación,
se hará constar expresamente esta circunstancia y se
considerarán dictados por la autoridad delegante, siendo
la responsabilidad del delegado que actúa.”;
Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 8 publicado en
el Registro Of‌i cial No. 10 de 24 de agosto de 2009, el
Presidente de la República del Ecuador, Rafael Correa
Delgado, creó el Ministerio de Telecomunicaciones y de
la Sociedad de la Información;
Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 5 de 24 de mayo
de 2017, el Presidente Constitucional de la República
del Ecuador, Lcdo. Lenín Moreno Garcés, suprimió la
Secretaría Nacional de la Administración Pública y dispuso
que se transf‌i eran las atribuciones que le correspondían a la
Secretaría Nacional de la Administración Pública previstas
en los artículos 13 y 15 del Estatuto del Régimen Jurídico
y Administrativo de la Función Ejecutiva, a las siguientes
entidades: “(…) Ministerio de Telecomunicaciones y de
la Sociedad de la Información. a. Gestionar la política y
directrices emitidas para la gestión de la implementación
del gobierno electrónico; y, b. Desarrollar y coordinar
planes, programas o proyectos sobre gobierno electrónico
que sean necesarios para su implementación. (…)”;
Que, con el artículo 6 del Decreto Ejecutivo No. 372 de
19 de abril del 2018, el Presidente de la República del
Ecuador creó el “Comité Interinstitucional de Política
Regulatoria y Simplif‌i cación de Trámites, como un cuerpo
colegiado que tendrá la f‌i nalidad de coordinar, fomentar
y cooperar en materia de política regulatoria, así como
en la eliminación, reducción, optimización, simplif‌i cación
y automatización administrativa y de trámites en la
Administración Pública Central, Institucional, y entidades
que dependen de la Función Ejecutiva, además de otras
instituciones del sector público o niveles de gobierno”;
Que, el literal d) del artículo 7 del Decreto Ejecutivo
ibídem, establece que el Comité Interinstitucional de
Política Regulatoria y Simplif‌i cación de Trámites estará
integrado por: “(…) d. La máxima autoridad de la entidad
rectora en las telecomunicaciones”;
a, di
ará ex
s en el
y será
or el m
os públicos”
del artículo 69
lece que los
o del artículo 233
ispone:
“Ninguna se
ento de responsabil
ejercicio de sus
án responsables administra
manejo y administra
úblic
culo 69 del Código Orgáni
d
d
servid
bilidades
us funciones
responsables administ
anejo y admin
n, plan
iso
disp
xe
l
án responsables administrativa
l manejo y administración de f
licos”
;
Const
a ni serv
r los
tución
e
Pre
De
s acto
por sus
civil y
s
Q
d
Que,
Soci
do,
dad
e de
, creó
de
cia
Of‌i
de la R
el M
ecre
l No.
o
1
lega
Ejec
uto
ado que
ta
idad d
ea
ten
circun
de
s,
que
S
201
l Ecua
etarí
edia
7, el
ador
ante D
Pre
In
cr
nisteri
rmaci
ca del
io de
e 24
l Ecu
ad d
ivas qu
culo 2
as insti
as servidoras o servidores p
úen en virtud de una p
e las competen
la Constitu
ones p
a las m
atribuciones
íticas públicas de
de expedir los acuer
ue requiera su gestió
226 de la Constitución de
tituciones del Estado,
ervidoras o servidores públicos
en virtud de una potestad esta
mpetencias y facultades q
l
ár
erdos
tión;
6 de la Constitución d
uciones del Est
tículo
ere a l
as atr
olíti
de
qu
226 de la Constitución de la R
nstituciones del Estado, sus organ
rvidoras o servidores públic
d
s en
su car
resoluci
la ley,
go; así
de
Que
A
pública
S
comp
min
alvo
ete
nistr
auto
artíc
tivo
to
ulo 5
as
(…)”
s q
;
ridad
ue se
ntral
des u
en
s y
e Ins
ó
S.-
autor
s,
las
la h
únic
e, el
revoc
ya
artícu
d
ias que
ión
a su v
la Fu
expre
Estatu
unción
o
ser
diante
n conoc
ción Pú
o a qui
nderá directamente de los ac
delegación”;
del Estatuto
Funci
sident
e señalados
es ministeriales
án otorgadas por
acuerdo ministeria
imiento del Secr
ública y publicado en el Reg
ien el Ministro hubie
rá directamente de los actos realiz
gación”;
éi
a l
r los
ial, el mis
ecretario Ge
lica y publicado en el R
n el Ministro h
minist
l Presid
ente
ones
rán
a
ci
Pública y publicado en el Registr
quien el Ministro hubiere delega
directamente de los actos re
esp
ue se
Ministros
oqu
ciales
ref‌i ere
vo
Ec
Reg
ue ser
l de la
Of‌i cial.
á
y
y c
en la
a
legia
cooper
l
ato
do
ar
e
oria y
ue
2
ó el “
Simp
o 6
018, e
Com
6 de
l P
el Dec
sob
implem
re gob
menta
arrollar
biern
s
dos
insti
dminis
depe
in
matiza
stració
n m
nación,
ación
ateria
redu
cació
á la f‌i n
de
Inte
ón de
lid
iden
erinstit
Trá

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR