Ordenanzas Municipales. 009-2022 Cantón Rumiñahui: Que expide la quinta reforma a la Ordenanza de creación de la urbanización Prados de La Hacienda

Número de Boletín391
SecciónOrdenanzas Municipales
EmisorGobiernos Autónomos Descentralizados
Martes 9 de agosto de 2022Registro Ocial - Edición Especial Nº 391
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ORDENANZA No. 009-2022
EL CONCEJO MUNICIPAL DEL GOBIERNO AUTÓNOMO
DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE RUMIÑAHUI
CONSIDERANDO;
Que, el Art. 30 de la Constitución de la República del Ecuador, ordena: “Todas las
personas tengan derecho a un hábitat seguro y saludable, a una vivienda adecuada y
digna, con independencia de su situación social y económica.”
Que, el Art. 66 de la Carta Magna señala: “Se reconoce y garantizará a las personas:
literal 2. El derecho a una vida digna, que asegure la salud, alimentación y nutrición,
agua potable, vivienda, saneamiento ambiental, educación, trabajo, empleo, descanso y
ocio, cultura física, vestido, seguridad social y otros servicios sociales necesarios.
Que, el Art. 238 de la Constitución de la Repúblico manifiesta: “Los gobiernos
autónomos descentralizados gozarán de autonomía política, administrativa y financiera,
y se regirán por los principios de solidaridad, subsidiariedad, equidad interterritorial,
integración y participación ciudadana. En ningún caso el ejercicio de la autonomía
permitirá la secesión del territorio nacional.”
Que, el Art. 240 de la Constitución de la República, dispone: Los gobiernos autónomos
descentralizados de las regiones, distritos metropolitanos, provincias y cantones tendrán
facultades legislativas en el ámbito de sus competencias y jurisdicciones territoriales.
Las juntas parroquiales rurales tendrán facultades reglamentarias.”
Descentralización, dispone: Facultad normativa. - Para el pleno ejercicio de sus
competencias y de las facultades que de manera concurrente podrán asumir, se reconoce
a los consejos regionales y provinciales concejos metropolitanos y municipales, la
capacidad para dictar normas de carácter general a través de ordenanzas, acuerdos y
resoluciones, aplicables dentro de su circunscripción territorial.
Que, el Art. 29 del COOTAD, señala: "Funciones de los gobiernos autónomos
descentralizados. - El ejercicio de cada gobierno autónomo descentralizado se realizará
a través de tres funciones integradas: a) De legislación, normatividad y fiscalización:
[...]."
Que, el Art. 54 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y
Descentralización, dispone: "Funciones. - Son funciones del gobierno autónomo
descentralizado municipal las siguientes: [...] c) Establecer el régimen de uso del suelo
y urbanístico, para lo cual determinará las condiciones de urbanización, parcelación,
lotización, división o cualquier otra forma de fraccionamiento de conformidad con la
planificación cantonal, asegurando porcentajes para zonas verdes y áreas comunales.
[...]."
Que, el Art. 56 del COOTAD, prescribe: “Concejo Municipal. - El concejo municipal es
el órgano de legislación y fiscalización del gobierno autónomo descentralizado

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