Acuerdos. 009/2019 Otórguese el permiso de operación a la Compañía PLUS ULTRA LÍNEAS AÉREAS S.A.

Número de Boletín515
SecciónAcuerdos
EmisorConsejo Nacional de Aviación Civil
Lunes 24 de junio de 2019 – 5Registro Of‌i cial Nº 515
ARTÍCULO 14.- “La aerolínea” puede interponer en
contra del presente Acuerdo los recursos administrativos o
jurisdiccionales que estime pertinente.
Comuníquese y publíquese.- Dado en Quito, a 01 de abril
de 2019.
f.) Ingeniero Pablo Edison Galindo Moreno, Delegado del
Ministro de Transporte y Obras Públicas, Presidente del
Consejo Nacional de Aviación Civil.
f.) Licenciado Patricio Antonio Zavala Karolys, Secretario
del Consejo Nacional de Aviación Civil.
En Quito, a 01 de abril de 2019. NOTIFIQUE el contenido
del Acuerdo No. 008/2019 a la compañía UNITED PAR-
CEL SERVICE CO., por boleta depositada en el Casillero
Judicial No. 857, ubicado en el Edif‌i cio Cornejo de la
Función Judicial, en las calles Clemente Ponce y Piedrahita
de esta ciudad de Quito y a los correos electrónicos
xrosales@corralrosales.com y volivo@corralrosales.com
.- CERTIFICO:
f.) Licenciado Patricio Antonio Zavala Karolys, Secretario
del Consejo Nacional de Aviación Civil.
Es f‌i el copia del original que reposa en los archivos de la
Secretaría del H. Consejo Nacional de Aviación Civil.-
Certif‌i co.- f.) Secretario(a) CNAC.- 04 de junio de 2019.
No. 009/2019
EL CONSEJO NACIONAL
DE AVIACION CIVIL
Considerando:
Que, el literal c), del artículo 4 de la Ley de Aviación Civil
establece que, el Consejo Nacional de Aviación Civil, es
competente para otorgar, modif‌i car, suspender, revocar o
cancelar las concesiones y permisos de operación;
Que, con of‌i cio s/n de 28 de enero de 2019, ingresado a
la Dirección General de Aviación Civil con registro de
documento No. DGAC-AB-2019-0900-E del 29 de enero
de 2019, la compañía PLUS ULTRA LÍNEAS AÉREAS
S.A. presentó una solicitud encaminada a obtener un
permiso de operación para prestar el servic io de transporte
aéreo, público, internacional, regular, de pasajeros, carga
y correo, en forma combinada, en los siguientes términos:
Ruta y frecuencias: MADRID – QUITO y/o GUAYAQUIL
– MADRID, hasta seis (6) frecuencias semanales, con
derechos de tráf‌i co de terceras y cuartas libertades.
Equipo de vuelo: Airbus A-340, bajo la modalidad de dry
lease.
Que, el Secretario del Consejo Nacional de Aviación
Civil mediante extracto de 19 de febrero de 2019, aceptó
a trámite la solicitud presentada por la compañía PLUS
ULTRA LÍNEAS AÉREAS S.A.; y, en cumplimiento del
procedimiento establecido en el Reglamento de Permisos de
Operación para la Prestación de los Servicios de Transporte
Aéreo Comercial, mediante memorando Nro. DGAC-SGC-
2019-0038-M de 19 de febrero de 2019, requirió a las áreas
competentes de la Dirección General de Aviación Civil que
emitan los respectivos informes acerca de la solicitud de
la compañía PLUS ULTRA LÍNEAS AÉREAS S.A.; y,
con memorando Nro. DGAC-SGC-2019-0039-M de 20 de
febrero de 2019 solicitó a la Directora de Comunicación
Social Institucional de la Dirección General de Aviación
Civil la publicación del extracto en la página web de la
Dirección General de Aviación Civil;
Que, el Secretario del Consejo Nacional de Aviación
Civil con of‌i cio Nro. DGAC-SGC-2019-0020-O de 25
de febrero de 2019, dispuso al Apoderado General de la
compañía PLUS ULTRA LÍNEAS AÉREAS S.A. efectuar
la respectiva publicación en uno de los periódicos de
amplia circulación nacional, de conformidad al formato
establecido por el CNAC;
Que, mediante memorando Nro. DGAC-OX-2019-0436-M
de 27 de febrero de 2019, el Director de Inspección y
Certif‌i cación Aeronáutica, entregó el informe técnico –
económico; y, con memorando Nro. DGAC-AE-2019-
0346-M de 06 de marzo de 2019, la Directora de Asesoría
Jurídica presentó el informe legal, respecto de la solicitud
de la compañía PLUS ULTRA LÍNEAS AÉREAS S.A.;
Que, con of‌i cio s/n de 08 de marzo de 2019, ingresado a
la Dirección General de Aviación Civil con registro de
documento No. DGAC-AB-2019-2193-E, el Apoderado
General de la compañía PLUS ULTRA LÍNEAS AÉREAS
S.A. entregó el original de la publicación del extracto
de la solicitud realizada en la Guía Legal del Diario “El
Comercio” el día 27 de febrero de 2019;
Que, la Secretaría del CNAC verif‌i có que no se presentaron
oposiciones a la presente solicitud;
Que, los informes legal y técnico-económico de las áreas
de la DGAC sirvieron de base para la elaboración del
informe unif‌i cado de la Secretaría del Consejo Nacional
de Aviación Civil No. CNAC-SC-2019-010-I de 12 de
marzo de 2019, en el cual, luego del análisis pertinente, se
recomienda atender favorablemente la solicitud presentada
por la compañía PLUS ULTRA LÍNEAS AÉREAS S.A.
teniendo presente las consideraciones allí enunciadas;
Que, el informe unif‌i cado mencionado en el considerando
anterior, fue conocido por el Consejo Nacional de Aviación
Civil como punto 5 del Orden del Día de la Sesión Ordinaria
No. 02/2019 realizada el viernes 22 de marzo de 2019, y
luego del análisis respectivo, el Organismo resolvió; 1)
Acoger el informe unif‌i cado No. CNAC-SC-2019-010-I
de 12 de marzo de 2019 de la Secretaría del CNAC; 2)
Otorgar el permiso de operación para la prestación del
servicio de transporte aéreo, público, internacional, regular,
de pasajeros, carga y correo, en forma combinada a la
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